Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
VISTO:

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PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Comision de Asuntos de Justicia de Paz
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 129-2007-P-CSJLI-PJ
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Oficio N° 003-2007-P-CAJP/PJ de fecha 9 de MORDAZA de 2007, cursado por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision de Asuntos de Justicia de Paz; y, CONSIDERANDO: Que por Resolucion Administrativa N° 017-2007-PCSJLI/PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de enero de 2007, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA ratifico al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Presidente de la Comision de Asuntos de Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para el presente ano judicial; Que el articulo MORDAZA de la mencionada resolucion dispuso que el Presidente de la Comision proponga a los Magistrados que formaran parte de aquella; presentando el Dr. MORDAZA MORDAZA, a traves del oficio de la referencia, la propuesta respectiva que es pertinente aprobar; Por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Comision de Asuntos de Justicia de Paz, que queda integrada por los siguientes Magistrados: - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que la presidira. - Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Olazabal. - Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Buendia. - Dra. MORDAZA MORDAZA Vargas-Machuca. - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chumpitaz. Articulo Segundo.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Gerencia General, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Protocolo y a los Magistrados designados; para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. J. MORDAZA MORDAZA ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

El expediente de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Cusco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, conforme a lo dispuesto por el inciso 2 del articulo 154º de la Constitucion Politica del Estado, es potestad del Consejo Nacional de la Magistratura la evaluacion y ratificacion de los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete anos. Segundo: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue nombrado Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial del MORDAZA mediante Resolucion Nº 021-96-CNM de 2 de febrero de 1996, juramentado el cargo el 6 de febrero de 1996; por acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de 3 de setiembre de 2003, materializado por Resolucion Nº 388-2003-CNM, no fue ratificado en el cargo; posteriormente fue reincorporado en el cargo en virtud del Acuerdo de Solucion Amistosa, que celebrara con el Estado Peruano, como resultado de una denuncia interpuesta ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos contra la decision de no ratificarlo; en cumplimiento de dicho acuerdo su titulo fue rehabilitado mediante Resolucion Nº 156-2006-CNM de 20 de MORDAZA 2006, efectivizandose su reincorporacion mediante Resolucion del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Nº 123-2006/PCSJCU/PJ de 5 de MORDAZA del 2006. Tercero: Que, en tal virtud corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura comprender en un MORDAZA MORDAZA de evaluacion y ratificacion al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Cusco; acorde a las recomendaciones vertidas sobre el particular por la Comision Interamericana de Derechos Humanos, y de conformidad con lo dispuesto por el inciso 2 del articulo 154º de la Constitucion Politica del Peru del ano 1993, es funcion del Consejo Nacional de la Magistratura el evaluar y ratificar a los jueces y fiscales con una periodicidad de siete anos. Cuarto: Que, en Sesion Plenaria Ordinaria del Consejo Nacional de la Magistratura de fecha 13 de diciembre 2006, se acordo aprobar la Convocatoria Nº 005-2006-CNM, de los procesos de evaluacion y ratificacion, entre otros, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial del MORDAZA, la misma que fue publicada con fecha 17 de diciembre 2006. Siendo el periodo de evaluacion del magistrado desde el 6 de febrero de 1996 hasta el 3 de setiembre del 2003, y del reingreso, el 5 de MORDAZA de 2006 al 15 de marzo de 2007, fecha en que sesiona el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura para adoptar la decision final en el presente proceso. Quinto: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante el MORDAZA de evaluacion y ratificacion, determina si un magistrado ha de continuar o no en el cargo bajo un MORDAZA distinto al disciplinario, esto es, evaluando si se justifica o no su permanencia en el servicio bajo los parametros de continuar observando debida conducta e idoneidad propias de la funcion, acorde a lo establecido en el inciso 3 del articulo 146º de la Constitucion Politica del Peru, el cual establece que el Estado garantiza a los magistrados su permanencia en el servicio, mientras observen conducta e idoneidad propias de su funcion; debiendo entenderse que la decision acerca de la continuidad o permanencia en el ejercicio del cargo por otros siete anos, exige que el magistrado evidencie una conducta caracterizada por la verdad, lealtad, probidad, independencia, imparcialidad, diligencia, decoro y rectitud, ademas de una capacitacion y actualizacion adecuadas, permanentes y constantes, como tambien el fiel respeto y observancia a la Constitucion Politica del Estado y a las leyes de la Republica, todo lo cual persigue asegurar un desempeno correcto en la funcion, acorde a las exigencias ciudadanas. Sexto: Que, concluidas las etapas previas del MORDAZA de evaluacion y ratificacion; habiendose entrevistado al evaluado en sesion publica llevada a cabo el dia 21 de febrero del ano en curso conforme al cronograma de actividades aprobado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, corresponde adoptar la decision final, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 5º inciso 7 del Codigo Procesal Constitucional, concordante con los numerales 27 y siguientes del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del

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ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Ratifican a Vocal de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 026- 2007-PCNM MORDAZA, 16 de marzo de 2007

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