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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (12/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343326 Que, en consecuencia se deben dictar disposiciones complementarias para garantizar el adecuado cumplimiento del Programa Extraordinario de Regularización de Deudas y del bene fi cio al usuario buen pagador de tarifa de uso de agua; y, Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Destino de los ingresos provenientes de la ejecución del “Programa Extraordinario de Regularización de Deudas” Precísese que de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 08º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG, las Juntas de Usuarios de los Distritos de Riego de la República deberán destinar los ingresos que perciban durante el año 2007 por concepto de los pagos que efectúen los usuarios que se acojan al “Programa Extraordinario de Regularización de Deudas” única y exclusivamente para alguno de los siguientes fi nes: 1.1 Contribuir al fi nanciamiento del Presupuesto del año 2007. Para tal fi n se aplicará únicamente la parte equivalente al monto que la Junta de Usuarios programó recaudar al momento de elaborar el presupuesto del año 2007 como concepto de recaudación de tarifa de años anteriores. 1.2 Compensar los ingresos que dejarán de percibir por aplicación del “bene fi cio al usuario buen pagador de tarifa”. Este es el importe adicional al monto previsto por las Juntas de Usuarios para el año 2007 por concepto de recaudación de tarifa de años anteriores y que deberá mantenerse en una cuenta intangible a ser destinada exclusivamente para el fi n señalado en este acápite. Artículo 2º.- Disposiciones para el adecuado cumplimiento del bene fi cio al usuario buen pagador de tarifa . Para el adecuado cumplimiento del bene fi cio al usuario buen pagador de tarifa a que se re fi ere el Artículo 08º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG y a fi n de evitar un desequilibrio fi nanciero en el presupuesto de las Juntas de usuarios que corresponde al año 2008 y 2009, se deberá de cumplir con las siguientes disposiciones: 2.1 Los descuentos del 20% a que tienen derecho los usuarios que se encuentren completamente al día en el pago de la tarifa de uso de agua y que además la hubieran cancelado puntualmente en los tres últimos años, se aplicaran a los pagos por tarifa que estos usuarios deban realizar por el uso del agua que efectúen durante el año 2008 y primer semestre del año 2009. 2.2 Las Juntas de Usuarios deberán considerar en la formulación del presupuesto del año 2008, los ingresos que obtengan producto de la sumatoria del importe adicional referido en el acápite 1.2 del artículo 1º de esta Resolución más los ingresos que la Junta de Usuarios proyecte recibir durante el año 2008 por el pago de las “cuotas de los convenios de regularización de deudas” que deberán efectuar los usuarios que se acojan al Programa Extraordinario de Regularización de Deudas. 2.3 Si el resultado de la sumatoria señalada en el acápite 2.2 fuese inferior al monto requerido por la Organización de Usuarios para compensar los ingresos que dejará de percibir durante el año 2008 por la aplicación del bene fi cio al usuario buen pagador de tarifa, se deberá realizar el ajuste al valor de la tarifa conforme al manual de ajuste de tarifas que aprobará esta Intendencia. 2.4 En caso que la sumatoria señalada en el acápite 2.2 fuese superior al monto requerido por la Organización de Usuarios para compensar los ingresos que deje de percibir durante el año 2008 por la aplicación del bene fi cio al usuario buen pagador de tarifa, el excedente servirá para compensar los montos que se dejen de percibir por la aplicación del bene fi cio al usuario buen pagador de tarifa durante el primer semestre del año 2009. De ser necesario también en la formulación del presupuesto del año 2009 se deberá realizar el ajuste al valor de la tarifa conforme al manual de ajuste de tarifas que aprobará esta Intendencia. Artículo 3º.- Distribución de los ingresos entre los componentes de la tarifa. Precísese que los ingresos que perciban las Juntas de Usuarios por aplicación del “Programa Extraordinario de Regularización de Deudas”, incluyendo los intereses de los “Convenios de Regularización de Deudas”, deberán ser distribuidos entre los componentes que conforman la tarifa de uso de agua con fi nes agrarios, siendo los ingresos del componente “Ingreso Junta de Usuarios” los que se emplearán para contribuir al fi nanciamiento del presupuesto del año 2007 y compensar los ingresos que dejarán de percibir por aplicación del “bene fi cio al usuario buen pagador de tarifa”. Artículo 4º.- Formulario de convenios de regularización de deudas. Apruébese el formulario o fi cial de los convenios de regularización de deudas a que se re fi ere el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese,ENRIQUE SALAZAR SALAZAR Intendente de Recursos Hídricos PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS DE TARIFA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS CONVENIO DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS DECRETO SUPREMO Nº 010-2007-AG. Conste por el presente documento el CONVENIO DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS , que celebran de una parte la Junta de Usuarios ________________________________________ , con RUC. _______________, representado por su Presidente Sr. ________________ y Tesorero Sr. ____________________________ identi fi cados con DNI Nº _________ y __ _______ respectivamente, reconocidos ambos mediante Resolución Administrativa Nº _________________________ y con domicilio legal en _______________________, a quien en adelante se le denominara “LA JUNTA” , y de otra parte el Sr(a). _____________________ identi fi cado con DNI Nº ________________con domicilio en ____________________ a quien en adelante se le denominará “EL USUARIO” ; en términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA ANTECEDENTES1.1 EL USUARIO tiene una deuda pendiente de pago a favor de LA JUNTA proveniente de la Tarifa de Uso de Agua con Fines Agrarios conforme al siguiente detalle: Tarifa/año Monto Deuda 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 Total Deuda 1.2 Mediante Decreto Supremo Nº 010-2007-AG se aprobó el Programa Extraordinario de Regularización de Deudas que consiste en el otorgamiento excepcional y por única vez de facilidades de pago de las deudas provenientes de la tarifa de uso de agua con fi nes agrarios. Asimismo tal norma dispuso que los usuarios que se acojan al citado Programa, sean exonerados del pago de los intereses y de las multas correspondientes. CLÁUSULA SEGUNDA– OBJETO DEL CONVENIO Por el presente convenio las partes acuerdan que la deuda señalada en el párrafo precedente será cancelada de acuerdo a una de las siguientes modalidades