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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de abril de 2007 343288 RESOLUCIÓN SBS N° 353-2007 Lima, 23 de marzo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por la señora Pilar Carolina Reategui Reategui de Reyes para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria N° 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señora Pilar Carolina Reategui Reategui de Reyes con matrícula N° N-3853 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 46387-1 UNIVERSIDADES Amplían alcances de resolución que exoneró de proceso de selección la adquisición de fichas ópticas en el Ejercicio Presupuestal 2007 para la Universidad Nacional Hermilio Valdizán UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN RESOLUCIÓN Nº 341-2007-UNHEVAL-R Cayhuayna, Huánuco, 27 de marzo de 2007.Vistos los documentos que se acompañan en veinte y nueve (29) folios; CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Nº 044-2007-UNHEVAL-R, del 18.ENE.2007, se exoneró del Proceso de Selección, para la Adquisición de fi chas ópticas desglosables en el presente Ejercicio Presupuestal 2007, a favor de la EMPRESA POLYSISTEMAS SAC., por ser proveedor único, en aplicación del inciso e), del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que el Subgerente de Administración de la Plataforma del SEACE, con el O fi cio Nº E-161-2007/GNP/APS, del 19.FEB.2007, mani fi esta que en la Resolución precedente no se ha precisado la cantidad de los bienes materia de exoneración, el valor referencial, la fuente de fi nanciamiento, ni la dependencia encargada de llevar a cabo la contratación exonerada, aspectos que debieron consignarse en la Resolución referida, de conformidad con el numeral 6.5) de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, y que deberá ser materia de una nueva resolución, a fi n de cumplir con lo dispuesto por la mencionada Directiva; Que la Jefe encargada de la O fi cina de Logística, con el Ofi cio Nº 112-2007-J-OL-UNHEVAL, del 13.MAR.2007, dirigido al Rector, en atención al documento del segundo considerando, solicita la modi fi cación de la Resolución Nº 044-2007-UNHEVAL- R, debiendo incluirse la cantidad de fi chas ópticas desglosables a adquirir en el período 2007, precisando la cantidad, fuente de fi nanciamiento, precio unitario y precio total; Que el Asesor Legal, con el Informe Nº 207-2007- UNHEVAL/AL, del 22.MAR.2007, mani fi esta que, la inclusión de bienes materia de exoneración, el valor referencial, la fuente de fi nanciamiento, en nada perjudican los efectos de la referida Resolución, debiendo procederse a enmendar dicho acto administrativo en virtud a lo señalado en el Art. 14.1º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, que señala: “Cuando el vicio del acto administrativo por incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservación del acto, procediéndose a su enmienda por la propia autoridad emisora”; que, respecto a la dependencia encargada de llevar a cabo la contratación exonerada, debe precisarse que en el punto 2º de la Resolución Nº 044-2007-UNHEVAL-R, se le ha encargado a la Dirección General de Administración, para que adopte las acciones complementarias para la contratación con la Empresa POLYSISTEMAS S.A.C., por lo que dicha dependencia es la encargada de llevar a cabo la contratación de los bienes exonerados; en consecuencia, opina que se emita la resolución de enmienda a la referida Resolución; Que el Rector remite el caso a Secretaría General, con el Proveído N° 2002-2007-UNHEVAL-R, para que se emita la Resolución correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Titular del Pliego, por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1º. AMPLIAR los alcances del primer numeral de la parte resolutiva de la Resolución Nº 044-2007-UNHEVAL-R, del 18.ENE.2007, que exoneró el Proceso de Selección, para la Adquisición de fi chas ópticas desglosables en el presente Ejercicio Presupuestal 2007, a favor de la EMPRESA POLYSISTEMAS SAC., por ser proveedor único, en aplicación del inciso e), del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, incluyéndose la cantidad de fi chas ópticas desglosables a adquirirse en el periodo 2007, de acuerdo al siguiente detalle, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución: CANTIDAD FUENTE/F. P/UNIT. P/TOTAL 40 Mill. Fichas ópticas examen de admisión RDR 398.65 15,946.0012 Mill. Fichas ópticas inscripción de postulantes RDR 485.90 5,830.8040 Mill. Fichas ópticas matrícula e inscrip. de asignaturas RO 469.15 18,788.00 2º.DEJAR subsistente el segundo y tercer numeral de la parte resolutiva de la Resolución Nº 044-2007-UNHEVAL-R, para lo cual el Vicerrectorado Administrativo y los demás órganos internos competentes adoptarán las acciones complementarias. 3º.DAR A CONOCER esta Resolución a los órganos internos correspondientes. Regístrese, comuníquese y archívese. EDWYN T. ORTEGA GALARZA Rector 46966-1