Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

con permanencia en puertos extranjeros por un total de CINCUENTA Y DOS (52) dias. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara el pago que corresponda con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA (CHILE) - MORDAZA US$ 420.00 x 1 persona Pasaje Terrestre: Valparaiso - MORDAZA (CHILE) US$ 20.00 x 1 persona Viaticos: US$ 200 x 3 dias x 1 persona Asignacion Especial por Estadia en Puerto Extranjero: US$ 40.00 x 52 dias x 1 persona Articulo 3º.- Los gastos de alimentacion, alojamiento y otros derivados de la presente comision, seran solventados por la Armada de la Republica de MORDAZA, excepto lo mencionado en el articulo anterior correspondiente a los pasajes, viaticos por estadia en puerto. Articulo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 5º.- El mencionado Oficial Subalterno revistara en la Direccion General de Instruccion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 6º.- El mencionado Oficial Subalterno debera cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 47983-6

Endeudamiento, establece que el Ministerio de Economia y Finanzas esta autorizado para contratar los servicios de asesoria legal y financiera especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF se aprobo el Procedimiento para la Contratacion de Servicios de Asesoria Legal y Financiera Especializados en el MORDAZA de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, disponiendo que las contrataciones de los servicios seran efectuadas por la Oficina General de Administracion a requerimiento de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, cuando estos esten indirectamente vinculados a una operacion de endeudamiento publico o de administracion de deuda, como es el servicio de clasificacion de riesgo; Que, asimismo el numeral 9.1. del articulo 9º del mencionado Procedimiento dispone que cuando los servicios son prestados por proveedores unicos, la Oficina General de Administracion procedera a su contratacion directa, previo a lo cual debera cumplirse con realizar las acciones que dicho numeral senala, agregando la MORDAZA Disposicion Final que la interpretacion de las disposiciones contenidas en dicho Procedimiento es competencia de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico; Que, la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, organo rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el Memorando Nº 150-2007-EF/75.22 senala los fundamentos y confirma su solicitud para la contratacion como proveedor unico de la empresa STANDARD & POOR'S para que preste el servicio de calificacion de riesgo soberano; Que, la empresa STANDARD & POOR'S presta el servicio de calificacion de riesgo soberano, mediante la evaluacion de la capacidad crediticia general de cada MORDAZA tanto en forma cuantitativa como cualitativa y en base a sus propios criterios, metodologia y proyecciones elabora su analisis, conclusiones y recomendaciones, lo cual tiene un significado o connotacion particular y unica en el MORDAZA internacional y local de capitales; Que, la Oficina General de Administracion ha elaborado el Informe Nº 105-2007-EF/43.50, conjuntamente con el proyecto de contrato; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 717-2007-EF/60.01, senala que no tiene objecion que realizar al proyecto de contrato sobre el servicio de calificacion de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas y la empresa STANDARD & POOR'S; De conformidad con la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el contrato remitido por la Oficina General de Administracion referido al servicio de calificacion de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas y la empresa STANDARD & POOR'S. Articulo 2º.- Autorizar al Jefe de la Oficina General de Administracion para que en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas suscriba el contrato referido en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 47730-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban contrato referido al servicio de calificacion de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio y la empresa Standard & Poor´s
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 201-2007-EF/43 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2007 Vistos: el Memorando Nº 150-2007-EF/75.22 de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico asi como los Informes Nºs. 105-2007-EF/43.50 y 717-2007EF/60.01 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, acerca de la contratacion de la empresa STANDARD & POOR'S para que brinde el servicio de calificacion de riesgo soberano. CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del articulo 46º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de

EDUCACION
Modifican Reglamento de la Ley del Profesorado
DECRETO SUPREMO N° 011-2007-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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