Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2007 (11/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001-EF, Articulo 33° del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado con Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por su similar Nº 042-2006EF, y la Directiva N° 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39° de la Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modificado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo N° 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por los Decretos Supremos Nºs. 107-2003-EF, 042-2006-EF, 164-2006-EF y 195-2006EF; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 067-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 26 de marzo de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 86 842,25 m², denominado Parcela B, ubicado fuera de la MORDAZA de expansion MORDAZA, en la margen izquierda de la carretera Panamericana Sur (tramo MORDAZA - Tacna), altura del kilometro 1153, en el MORDAZA de MORDAZA - sector La Rinconada, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MILAGRITOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 46726-3 JEFETURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION N° 052-2007/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 30 de marzo de 2007 Visto el Expediente N° 133-2006/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de naturaleza eriaza de 130,53 m², ubicado en la parte alta del cerro El Siglo, al Sur del Asentamiento Humano El Siglo, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA y departamento de Moquegua; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad

y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico el terreno MORDAZA de 130,53 m2, ubicado en la parte alta del cerro El Siglo, al Sur del Asentamiento Humano El Siglo, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica el 12 de MORDAZA de 2006, se verifico que el terreno de 130,53 m2 es de naturaleza eriaza, conformado por suelo gravoso con afloramiento rocoso, topografia accidentada, ocupado por instalaciones de antena de telefonia; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 25 de MORDAZA del 2006, la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna, correspondiente a un area mayor que incluye el terreno que nos ocupa, informa que no existe superposicion con predios inscritos en el ex Registro Predial MORDAZA, pero al no contar con la Base Cartografica Digital de los predios inscritos en el Registro de Predios de la Oficina Registral de MORDAZA no puede realizarse una busqueda catastral integral; Que, de acuerdo con el inciso 1) del numeral 2.1.3 de la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por su similar Nº 003-2004/SBN, aprobada con Resolucion Nº 0142004/SBN del 11 de MORDAZA del 2004, sobre "Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado", esta Superintendencia ha gestionado ante la Oficina Registral de MORDAZA la busqueda de antecedentes registrales de predios inscritos a nombre de las entidades potencialmente vinculadas con el uso y administracion del predio tales como: El Estado, Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, Direccion Regional de Agricultura, Direccion Regional de Reforma Agraria y Corporacion Departamental de Desarrollo de MORDAZA, obteniendose los Certificados de fechas 23 y 27 de noviembre de 2006, con resultado positivo respecto de las cuatro primeras entidades y resultado negativo respecto de la MORDAZA entidad; Que, las partidas registrales indicadas en los certificados positivos de busqueda por indice citados en el parrafo precedente no corresponden al predio materia de inmatriculacion; Que, el inciso iv) del Articulo 3° del Decreto Supremo N° 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001-EF, Articulo 33° del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado con Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por su similar Nº 042-2006-EF, y la Directiva N° 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39° de la Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modificado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo N° 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por los Decretos Supremos Nºs. 107-2003-EF, 042-2006-EF, 164-2006-EF y 195-2006EF; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 068 -2007/SBN-GO-JAR, de fecha 26 de marzo de 2007;

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