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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (15/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de agosto de 2007 351608 hábiles siguientes a su adopción y disponer su publicación en el SEACE - CONSUCODE de conformidad con el Art. 147º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. WILFREDO RODRÍGUEZ RÁZURI Alcalde Provincial 95770-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES Autorizan viaje de Alcalde y Regidor para participar en evento a realizarse en Ecuador ACUERDO DE CONCEJO Nº 114-2007-MPT-SG Tumbes, 31 de julio del 2007 VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 23 de julio del dos mil siete, la carta de Invitación de la Asociación Binacional de Municipalidades del Sur del Ecuador y Norte del Perú – ABIM-SENOP, a la XXV Asamblea Binacional Cede Loja Ecuador, durante los días del 1, 2, 3 y 4 de agosto de 2007; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, se debe destacar que la Asociación Binacional de Municipalidades del Sur del Ecuador y Norte del Perú – ABIM-SENOP, se encuentra empeñada en dar el mayor de los impulsos a la vida Institucional del ente Binacional; la misma que desde su creación se fi jó la tarea de integrar a los pueblos hermanos del Perú y Ecuador en el Fortalecimiento de una Paz con Desarrollo, para lo cual se estará exponiendo el avance de la gestión en los proyectos de Educación y Salud, así como la integración a través de la PRIMERA PÁGINA WEB BINACIONAL de la ABIMSENOP; la misma que será una ventana de comunicación entre municipios de la Asociación y los organismos internacionales, quienes podrán conocer de primera mano las necesidades institucionales y sus capacidades en producción; para común acuerdo poder fortalecer los lasos de comercialización y desarrollo. Será muy satisfactorio compartir la apertura de los representantes del Plan Binacional y Fondo de la Paz, quienes con mucho agrado se encuentran aunando esfuerzos para con las municipalidades de línea de frontera, por lo que estarán presentes en nuestra asamblea para orientar la gestión de los gobernantes de las municipalidades de la ABIMSENOP; Que, entre los días 1, 2, 3 y 4 de agosto del 2007, en la ciudad de Loja – Ecuador, XXV Asamblea Binacional Cede Loja Ecuador, encuentro al que ha sido invitado la Municipalidad Provincial de Tumbes; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por Ley Nº 28807, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias modi fi cada por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º inciso 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo en uso de sus facultades, en forma reglamentaria; ACORDÓ: Artículo Primero.- Autorizar, al Dr. Pío César Cuenca Sulca, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Tumbes, al Regidor Oscar Antonio Herrera Soriano y al señor Edwin Marchan Sorroza, para que viajen a la ciudad de Loja – Ecuador y participen de la XXV Asamblea Binacional Cede Loja Ecuador, que tendrá lugar en Loja - Ecuador, durante los días del 1, 2, 3 y 4 de agosto de 2007, Organizado por la Asociación Binacional de Municipalidades del Sur del Ecuador y Norte del Perú – ABIM-SENOP. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo, serán cubiertos con cargo al Presupuesto Municipal 2007 conforme al siguiente detalle. • Pasajes ($ 100 x c/u) $ 300.00 • Viáticos ($ 200 x 4 días c/u) $ 800.00 Artículo Tercero.- El señor Alcalde deberá presentar un informe sobre las actividades realizadas dentro de 15 días calendario, posteriores a su Retorno. Artículo Cuarto.- El Presente Acuerdo no dará derecho a exoneración o liberación de Impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Hágase, de conocimiento de la Gerencia Municipal, Administración, Gerencia de Asesoría Legal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y la Ofi cina de Control Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PÍO CÉSAR CUENCA SULCA Alcalde 95769-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLMOS Aprueban proyectos prioritarios a ejecutarse bajo la modalidad de proceso de selección abreviada RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 453/2007/MDO/A Olmos, 13 de julio del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL OLMOS VISTO:El Acuerdo de Concejo Nº 014-2007 y del Decreto de Urgencia Nº 024-2006, que aprueba los Proyectos Prioritarios y los expedientes. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Acuerdo de Concejo Nº 014- 2007-MDO, que aprueba la elaboración de proyectos prioritarios de la Municipalidad Distrital de Olmos, aprobados por el Gobierno Central reconociéndolos prioritarios y de ejecución de acuerdo al Marco Legal. Que, el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 014- 2007, indica que los Gobiernos Locales podrán aplicar el procedimiento de selección abreviada establecido en Decreto de Urgencia Nº 24-2006, para efectos de la ejecución de los proyectos aprobados por Acuerdo Municipal Nº 014-2007-MDO, conforme lo regulado en el artículo 2º del Decreto.