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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (12/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343330 con permanencia en puertos extranjeros por un total de CINCUENTA Y DOS (52) días. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: Santiago (CHILE) - Lima US$ 420.00 x 1 persona Pasaje Terrestre: Valparaíso - Santiago (CHILE) US$ 20.00 x 1 persona Viáticos: US$ 200 x 3 días x 1 persona Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: US$ 40.00 x 52 días x 1 persona Artículo 3º.- Los gastos de alimentación, alojamiento y otros derivados de la presente comisión, serán solventados por la Armada de la República de Chile, excepto lo mencionado en el artículo anterior correspondiente a los pasajes, viáticos por estadía en puerto. Artículo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 5º.- El mencionado O fi cial Subalterno revistará en la Dirección General de Instrucción de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 6º.- El mencionado O fi cial Subalterno deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZON Ministro de Defensa 47983-6 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban contrato referido al servicio de calificación de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio y la empresa Standard & Poor´s RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2007-EF/43 Lima, 9 de abril de 2007Vistos: el Memorando Nº 150-2007-EF/75.22 de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público así como los Informes Nºs. 105-2007-EF/43.50 y 717-2007-EF/60.01 de la O fi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, acerca de la contratación de la empresa STANDARD & POOR’S para que brinde el servicio de cali fi cación de riesgo soberano. CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del artículo 46º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y fi nanciera especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF se aprobó el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, disponiendo que las contrataciones de los servicios serán efectuadas por la Ofi cina General de Administración a requerimiento de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, cuando éstos estén indirectamente vinculados a una operación de endeudamiento público o de administración de deuda, como es el servicio de clasi fi cación de riesgo; Que, asimismo el numeral 9.1. del artículo 9º del mencionado Procedimiento dispone que cuando los servicios son prestados por proveedores únicos, la O fi cina General de Administración procederá a su contratación directa, previo a lo cual deberá cumplirse con realizar las acciones que dicho numeral señala, agregando la Segunda Disposición Final que la interpretación de las disposiciones contenidas en dicho Procedimiento es competencia de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público; Que, la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el Memorando Nº 150-2007-EF/75.22 señala los fundamentos y con fi rma su solicitud para la contratación como proveedor único de la empresa STANDARD & POOR’S para que preste el servicio de cali fi cación de riesgo soberano; Que, la empresa STANDARD & POOR’S presta el servicio de cali fi cación de riesgo soberano, mediante la evaluación de la capacidad crediticia general de cada país tanto en forma cuantitativa como cualitativa y en base a sus propios criterios, metodología y proyecciones elabora su análisis, conclusiones y recomendaciones, lo cual tiene un signi fi cado o connotación particular y única en el mercado internacional y local de capitales; Que, la O fi cina General de Administración ha elaborado el Informe Nº 105-2007-EF/43.50, conjuntamente con el proyecto de contrato; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 717-2007-EF/60.01, señala que no tiene objeción que realizar al proyecto de contrato sobre el servicio de cali fi cación de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa STANDARD & POOR’S; De conformidad con la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el contrato remitido por la Ofi cina General de Administración referido al servicio de cali fi cación de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa STANDARD & POOR’S. Artículo 2º.- Autorizar al Jefe de la O fi cina General de Administración para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba el contrato referido en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 47730-1 EDUCACION Modifican Reglamento de la Ley del Profesorado DECRETO SUPREMO N° 011-2007-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA