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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2007 343929 desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por Acuerdo de Concejo Municipal; Que, el artículo 21º del mismo cuerpo legal, señala que el Alcalde Provincial desempeña su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por Acuerdo de Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del primer año de gestión; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2006, que modi fi ca los artículos 1º y 5º de la Ley Nº 28212, en el numeral 5.2 del artículo 5º, establece que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben dietas según el monto que fi jen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes orgánicas. En ningún caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Presidente Regional o del Alcalde correspondiente; Que, las dietas que corresponde a los señores Regidores, será por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, en un máximo de 4 sesiones al mes sean éstas Ordinarias, Extraordinarias o Solemnes, de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del Gobierno Local, previa las constataciones Presupuestales del caso; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007- PCM, el Gobierno Central ha dictado medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes, determinando los ingresos máximos mensuales en proporción a la población electoral de su circunscripción y en base a la Escala y Rango de la misma, otorgando a su vez a los Alcaldes de las Municipalidades Capitales de Provincia una asignación adicional conforme a los porcentajes y límites establecidos en dicho dispositivo; asimismo, señala que las dietas que correspondan percibir a los Regidores municipales en ningún caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde; Que, en la referida Sesión de Concejo analizaron el Informe Nº 020-MPJ-OPPTO del 26.03.2007 y el Informe Legal Nº 051-2007-MPJ/OAL de fecha 27.03.2007, sobre la aprobación de la Remuneración de Alcalde y Dieta de Regidores; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, inciso 28) y artículos 12º, 21º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los miembros del Concejo Provincial de Jaén, previo análisis y deliberación, por UNANIMIDAD; ACORDÓ: Artículo Primero.- FIJAR la Remuneración Mensual del Alcalde de la Provincia de Jaén, de acuerdo con lo normado en la Escala Remunerativa Nº VIII en S/. 6,500.00 (SEIS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y otorgar una Asignación Adicional por la suma de S/. 1,300.00, establecida en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, haciendo en total por todo concepto un monto de S/. 7,800.00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- FIJAR la Dieta de los señores Regidores por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, sean éstas Ordinarias, Extraordinarias y/o Solemnes, en la suma de S/. 585.00 (QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100), por un máximo de cuatro sesiones al mes, que sumarían dos mil trescientos cuarenta (S/. 2,340 y 00/100) nuevos soles, correspondiente al treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto que percibe el Alcalde. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y O fi cina de Administración, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Relaciones Públicas y la Coordinación de Abastecimientos, realicen las acciones administrativas que conlleven a la publicación y difusión de la decisión tomada por el Concejo Municipal de Jaén. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME VÍLCHEZ OBLITAS Alcalde 50578-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 165-2007-MDCC Mediante O fi cio Nº 021-SGL-MDCC-2007 la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía Nº 165-2007-MDCC publicada en la edición del 13 de abril de 2007. En la relación de bienes a adquirir para el Proyecto “Mejoramiento Sistema de Agua Potable del Circuito N-29 Cono Norte”: DICE: Nº BIENES A ADQUIRIR 01 Tubería PVC de diferentes diámetros 02 Tapon PVC de diferentes diámetros 03 Anillos de jebe de diferentes diámetros 04 Codos de hierro dúctil de diferentes diámetros 05 Cruz de hierro dúctil de diferentes diámetros 06 Reduccion de hierro dúctil de diferentes diámetros 07 Tee de hierro dúctil de diferentes diámetros 08Válvula compuerta de hierro dúctil de diferentes diámet ros DEBE DECIR: Nº BIENES A ADQUIRIR 01 Tubería PVC de diferentes diámetros 02 Tapón PVC de diferentes diámetros 03 Anillos de jebe de diferentes diámetros 04 Codos de hierro dúctil de diferentes diámetros 05 Cruz de hierro dúctil de diferentes diámetros 06 Reducción de hierro dúctil de diferentes diámetros 07 Tee de hierro dúctil de diferentes diámetros 08Válvula compuerta de hierro dúctil de diferentes diáme tros 09 Madera 10 Herramientas de construcción 11 Implementos de seguridad 12 Agregados 13 Equipos de precisión (estación total) 14 Equipo de perforación manual 15 Combustible (Gasolina, petróleo y lubricantes) 16 Alquiler de maquinaria pesada 17 Equipos y útiles de o fi cina 50590-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POCOLLAY Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumo leche fresca para el Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2007-MDP Pocollay, 16 de marzo del 2007VISTOS Y CONSIDERANDO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 16 de marzo del 2007,se aprobó por UNANIMIDAD el Dictamen Nº 005-2007-CEPAP-MDP.