Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2007 (15/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

351599

Que, de conformidad con el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 19 de junio del presente ano desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA, y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DECLARAR una de las prioridades del Desarrollo Social Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, la promocion de los Derechos al Nombre y a la Identidad. Articulo Segundo.- DECLARAR el mes de MORDAZA de todos los anos como "El Mes del Derecho al Nombre y a la Identidad en la Region San Martin" con el objeto de ejecutar acciones que impulsen al Nombre y a la Identidad de Ninas y Ninos, Adolescentes y Mujeres promoviendo el reconocimiento y el ejercicio de estos derechos fundamentales establecidos en la Constitucion Politica del Estado Peruano. Articulo Tercero.- CREAR la Comision Regional Multisectorial Consultiva de Monitoreo y Evaluacion del Derecho al Nombre y a la identidad, la misma que estara conformada por representantes del Estado, sociedad civil organizada y las Organizaciones Sociales de Base del ambito regional y local; quienes se encargaran de dar cumplimiento a los contenidos de la ordenanza e implementar, coordinar y hacer seguimiento a las acciones, estrategias, metas e indicadores implementadas por las dependencias y programas sociales del Gobierno Regional de San MORDAZA Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San MORDAZA que asuma la Secretaria Tecnica de la Comision Regional Multisectorial Consultiva de Monitoreo y Evaluacion del Derecho al Nombre y a la Identidad; proceda a la determinacion de los miembros que deberan integrar la mencionada comision; proponer anualmente las actividades a ser coordinadas, ejecutadas y evaluadas, asi como procesar y consolidar la informacion obtenida durante el "Mes del Derecho al Nombre y a la Identidad". Asi como dar cumplimiento a la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que a partir del ejercicio 2008, todas las dependencias y los Programas Sociales del Gobierno Regional de San MORDAZA obligatoriamente incorporen en la planificacion y ejecucion de sus planes operativos institucionales, acciones, medidas y estrategias que contribuyan a la formacion, orientacion y proteccion del Derecho al Nombre y a la Identidad de Mujeres, Ninas, Ninos y Adolescentes, personas con discapacidad, en especial aquellos que se encuentran en situacion de riesgo o de extrema pobreza. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Oficina de Estadistica e Informatica incorporen en sus sistemas de seguimiento y monitoreo y base de datos; la deteccion y levantamiento de informacion mediante datos desagregados por sexo, area geografica, etnia, discapacidad y edad, de las personas que carecen

de Partidas de Nacimiento y/o de Documento Nacional de Identidad. Articulo Septimo.- DISPONER durante el presente ejercicio, la ejecucion a nivel regional de la Cruzada Nacional por el derecho al nombre y a la identidad "Mi Nombre", destinada a la formacion, orientacion y proteccion del derecho al nombre y a la identidad, los Derechos Humanos de las Mujeres, Ninas, Ninos y Adolescentes, en especial aquellas que se encuentran en alto riesgo o en extrema pobreza. Articulo Octavo.- El Gobierno Regional de San MORDAZA debera informar trimestralmente al MIMDES, ente rector encargado de la igualdad de oportunidades para la mujer, los avances obtenidos mediante datos desagregados por sexo, area geografica, etnia, discapacidad y edad, conforme a los formatos de formulacion, seguimiento y evaluacion remitido por el MIMDES a traves del Viceministerio de la Mujer. Articulo Noveno.- DISPONER que los Gobiernos Locales en el MORDAZA de sus funciones y competencias, implementaran la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones. Articulo Decimo.- El Consejo Regional de Integracion de la Persona con Discapacidad ­ COREDIS, promovera el acceso al nombre y a la identidad de Ninas, Ninos, Adolescentes y Mujeres con discapacidad en situacion de pobreza y pobreza extrema, debiendo informar al Organo Registral competente sobre las acciones desarrolladas anualmente. Articulo Decimo Primero.- AUTORIZAR, a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria del Consejo Regional, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Decimo Segundo.- COMUNIQUESE al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA, la promulgacion de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. WILIAN A. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado 95746-3

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2007-GRSM/CR Moyobamba, 25 de junio de 2007 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica,

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