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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (20/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2007 343921 - Simplicidad en los requisitos establecidos, agilidad en el trámite y reducción de costos. - La presente Ordenanza alcanza a todo tipo de edifi cación, VIVIENDA, COMERCIO E INDUSTRIA El otorgamiento de los Certi fi cados de Numeración y Nomenclatura corresponderán a propiedades que presenten edi fi cación, en el caso de los terrenos sin construir se otorgará una Constancia de Ubicación en la cual se le asignará el número que le debiera corresponder a la fecha. a) De los Requisitos: Se establece los siguientes requisitos: - Carpeta y solicitud dirigida al Alcalde. - Formato o Especie Valorada (en edi fi caciones y por número solicitado). - Plano de Ubicación del Inmueble ( fi rmado por propietario). - Memoria Descriptiva ( fi rmado por propietario). - Declaración Jurada de ser propietario del inmueble (Se adjunta Anexo). - Copia del DNI (fedateado).- Copia del último recibo de pago del Autovalúo. El último recibo de pago del Autovalúo no será exigible de presentación. b) De los Derechos de Trámite 1.- Para Certi fi cado de Numeración y Nomenclatura - Edi fi caciones: - Carpeta y solicitud dirigida al Alcalde S/.10.00 - Formato o Especie Valorada S/.30.00- Pago del derecho de inspección ocular S/.20.00- Pago por número de cada unidad catastral Cada Puerta Principal - Vivienda S/. 40.00 - Local Comercial S/. 60.00 - Industrial S/. 80.00 Cada Puerta de Garaje o Puerta Secundaria S/. 20.00 2.- Para Constancia de Ubicación - Terrenos sin construir: - Carpeta y solicitud dirigida al Alcalde S/.10.00 - Formato o Especie Valorada S/.30.00- Pago del derecho la inspección ocular S/.20.00- Pago por único acceso S/ 20.00 Artículo Quinto.- De los bene fi cios de Regularización Masiva para el otorgamiento del Certifi cado de Numeración y Nomenclatura o Constancia de Ubicación para Galerías, Centros Comerciales, Mercados y Campos Feriales con Personería Jurídica. El otorgamiento de Certi fi cado Numeración y Nomenclatura será individualmente por cada puesto o stand o a la Persona Jurídica solicitante la cual representa a los propietarios, y a la que se le asignará el número correspondiente en la fecha. a) De los Requisitos: Se establece excepcionalmente los siguientes requisitos: - Carpeta y solicitud dirigida al Alcalde. - Licencia de Funcionamiento Municipal.- Plano de ubicación del inmueble fi rmado por los representantes de las galerías, centros comerciales, mercados y/o campos feriales. - Memoria Descriptiva debidamente fi rmada de la galería, centro comercial, mercado y/o campo ferial. - Copia del DNI (fedateado). - Copia del derecho de pago por cada uno de los asociados o el pago general realizado por las galerías, centros comerciales, mercados y/o campos feriales. - Copia del ultimo recibo de pago del Autovalúo. El último recibo de pago del Autovalúo no será exigible de presentación.b) De los Derechos de Tramite: Derecho de pago por Formato y Carpeta S/. 20.00 Por cada stand Derechos de Otorgamiento S/. 50.00 Por cada stand----------------------------------------------------------------------- Total de pago excepcional S/. 70.00 Por cada stand o puesto comercial solicitado Artículo Sexto.- Del Procedimiento La regularización del Certi fi cado de Numeración y Nomenclatura deberá ser presentada en la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo quien a su vez lo derivará a la Gerencia de Desarrollo Urbano y ésta a la Subgerencia de Catastro y Ornato o la que haga sus veces; evaluada la documentación y con el correspondiente informe de Inspección Ocular del personal técnico de dicha área, de ser procedente, se emitirá el Certi fi cado de Numeración y Nomenclatura o Constancia de Ubicación. El plazo para la regularización del mismo es de 7 días hábiles desde el día siguiente de su presentación. En el caso de encontrarse observaciones la Gerencia de Desarrollo Urbano noti fi cará al interesado para que subsane las observaciones en un plazo no mayor de 3 días, de transcurrir 10 días sin la respectiva subsanación se declarará en abandono, perdiendo los derechos de tramitación y/o pagos realizados. Artículo Séptimo.- De la Inspección Ocular Se establecerá excepcionalmente como único pago por derecho a la Inspección Ocular la suma de S/. 50.00 Nuevos Soles. Cualquier impugnación al procedimiento se determinará por lo expresado en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Deléguese al Alcalde la facultad para ampliar la regularización de la presente Ordenanza asi como dictaminar, de ser el caso a través del Decreto de Alcaldía correspondiente. Segunda.- Incorpórese al TUPA los requisitos y derechos correspondientes mientras se encuentre vigente la presente Ordenanza. Tercera.- Apruébese el Formato de Declaración Jurada de Propiedad del Inmueble que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Cuarta.- Precisar que el derecho de pago correspondiente deberá realizarse en las cajas de la Subgerencia de Tesorería. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANEXO DECLARACIÓN JURADA DE SER PROPIETARIO DEL INMUEBLE (Artículo 41.1.3 de la Ley Nº 27444) Yo ................................................................................. Identi fi cado(a) con DNI Nº ........................................, con domicilio fi scal ................................................................... ......................y domicilio predial .............................................. ................................................., mediante la presente me presento y expongo: Que siendo contribuyente de este distrito y deseando regularizar la numeración mediante el respectivo Certi fi cado para el inmueble de mi propiedad ubicado en el (la)……………………………………………………………………………………………..es que solicito acogerme a lo expuesto en la Ordenanza Municipal Nº 013-07/MDLV para lo cual presento esta Declaración Jurada. La propiedad es un bien ……………………………….