Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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contempladas en el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG: Al contado o en forma fraccionada. Marcar con una "x" y completar el cuadro segun la modalidad a que se acoja el usuario
( ) Al Contado Tarifa Total Deuda (-) Descuento 40% Total a Pagar Monto Deuda ( ) En forma Fraccionada Tarifa Total Deuda Cuota de pago Inicial (20%) Saldo a Fraccionar Nº de Cuotas Monto de Cada Cuota Interes sobre la Cuota (1%) Total a Pagar por Cuota Monto Deuda

exigencia por cuanto la actividad que desarrollan es considerada de alto riesgo; Que, dicha situacion en muchos casos conduce a la informalidad en la practica de la actividad de guia de MORDAZA, al no poder contar con la Poliza de seguros, por lo cual resulta pertinente flexibilizar el cumplimiento de la exigencia MORDAZA comentada, fomentando la creacion de medios alternativos que permitan o ayuden al guia de MORDAZA a afrontar los riesgos propios de su actividad; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, articulos 17º y 18º de la Ley Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica y Decreto Supremo Nº 058-2005-EF; DECRETA: Articulo 1º.- Deroga disposiciones del Reglamento de Guias de Montana. Derogase el inciso c) del articulo 5º, el numeral 3 del inciso f) y el numeral 5 del inciso g) del articulo 2º, del Reglamento de Guias de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2004-MINCETUR. Articulo 2º.- Modifica articulo 10º del Reglamento de Guias de Montana. Modificase el articulo 10º del Reglamento de Guias de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2004MINCETUR, el cual queda redactado en los siguientes terminos: "Los Guias de MORDAZA procuraran contar con un poliza de seguro, individual o colectiva, contra los accidentes que pudieran afectarles durante la prestacion del servicio; en su defecto, a traves de sus instituciones gremiales o similares, promoveran e impulsaran la creacion de medios o formas alternativas de aseguramiento que les permita afrontar los riesgos propios de su actividad". Articulo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 47983-5

CLAUSULA CONVENIO

TERCERA

-

RESOLUCION

DEL

En cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6 del Decreto Supremo Nº 010-2007-AG, tratandose de los convenios celebrados en forma fraccionada, el incumplimiento de pago de por lo menos una de las cuotas pactadas ocasionara la resolucion automatica del convenio y la consecuente perdida de todos los beneficios otorgados AL USUARIO. CLAUSULA CUARTA- MORDAZA DE PAGO Con la suscripcion del presente convenio LA JUNTA deja MORDAZA de haber recibido el importe consignado en la clausula MORDAZA de este convenio segun la modalidad del convenio, por lo que otorga todos los beneficios que en tal virtud corresponde AL USUARIO conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 010-2007-AG En senal de conformidad con los terminos del presente convenio, las partes lo suscriben en tres (03) ejemplares, en __________________ a los dias del mes de _____ __ del ano 2007 LA JUNTA 47599-1 EL USUARIO

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Deroga y modifica disposiciones del Reglamento de Guias de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 004-2007-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2004MINCETUR, de fecha 25 de noviembre de 2004, se aprobo el Reglamento de Guias de Montana; Que, conforme al articulo 5º del citado Reglamento, los guias de MORDAZA deben contar con autorizacion expresa del Organo Regional Competente, para ejercer la actividad, a cuyo efecto estan obligados a presentar una solicitud ante dicho organo, acompanando, entre otros documentos, una Poliza de seguro contra accidentes, individual o colectiva. Asimismo, el articulo 10º del mismo Reglamento, dispone que los guias de MORDAZA durante el ejercicio de sus actividades, deben contar con dicha Poliza; Que, el sector turismo luego de la evaluacion tecnica correspondiente ha verificado que los guias de MORDAZA encuentran serias dificultades para cumplir con dicha

Autorizan viaje de representantes de PromPeru a Alemania y Espana para participar en ferias internacionales de turismo IMEX 2007 y SITC 2007
RESOLUCION SUPREMA Nº 050-2007-MINCETUR MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 Vista la Carta Nº C.270.2007/PP.GG de la Gerente General de la Comision de Promocion del Peru PromPeru. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, entidad en MORDAZA de fusion con la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las politicas y estrategias de promocion del turismo interno y receptivo, asi como de promover y difundir la imagen del Peru en materia de promocion turistica;

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