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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (12/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343334 los gustos e intereses de los estudiantes y la realidad de la Institución Educativa. 6.2.3. El Plan Lector comprenderá en Inicial y 1º ,2º , 3º , y 4º de Primaria, para cada edad y grado, una variedad de títulos que se ofrecerán en función del desarrollo madurativo de los niños y niñas, y de acuerdo con sus características personales, así como sus necesidades e intereses de aprendizaje. El número de textos que puedan leer al mes se de fi nirá por las oportunidades de lectura que se fomenten, considerando que cómo mínimo los adultos le narren un cuento por semana. 6.2.4. En el caso de Educación Primaria y Secundaria comprenderá una relación de 12 títulos, que estudiantes y docentes leerán a razón de uno por mes. 6.2.5. Los títulos o textos seleccionados pueden tener como referentes los temas transversales y los valores que la Institución Educativa haya previsto desarrollar en su Proyecto Curricular Institucional, poniendo énfasis en los autores propios de la comunidad, la región y el país, sin excluir a autores internacionales. 6.2.6 El Plan Lector precisará en forma clara las estrategias, los objetivos, el cronograma de lecturas por edades, grados y niveles, el diagnóstico del lector, las responsabilidades de los agentes involucrados, el seguimiento y evaluación del Plan, así como las actividades adicionales de difusión, coordinación con otros organismos, generación de auspicios, convenios, entre otras, que hagan posible el éxito del Plan Lector. 6.3 DE LAS ESTRATEGIAS DE EJECUCIÓN 6.3.1. Cada Institución Educativa, con mediación del Consejo Académico, elige un equipo multidisciplinario encargado de formular su Plan Lector Institucional. La coordinación de este equipo es de responsabilidad de un profesor, preferentemente, del área de Comunicación y debe incluir a representantes de los padres de familia y de los estudiantes. 6.3.2. El Plan Lector de cada institución educativa, que se elaborará a partir del diagnóstico lector, debe ser presentado a toda la Institución Educativa y difundido mediante diversos medios con el fi n de comprometer a toda la comunidad en la ejecución del mismo. 6.3.3. La secuencia de lectura libre, recreativa y placentera será determinada en común acuerdo con los estudiantes, teniendo en cuenta la cantidad de títulos con que se cuenta. Se puede leer, simultáneamente, más de un título en el mismo mes. Es responsabilidad de la Institución Educativa organizar la distribución de los títulos de modo que no falten libros, y/o agenciarse de la dotación necesaria de los títulos del Plan Lector, una vez defi nida su composición. 6.3.4. Los libros que se hayan seleccionado para la lectura dirigida o de estudio (aquella que relaciona con el desarrollo de las capacidades comunicativas para la comprensión lectora) deben ser considerados en la programación anual de cada docente. En lo posible, el contenido de los libros leídos debe ser vinculado con los contenidos desarrollados en las áreas curriculares. 6.3.5. Para la lectura libre, recreativa y placentera se dispondrá de un tiempo para leer, que será acordado con los estudiantes. Esto no exime la lectura espontánea. En ambos casos se pretende que se desarrolle el hábito lector, de modo que los estudiantes lean en el paradero, en el medio de transporte, en la banca de los parques, en la Institución Educativa, en la biblioteca, en el domicilio o en el lugar que el estudiante estime conveniente. Con este tipo de lectura se prioriza el acercamiento libre a los libros, los intereses, gustos y característica de los niños, niñas y adolescentes, el uso de estrategias variadas de animación o fomento de la lectura, la recreación lúdica, plástica, musical, teatral, reconstructiva de lo leído; sin imposiciones ni evaluaciones cali fi cadas. 6.3.6. En relación con la lectura dirigida o de estudio, durante las sesiones de aprendizaje, los estudiantes expresarán las ideas, hechos, personajes, valores del texto leído durante el mes, el mismo que tendrá temas vinculados con las actividades que se realicen en el aula. Con este tipo de lectura se prioriza, de manera alterna y complementaria a lo descrito en el numeral anterior, el desarrollo de las capacidades comunicativas relacionadas con la comprensión lectora. 6.3.7. En la formulación del Plan Lector, la Comunidad Educativa debe prever las estrategias pertinentes para que los estudiantes continúen con la lectura de los textos durante el período vacacional. 6.3.8. El desarrollo del Plan Lector debe contemplar actividades adicionales originadas a partir de los textos seleccionados: propiciar el dibujo, el modelado, la publicación, en periódicos murales o revistas, de los trabajos de redacción que motiven la lectura de algún texto, organizar ferias de libros, realizar tertulias, conversatorios, con participación de los autores de los libros leídos, elaborar reseñas, comentarios, organizar círculos de lectura, entre otras. 6.3.9. Las Instituciones Educativas deben facilitar el acceso de los estudiantes a los módulos de biblioteca distribuidos por el Ministerio de Educación y a otro material disponible para la realización efectiva del Plan. 6.3.10. Para facilitar la ejecución del Plan Lector se debe proceder a la codi fi cación y exposición inmediata de los textos de la biblioteca de la Institución Educativa o del aula para que los estudiantes y los docentes sepan con qué material de lectura cuentan. 6.4 DE LAS RESPONSABILIDADES6.4.1. Son funciones de la Dirección Nacional de Educación Básica Regular: - Promover la implementación del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular del país. - Sistematizar y difundir experiencias exitosas de la implementación del Plan Lector. - Elaborar catálogos de los textos más recomendados, de acuerdo con la edad de los estudiantes. - Elaborar, adaptar y/o adecuar materiales de lectura y libros para niños, niñas, adolescentes. - Elaborar textos en diferentes formatos: mantos, telas, arpillera, mates, tablas de Sarhua, retablos y otros soportes, además de los tradicionales, innovadores, ingeniosos, lúdicos, atractivos, plásticos; que narren historias, testimonios, cuentos, mitos, leyendas, etc.; como muestra de la creatividad e ingenio de las personas. - Establecer convenios con editoriales y los diarios de circulación nacional para la edición, impresión y difusión de libros a precios populares. 6.4.2. Son funciones de las Direcciones Regionales de Educación: - Difundir, orientar y promover la ejecución del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular de su ámbito. - Emitir oportunamente las normas complementarias y aclaratorias que fueran necesarias. - Monitorear la ejecución del Plan Lector. - Establecer alianzas con entidades públicas y privadas de la región para fortalecer y ampliar el Plan Lector en la Comunidad Educativa Regional. - Promover el voluntariado para la Animación Lectora, mediante la convocatoria de estudiantes del tercio superior de las facultades de educación y los institutos pedagógicos acreditados para que promuevan la lectura en los hospitales, parques, locales, comunales, parroquias, comedores populares, asilos, entre otros lugares de atención al público. 6.4.3. Son funciones de las Unidades de Gestión Educativa Local: - Difundir, orientar y promover la ejecución del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular de su ámbito. - Emitir oportunamente las normas complementarias y aclaratorias que fueran necesarias. - Monitorear la ejecución del Plan Lector. - Establecer alianzas con entidades públicas y privadas de la región para fortalecer y ampliar el Plan Lector en la Comunidad Educativa Local. - Informar a la Dirección Regional sobre el proceso de ejecución del Plan Lector en su ámbito. 6.4.4. Son funciones de las Instituciones Educativas, bajo responsabilidad del Director: - Promover el Plan Lector en todos los estamentos de la Institución Educativa.