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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de agosto de 2007 351295 CONSIDERANDO: Que, en virtud del numeral 13 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, el cual establece que la supervisión consolidada de los conglomerados fi nancieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista, se viene realizando una supervisión conglomerada al Banco de Crédito del Perú; Que, en tal sentido, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación Bancaria que viene realizando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Memorando de Cooperación y/o Entendimiento celebrado entre esta Superintendencia y la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras de Bolivia, se han realizado coordinaciones con la citada entidad a fi n de que representantes de esta entidad supervisora realicen una visita de inspección a la Subsidiaria del Banco de Crédito del Perú en Bolivia, la misma que se llevará a cabo del 13 al 24 de agosto de 2007 en la ciudad de La Paz, República de Bolivia; Que, el principal objetivo de la citada visita de inspección, estará centrado en la evaluación de riesgos de crédito, aspectos de control interno y el sistema de prevención de lavado de activos, entre otros; Que, la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras de Bolivia, ha otorgado su no objeción a la realización de la mencionada visita; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar a la señora María Lourdes Moreno Collazos, Jefe de Supervisión de Banca, y los señores Oscar Salhuana Dorival, Supervisor Principal de Banca y José Luis Sato Sato, Inspector de Banca del Departamento de Evaluación Bancaria “A” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas, para que en representación de esta Superintendencia integren el equipo de trabajo que llevará a cabo la citada Visita; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora María Lourdes Moreno Collazos, Jefe de Supervisión de Banca y el señor José Luis Sato Sato, Inspector de Banca del Departamento de Evaluación Bancaria “A” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas, del 12 al 25 de agosto de 2007 y del señor Oscar Salhuana Dorival, Supervisor Principal de Banca del Departamento de Evaluación Bancaria “A” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas, del 13 al 25 de agosto de 2007 a la ciudad de La Paz, República de Bolivia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, de acuerdo al siguiente detalle: María Lourdes Moreno Collazos Pasajes US$ 543,36 Viáticos 2300,00 Tarifa CORPAC 30,25Oscar Salhuana Dorival Pasajes US$ 543,36 Viáticos 2200,00 Tarifa CORPAC 30,25 José Luis Sato Sato Pasajes US$ 543,36 Viáticos 2300,00 Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 95445-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Declaran nulidad de Circular emitida en el marco del Concurso Público “Proceso de Promoción de la Inversión Privada en la Conectividad del Programa Implementación de Telecomunicación Rural - Internet Rural” ACUERDO CONSEJO DIRECTIVO PROINVERSIÓN Nº 189-02-2007 de fecha 31 de julio de 2007 VISTOS:El recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Yachay (en adelante, Yachay) de fecha 5 de julio de 2007 contra el Acuerdo 438-01-2007-Telecomunicaciones del Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado (en adelante el Comité), de fecha 2 de julio de 2007, por el cual se declaró “infundado el Recurso de Impugnación interpuesto por el Consorcio contra la decisión del Comité de fecha 14 de junio de 2007 que adjudicó la Buena Pro al Postor Calificado Telefónica del Perú S.A.A. y declaró descalificado al Consorcio Yachay y en consecuencia se ordena ejecutar la Carta Fianza otorgada en Garantía de Impugnación atendiendo a lo prescrito en el numeral 5.2. de las Bases”, dentro del Concurso Público “Proceso de Promoción de la Inversión Privada en la Conectividad del Programa Implementación de Telecomunicación Rural – Internet Rural”, (en adelante el Concurso), los adjuntos a dicho recurso; el Informe Legal preparado por el Dr. Alfredo Bullard de fecha 25 de julio de 2007; y el Informe Legal Nº 350–2007-OAJ-PVZ de fecha 27 de julio de 2007 de la Oficina de Asesoría Jurídica de PROINVERSIÓN; cuyas copias como Anexo forman parte de la presente acta; Y OÍDAS:Las presentaciones del representante de Yachay, señor Rolando Toledo, del Asesor Legal de Yachay, Dr. Sandro Fuentes, cuya copia como Anexo forman parte de la presente acta, así como la sustentación del Dr. Alfredo Bullard; CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de junio de 2007 el Comité llevó adelante el acto de lectura del resultado de la evaluación