Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2007 (11/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de agosto de 2007

de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la X Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua y la XI Reunion Bilateral de Inteligencia MORDAZA entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo la realizacion de intercambios profesionales y academicos, entre ellos uno relacionado a la Pasantia en el Grupo Aeronaval Nº 01; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Colombia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 15 al 30 de agosto de 2007, para realizar una pasantia en el Grupo Aeronaval Nº 01 de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 95453-3

2007-OINFE, ii) Informe Nº 085-MLC-2007-OINFE, e iii) Informe Nº 008-2007-ME-SG/OGP-AL, cuyas copias se anexan a la presente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de VISTOS i) la Presidencia de la Comision Reorganizadora de la OINFE comunica que a fin de dotar del servicio de energia electrica a la Institucion Educativa "Pedro Labarthe" (ubicada en la MORDAZA de Chiclayo, Lambayeque) resulta necesaria la contratacion de la "Conexion Electrica en Media Tension 10 KV" en la referida Institucion, contando para tal efecto con la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, de conformidad con lo senalado por el documento de VISTOS ii) y a fin de dotar del servicio de energia electrica a la Institucion Educativa "Pedro Labarthe" se solicito a la empresa concesionaria de Energia Electrica "ELECTRONORTE S.A." (ENSA) la MORDAZA del presupuesto correspondiente. Por Carta R-1471-2007, de fecha 7 de junio de 2007, la referida empresa remite el presupuesto actualizado del Sistema de utilizacion en media tension 10KV para la Institucion Educativa en mencion ascendente a US$ 40,907.37 (Cuarenta mil novecientos siete con 37/100 dolares americanos), mas IGV. Presupuesto que incluye la elaboracion del expediente tecnico, suministro de montaje electromecanico, transporte, pruebas y puesta en servicio del sistema electrico para la Institucion Educativa; Que, por Resolucion Suprema Nº 003-95-EM, de fecha 6 de enero de 19951, la empresa ELECTRONORTE S.A. (ENASA), obtuvo la concesion definitiva para desarrollar las actividades de distribucion de energia electrica con caracter de servicio publico en diversas ciudades que conforman su MORDAZA de concesion entre las que se encuentra Lambayeque; Que, el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, (en adelante el TUO de la Ley) senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones cuando "los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico"; Que, por su parte, el articulo 140º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM (en adelante el Reglamento) dispone que "La contratacion directa de los servicios publicos de energia, telecomunicaciones, saneamiento y otros de naturaleza analoga, procedera siempre que contengan tarifas unicas establecidas por el organismo regulador competente y no MORDAZA susceptibles de pacto o acuerdo entre una Entidad y la empresa prestadora de los mismos. Para la contratacion de servicios publicos no sujetos a tarifas unicas y que se encuentren bajo las reglas de la oferta y la demanda, sera necesario realizar un MORDAZA de seleccion, salvo que hubiere un solo proveedor, en cuyo caso procedera aplicar la causal de exoneracion establecida en el inciso e) del Articulo 19º de la Ley"; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 20º del TUO de la Ley, y los articulos 146º y 147º del Reglamento, la exoneracion del MORDAZA de seleccion debera ser aprobada por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, previo informe tecnico legal, resolucion que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su aprobacion (con excepcion de los supuestos contenidos en b) y d) del articulo 19º de la Ley); Que, de conformidad con lo senalado por Hoja de Coordinacion Interna Nº 130-2007-ME-SG-OGP/PP se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva hasta por la suma de S/. 167,954.36 (Ciento sesenta y siete mil novecientos cincuenta y cuatro con 36/100 Nuevos Soles), con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 028; Que, en tal sentido, mediante los documentos de VISTOS i), ii) y iii) se remite el informe tecnico legal

EDUCACION
Exoneran al Ministerio de procesos de seleccion en la contratacion del servicio de conexion electrica para las instituciones educativas "Pedro Labarthe" (Chiclayo) y "San Pedro" (San Jose), departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0361-2007-ED MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007 VISTOS; El Memorandum Nº 323-2007-ME-SG/OGP, de fecha 10 de MORDAZA de 2007, mediante el cual el Jefe de la Oficina de Gestion de Proyectos eleva a consideracion el proyecto de Resolucion Ministerial destinado a aprobar la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de la "Conexion Electrica en Media Tension 10 KV para la Institucion Educativa "Pedro Labarthe", MORDAZA, por las razones expuestas en i) el Memorandum Nº 1327-

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Modificado por Resolucion Suprema Nº 063-99-EM

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