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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (16/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de abril de 2007 343627 solicitud de imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 5575; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 5575, ubicada en la Calle Algodonal, Mz. J2, Lote 05, Parcelación Cieneguilla, Etapa II (entre la calle Condorhuaca y Malecón Lurín), distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM PSAD 56 que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109° del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109° y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 051-2007-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión de fi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 5575, ubicada en la Calle Algodonal, Mz. J2, Lote 05, Parcelación Cieneguilla, Etapa II (entre la calle Condorhuaca y Malecón Lurín), distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de servidumbreTipo de PropiedadTipo de terreno 31194806 Subestación de Distribución Eléctrica Nº 5575 Ubicación: distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 660 943,621 303 694,536 B 8 660 940,736 303 699,797 C 8 660 941,963 303 700,471D 8 660 944,847 303 695,210Suelo, subsuelo y aires: 8,40 m 2Pública Urbano Artículo 2°.- Dentro de la faja de servidumbre, no podrá construirse obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3°.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4°.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 46115-1Reconocen servidumbre de ocupación sobre bien de propiedad privada a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2007-MEM/DM Lima, 2 de abril de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31195506, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la O fi cina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo pedestal (sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5225; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96- EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo pedestal (sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5225, ubicada en la Av. Vasco Núñez de Balboa Nº 214, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 8,40 metros cuadrados, de propiedad privada, para la subestación de distribución eléctrica compacta tipo pedestal (sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5225, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 9 de febrero de 1999, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 018-2007-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad privada, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta tipo pedestal (sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5225, ubicada en la Av. Vasco Núñez de Balboa Nº 214, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Testimonio de Escritura Pública de fecha 9 de febrero de 1999, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbreÁrea de ServidumbreTipo de PropiedadTipo de terreno 31195506 S ubestación de Distribución Eléctrica Nº 5225 Ubicación: distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM ( PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 658 260,79 279 576,83 B 8 658 258,45 279 574,95 C 8 658 256,69 279 577,14 D 8 658 259,04 279 579,01 Suelo, subsuelo y aires : 8,40 m²Privada Urbano