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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de abril de 2007 343638 bene fi cio por la deuda que tuviere al 31 de diciembre del 2006. Podrán acogerse a este bene fi cio, los contribuyentes que hubieren realizado fraccionamiento anterior, considerándoseles todos los pagos que hubieren efectuado, como a cuenta del insoluto de la deuda, conforme a la escala descrita, debiendo cancelar al contado dentro del plazo de vigencia del presente bene fi cio el saldo de su deuda fraccionada. El plazo para acogerse al presente bene fi cio de regularización tributaria regirá hasta el 30 de junio del 2007. Artículo 5º Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y Agencias Municipales de Desarrollo con el apoyo de los demás órganos y Gerencias de la Municipalidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 49130-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL FERREÑAFE Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO N° 103-2007-CMPF Ferreñafe, 10 de abril del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE FERREÑAFE VISTOS: El Informe Nº 022-2007-MPF/UA, de fecha 4 de abril del 2007, de la Jefatura de la Unidad de Abastecimientos e Informe Legal Nº 0059-2007-ALE/MPF, de fecha 9 de abril del 2007, del Asesor Legal Externo de esta comuna edilicia; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos”, además el artículo 41º de la referida norma establece que “los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, mediante Informe Nº 022-2007-MPF/UA, de fecha 4 de abril del 2007, el Jefe de la Unidad de Abastecimientos, informa al Titular del Pliego lo siguiente: a) que la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, se abastece de productos alimenticios para atender el Programa de Vaso de Leche, distribuidos entre un total de 5,526 bene fi ciarios, de los cuales 1,363 reciben leche fresca y 4,163 reciben productos lácteos; todo esto debidamente administrado por el Comité de Administración del Programa Vaso de Leche, y supervisados por la Coordinadora de esta Municipalidad, Sra. Zoila Lizana Pizarro; b) que actualmente se está proveyendo de leche fresca a dichos bene fi ciarios, la misma que está asegurada hasta el 15 del presente mes, producto de una adquisición complementaria a través de una addenda al último contrato del año 2006, de acuerdo al artículo 236º del Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM; en lo que se re fi ere a productos lácteos, éstos se proveyeron hasta el mes de febrero del 2007; c) que con Requerimiento Nº 008-2007-MPF/PVL, de fecha 13 de marzo del 2007, la Coordinadora, Sra. Zoila Lizana Pizarro, solicita a mi despacho la compra de leche fresca y productos lácteos; paralelamente con su Informe Nº 019-2007-MPF/ PVL, de la misma fecha, informa al Alcalde sobre la elección de dichos productos por parte de las Unidades Vecinales; d) que ante este requerimiento, el Comité Especial del Programa Vaso de Leche convoca a la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007-MPF/PVL, cuyo cronograma corre desde el día 14 al 30 de marzo del 2007, cronograma que está incluido en las Bases Administrativas, ítem 10, aprobadas por Resolución de Alcaldía Nº 138-2007-MPF/A; e) que actualmente este proceso se ha suspendido temporalmente, ante una consulta elevada a Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, por el postor INSULAC del Perú S.R.L., dentro del derecho que le asiste según el artículo 116º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, al momento de presentarse este informe, aún no se cuenta con pronunciamiento alguno de CONSUCODE, cuya fecha límite es el día 11 de abril del 2007, en que se cumple los diez (10) días hábiles para tal fi n; f) asumiendo que el día 11 de abril se pronuncie CONSUCODE, las Bases tienen que ser integradas y por lo complejo del proceso se tiene que recandelarizar, consecuentemente prorrogar los plazos originales, lo que conllevaría a terminar el proceso aproximadamente a fi nes del presente mes, repartiéndose los productos en el mes de mayo; también se tiene referencias de experiencias en casos similares, donde CONSUCODE se pronuncia más allá de los diez días previstos; g) de acuerdo a lo explicado se prevé un desabastecimiento de los productos materia del proceso, lo que conllevaría a una desatención a los bene fi ciarios del Programa Vaso de Leche, generando una problemática social, como consecuencia de una acción administrativa externa y ajena a la gestión, cuya responsabilidad no alcanza a las áreas involucradas; h) la base legal: la normatividad que regula la adquisición de alimentos para este programa social son: i) Ley Nº 27470, que establece normas complementarias para la ejecución del Programa Vaso de Leche y su modi fi catoria la Ley Nº 27712, ii) Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, iii) Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, iiii) Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 26850; llega a las siguientes conclusiones: 1) que el Proceso de Adquisición de Productos Alimenticios: Leche Fresca de Vaca y Productos Lácteos para el Programa de Vaso de Leche 2007, se encuentra suspendido temporalmente, esperando el mani fi esto de CONSUCODE, ante consulta del postor INSULAC del Perú S.R.L.; 2) que para llevar a cabo el proceso de adquisición según los nuevos plazos previstos en la normatividad, después que se mani fi este el CONSUCODE; éstos concluirían a fi nes del presente mes, distribuyéndose en el mes de mayo, lo que originaría un desabastecimiento de alimentos; 3) que ante esta situación se presentan dos alternativas para la adquisición de dichos productos: a) adquirir los alimentos mediante la Normatividad Vigente, esperando el mani fi esto del CONSUCODE la misma que no es recomendable dado que los plazos exigidos en la norma alargaría la fecha de entrega, generando un problema social; b) adquirir los alimentos mediante la Declaración de Situación de Desabastecimiento Inminente la Atención del Programa Vaso de Leche, esta modalidad permitirá adquirir los alimentos en forma inmediata, después de aprobada dicha declaratoria, mediante Acuerdo de Concejo, es necesario indicar que en esta modalidad los plazos se obvian, por cuanto se exonera del proceso de selección, la adquisición en esta modalidad se referiría sólo para la atención equivalente a cuarenta y cinco días; o sea un mes y medio; en tanto se levanta la suspensión arriba citada, para luego continuar con el proceso normal de adquisición mediante la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2007-MPF/PVL; 4) que es necesario tomar acciones inmediatas para evitar problemas sociales con los bene fi ciarios de este Programa; ante lo expuesto Recomienda: 1) Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente la Atención del Programa Vaso de Leche 2007, de los productos leche cruda fresa de vaca y productos lácteos: