Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2007 (15/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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ACTIVIDAD GGG. ACTIVIDAD GGG : : : :

NORMAS LEGALES
1.127675 Atencion de Enfermedades Respiratorias Agudas En Ninos menores de cinco anos. 3 Bienes y Servicios 65,500 1.127676 Atencion de Neonato Menor de 29 dias. 3 Bienes y Servicios 32,780 0184 Servicios de Diagnostico y Tratamiento 31,164 1.000469 Servicios de Apoyo al Diagnostico y Tratamiento 3 Bienes y Servicios 31,164 ( En Nuevos Soles ) 860,000 860,000 S/. 860,000

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2007

SUBPROGRAMA : ACTIVIDAD GGG : .:

5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS

Articulo Segundo.- La Unidad Ejecutora 401: Salud Canas- Canchis- Espinar, elaborara la correspondiente "Nota para Modificacion Presupuestaria", que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo Tercero.- Transcribir, la presente Resolucion a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, Contraloria General de la Republica, Contaduria Publica de la Nacion, Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, Unidades Ejecutoras correspondientes, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y organos administrativos pertinentes del Gobierno Regional Cusco. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA SAYAN Presidente Regional 95602-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento para Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2007-GRSM/CR Moyobamba, 30 de MORDAZA del 2007 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Gobierno Regional de San Martin; y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley Organica desarrolla el Capitulo de la Constitucion Politica sobre Descentralizacion, que regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcertada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regulan la

descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulos 191º de Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el articulo 21º inciso p) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, es competencia de los Gobiernos Regionales ejecutar, formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo Anual Concertado con los Gobiernos Locales y la Sociedad Civil; Que, de acuerdo al Articulo 11º-A de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece la composicion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Regional, la cual esta integrado por el Presidente del Gobiernos Regional quien lo preside, pudiendo delegar tal funcion en el Vicepresidente Regional, los Alcaldes Provinciales, y por representantes de organizaciones de la Sociedad Civil; la proporcion de los alcaldes provinciales y representantes de la Sociedad Civil sera de 60% y 40% respectivamente. El Consejo Regional invitara a los alcaldes distritales y representantes de la Sociedad Civil, en las mismas proporciones de 60% y 40% establecidas para los miembros plenos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificado por el articulo 4º de la Ley Nº 27902, la funcion normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha presentado el Proyecto de Reglamento para Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA con la finalidad de establecer procedimientos para la conformacion, composicion y eleccion de los Miembros del Consejo de Coordinacion Regional; Que, el Consejo de Coordinacion Regional es un organo de coordinacion y concertacion entre la Sociedad Civil y el Gobierno Regional, cuya organizacion y estructura esta regulada por la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, las mismas que determinan que son entre otras funciones, las de coordinar y participar en la Programacion del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2005GRSM/CR, de fecha 30 de MORDAZA del 2005, se aprobo el Reglamento de Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional de San Martin; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en la "Casa de Estudios Pumahuasi", Provincia de Picota, llevado a cabo el dia 29 de MORDAZA del 2007, se aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, que en diez (10) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, la Ordenanza Regional Nº 008-2005-GRSM/CR, de fecha 30 de MORDAZA del 2005, donde se aprueba el Reglamento de Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Tercero.- AUTORIZAR, a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretaria del Consejo Regional,

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