Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2007 (11/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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correspondiente dando cumplimiento al requerimiento legal referido en los considerandos precedentes, y en merito de los cuales se concluye que al ser la Empresa ELECTRONORTE S.A. (ENSA) el unico proveedor del servicio de energia electrica en la MORDAZA de ubicacion de la Institucion Educativa "Pedro Labarthe", y con el fin de permitir que la referida Institucion Educativa goce del servicio de energia electrica correspondiente, procede aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de conexion electrica en media tension 10 KV, de conformidad con lo establecido por el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. 083-2004-PCM, por el monto de S/. 167,954.36 (Ciento sesenta y siete mil novecientos cincuenta y cuatro con 36/100 Nuevos Soles); Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 20º del TUO de la Ley, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion de la conexion electrica en media tension 10 KV para la Institucion Educativa "Pedro Labarthe" (Chiclayo, Lambayeque); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 006-2006-ED, Nº 083-2004-PCM y Nº 0842004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva por causal de servicios que no admiten sustitutos y proveedor unico, y autoricese a contratar el servicio de conexion electrica en media tension 10 KV para la Institucion Educativa "Pedro Labarthe" (Chiclayo, Lambayeque), hasta por la suma de S/. 167,954.36 (Ciento sesenta y siete mil novecientos cincuenta y cuatro con 36/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Administracion de la Oficina de Gestion de Proyectos del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. Articulo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolucion se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion; Unidad Ejecutora 028. Articulo 4º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE. Articulo 5º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 95323-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0362-2007-ED MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007 VISTOS; El Memorandum Nº 323-2007-ME-SG/OGP, de fecha 10 de MORDAZA de 2007, mediante el cual el Jefe de la Oficina de Gestion de Proyectos eleva a consideracion el proyecto de Resolucion Ministerial destinado a aprobar la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de la "Conexion Electrica en Media Tension 10 KV para la Institucion Educativa "San Pedro", MORDAZA, por las

razones expuestas en i) el Memorandum Nº 1325-2007OINFE, ii) Informe Nº 087-MLC-2007-OINFE, e iii) Informe Nº 007-2007-ME-SG/OGP-AL, cuyas copias se anexan a la presente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de VISTOS i) la Presidencia de la Comision Reorganizadora de la OINFE comunica que a fin de dotar del servicio de energia electrica a la Institucion Educativa "San Pedro" (ubicada en el Distrito de San MORDAZA, Lambayeque) resulta necesaria la contratacion del servcio de "Conexion Electrica en Media Tension 10 KV" en la referida Institucion, contando para tal efecto con la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, de conformidad con lo senalado por el documento de VISTOS ii) y a fin de dotar del servicio de energia electrica a la Institucion Educativa "San Pedro" se solicito a la empresa concesionaria de Energia Electrica "ELECTRONORTE S.A." (ENSA) la MORDAZA del presupuesto correspondiente. Por Carta R-1471-2007, de fecha 7 de junio de 2007, la referida empresa remite el presupuesto actualizado del Sistema de utilizacion en media tension 10KV para la Institucion Educativa en mencion ascendente a US$30,871.91 (Treinta mil ochocientos setenta y uno con 91/100 dolares americanos), mas IGV. Presupuesto que incluye la elaboracion del expediente tecnico, suministro de montaje electromecanico, transporte, pruebas y puesta en servicio del sistema electrico para la Institucion Educativa; Que, por Resolucion Suprema Nº 003-95-EM, de fecha 6 de enero de 1995¹, la empresa ELECTRONORTE S.A. (ENASA), obtuvo la concesion definitiva para desarrollar las actividades de distribucion de energia electrica con caracter de servicio publico en diversas ciudades que conforman su MORDAZA de concesion entre las que se encuentra Lambayeque; Que, el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, (en adelante el TUO de la Ley) senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones cuando "los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico"; Que, por su parte, el articulo 140º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM (en adelante el Reglamento) dispone que "La contratacion directa de los servicios publicos de energia, telecomunicaciones, saneamiento y otros de naturaleza analoga, procedera siempre que contengan tarifas unicas establecidas por el organismo regulador competente y no MORDAZA susceptibles de pacto o acuerdo entre una Entidad y la empresa prestadora de los mismos. Para la contratacion de servicios publicos no sujetos a tarifas unicas y que se encuentren bajo las reglas de la oferta y la demanda, sera necesario realizar un MORDAZA de seleccion, salvo que hubiere un solo proveedor, en cuyo caso procedera aplicar la causal de exoneracion establecida en el inciso e) del Articulo 19º de la Ley"; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 20º del TUO de la Ley, y los articulos 146º y 147º del Reglamento, la exoneracion del MORDAZA de seleccion debera ser aprobada por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, previo informe tecnico legal, resolucion que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su aprobacion (con excepcion de los supuestos contenidos en b) y d) del articulo 19º de la Ley); Que, de conformidad con lo senalado por Hoja de Coordinacion Interna Nº 129-2007-ME-SG-OGP/PP se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva hasta por la suma de S/. 117,560.23 (Ciento diecisiete mil quinientos sesenta con 23/100 Nuevos Soles), con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 028; Que, en tal sentido, mediante los documentos de VISTOS i), ii) y iii) se remite el informe tecnico legal

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Modificado por Resolucion Suprema Nº 063-99-EM

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