Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2007 (15/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2007

economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su Administracion economica y Financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, mediante Memorando Nº 255-2007-GRSM/ GRDE, de fecha 14 de MORDAZA del 2007, el Gerente Regional de Desarrollo Economico hace llegar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, los Documentos de Gestion de la Direccion Regional de Energia y Minas, entre ellos el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de esta Direccion, emitiendo opinion favorable para su implementacion, dado a que estan en concordancia con la Normatividad y la necesidad para el cumplimiento de los indicadores de verificacion para la acreditacion de funciones en el MORDAZA del MORDAZA de Transferencia de Funciones para el ano Fiscal 2007; Que, mediante Oficio Nº 362-2007-GR-SM/ DREM, de fecha 30 de MORDAZA del 2007, la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA alcanza a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el levantamiento de observaciones de los Documentos de Gestion, entre ellos el Cuadro a Asignacion de Personal, conforme a las especificaciones indicadas y su cumplimiento normativo, solicitando su aprobacion; Que, mediante Nota Informativa Nº 025-2007GRSM/GRPP-AT/SGR, de fecha 7 de junio del 2007, la Sub Gerencia de Racionalizacion, luego de la revision y analisis de la documentacion respectiva, emite opinion favorable para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), reformulado, de esta Direccion Regional, al haber sido elaborado conforme a lo previsto por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), remitiendo al Gerente Regional de planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien tambien emite opinion favorable para su aprobacion; Que, conforme a lo previsto en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el Cuadro para Asignacion de Personal, contiene la correcta definicion de los cargos y plazas organicas que se preven como necesarias para el normal funcionamiento de la Entidad a partir de la Estructura Organica aprobada en su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, en aplicacion al Articulo 15º del Decreto Supremo en referencia, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), es aprobado mediante Ordenanza Regional y contando con la opinion favorable de la Sub Gerencia de Racionalizacion y del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que, con Informe Legal Nº 154-2007-GRSM/ORAL, de fecha 14 de junio del presente ano, la Oficina Regional de Asesoria Legal opina favorable la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Persona (CAP) de la Direccion Regional de Energia y Minas de San Martin; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el Articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 39º de la Ley N 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013,

los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 19 de junio del presente ano desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA, y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para la Asignacion de Personal (CAP) de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, el mismo que consta de cinco (05) folios rubricados al margen la cual forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Tercero.- COMUNIQUESE al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA, la promulgacion de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. WILIAN A. MORDAZA MORDAZA Consejero Regional 95746-4

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prohiben el funcionamiento de circos que tengan o exhiban animales
ORDENANZA Nº 321-MDMM MORDAZA MORDAZA, 8 de agosto de 2007 ORDENANZA QUE PROHIBE EL FUNCIONAMIENTO DE CIRCOS QUE TENGAN O EXHIBAN ANIMALES EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 16 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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