Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

Que, en consecuencia se deben dictar disposiciones complementarias para garantizar el adecuado cumplimiento del Programa Extraordinario de Regularizacion de Deudas y del beneficio al usuario buen pagador de tarifa de uso de agua; y, Que, en uso de la facultad contenida en el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Destino de los ingresos provenientes de la ejecucion del "Programa Extraordinario de Regularizacion de Deudas" Precisese que de conformidad con lo dispuesto en el ultimo parrafo del Articulo 08º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG, las Juntas de Usuarios de los Distritos de Riego de la Republica deberan destinar los ingresos que perciban durante el ano 2007 por concepto de los pagos que efectuen los usuarios que se acojan al "Programa Extraordinario de Regularizacion de Deudas" unica y exclusivamente para alguno de los siguientes fines: 1.1 Contribuir al financiamiento del Presupuesto del ano 2007. Para tal fin se aplicara unicamente la parte equivalente al monto que la Junta de Usuarios programo recaudar al momento de elaborar el presupuesto del ano 2007 como concepto de recaudacion de tarifa de anos anteriores. 1.2 Compensar los ingresos que dejaran de percibir por aplicacion del "beneficio al usuario buen pagador de tarifa". Este es el importe adicional al monto previsto por las Juntas de Usuarios para el ano 2007 por concepto de recaudacion de tarifa de anos anteriores y que debera mantenerse en una cuenta intangible a ser destinada exclusivamente para el fin senalado en este acapite. Articulo 2º.- Disposiciones para el adecuado cumplimiento del beneficio al usuario buen pagador de tarifa. Para el adecuado cumplimiento del beneficio al usuario buen pagador de tarifa a que se refiere el Articulo 08º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG y a fin de evitar un desequilibrio financiero en el presupuesto de las Juntas de usuarios que corresponde al ano 2008 y 2009, se debera de cumplir con las siguientes disposiciones: 2.1 Los descuentos del 20% a que tienen derecho los usuarios que se encuentren completamente al dia en el pago de la tarifa de uso de agua y que ademas la hubieran cancelado puntualmente en los tres ultimos anos, se aplicaran a los pagos por tarifa que estos usuarios deban realizar por el uso del agua que efectuen durante el ano 2008 y primer semestre del ano 2009. 2.2 Las Juntas de Usuarios deberan considerar en la formulacion del presupuesto del ano 2008, los ingresos que obtengan producto de la sumatoria del importe adicional referido en el acapite 1.2 del articulo 1º de esta Resolucion mas los ingresos que la Junta de Usuarios proyecte recibir durante el ano 2008 por el pago de las "cuotas de los convenios de regularizacion de deudas" que deberan efectuar los usuarios que se acojan al Programa Extraordinario de Regularizacion de Deudas. 2.3 Si el resultado de la sumatoria senalada en el acapite 2.2 fuese inferior al monto requerido por la Organizacion de Usuarios para compensar los ingresos que dejara de percibir durante el ano 2008 por la aplicacion del beneficio al usuario buen pagador de tarifa, se debera realizar el ajuste al valor de la tarifa conforme al manual de ajuste de tarifas que aprobara esta Intendencia. 2.4 En caso que la sumatoria senalada en el acapite 2.2 fuese superior al monto requerido por la Organizacion de Usuarios para compensar los ingresos que deje de percibir durante el ano 2008 por la aplicacion del beneficio al usuario buen pagador de tarifa, el excedente servira para compensar los montos que se dejen de percibir por la aplicacion del beneficio al usuario buen pagador de tarifa durante el primer semestre del ano 2009. De ser necesario tambien en la formulacion del presupuesto del ano 2009 se debera realizar el ajuste al valor de la tarifa conforme al manual de ajuste de tarifas que aprobara esta Intendencia. Articulo 3º.- Distribucion de los ingresos entre los componentes de la tarifa. Precisese que los ingresos que perciban las Juntas de

Usuarios por aplicacion del "Programa Extraordinario de Regularizacion de Deudas", incluyendo los intereses de los "Convenios de Regularizacion de Deudas", deberan ser distribuidos entre los componentes que conforman la tarifa de uso de agua con fines agrarios, siendo los ingresos del componente "Ingreso Junta de Usuarios" los que se emplearan para contribuir al financiamiento del presupuesto del ano 2007 y compensar los ingresos que dejaran de percibir por aplicacion del "beneficio al usuario buen pagador de tarifa". Articulo 4º.- Formulario de convenios de regularizacion de deudas. Apruebese el formulario oficial de los convenios de regularizacion de deudas a que se refiere el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente de Recursos Hidricos PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACION DE DEUDAS DE TARIFA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS CONVENIO DE REGULARIZACION DE DEUDAS DECRETO SUPREMO Nº 010-2007-AG. Conste por el presente documento el CONVENIO DE REGULARIZACION DE DEUDAS, que celebran de una parte la Junta de Usuarios _____________ ___________________________ , con RUC. ____ ___________, representado por su Presidente Sr. ________________ y Tesorero Sr. _________________ ___________ identificados con DNI Nº _________ y __ _______ respectivamente, reconocidos ambos mediante Resolucion Administrativa Nº ______________________ ___ y con domicilio legal en _______________________, a quien en adelante se le denominara "LA JUNTA", y de otra parte el Sr(a). _____________________ identificado con DNI Nº ________________con domicilio en ______ ______________ a quien en adelante se le denominara "EL USUARIO"; en terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA ANTECEDENTES 1.1 EL USUARIO tiene una deuda pendiente de pago a favor de LA JUNTA proveniente de la Tarifa de Uso de Agua con Fines Agrarios conforme al siguiente detalle:
Tarifa/ano 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 Total Deuda Monto Deuda

1.2 Mediante Decreto Supremo Nº 010-2007-AG se aprobo el Programa Extraordinario de Regularizacion de Deudas que consiste en el otorgamiento excepcional y por unica vez de facilidades de pago de las deudas provenientes de la tarifa de uso de agua con fines agrarios. Asimismo tal MORDAZA dispuso que los usuarios que se acojan al citado Programa, MORDAZA exonerados del pago de los intereses y de las multas correspondientes. CLAUSULA SEGUNDA­ OBJETO DEL CONVENIO Por el presente convenio las partes acuerdan que la deuda senalada en el parrafo precedente sera cancelada de acuerdo a una de las siguientes modalidades

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