Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2007 (26/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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ANEXO III

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de agosto de 2007

CUADRO DE ESTIMACION DE INGRESOS Y TASA A COBRAR POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL (A) (B) ( C ) 1/ (D) = (B)*( C ) Nº de espacios fisicos disponibles 239 Nº de horas al dia que se presta el servicio 13 Nº de fracciones por cada 30 min. En una hora 2 Cantidad de espacios potenciales 6214 (G) = (D)*(E) Cantidad de espacios usados efectivamente 3107 3107 3107 3107 3728.4 4039.1 4349.8 (H) 4/ Cantidad de espacios usados efectivamente en una semana por cada 30 min. 24545.30

Dias Lunes Martes Miercoles Jueves Viernes Sabado MORDAZA

(D) 2/ (E) Cantidad de Porcentaje de uso de espacios potenciales los espacios por dia 50% 50% 50% 50% 6214 60% 65% 70% (F) 3/ Porcentaje de uso promedio en una semana 56.43%

El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, y estando al Dictamen Nº 0032007-CDEPM-MDS de fecha 14 de agosto de 2007 de la Comision de Desarrollo Empresarial y Policia Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 195º numerales 4) y 10) de la Constitucion Politica del Peru modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, los articulos 79º numeral 3.6.4. y 83º numeral 3.6 de la Ley Organica de Municipalidades, la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento y el Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, en uso de las atribuciones previstas en el numeral 3) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, con el MORDAZA mayoritario de sus miembros y dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ADECUA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO A LA LEY Nº 28976 Articulo 1º.- Objeto de la norma: La presente Ordenanza adecua el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento a la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, estableciendo los procedimientos y costos respectivos, acordes a la legislacion municipal vigente. Articulo 2º.- Requisitos para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento: Conforme a lo previsto en la Ley Nº 28976, los requisitos que se exigen para el otorgamiento de una licencia de funcionamiento se encuentran supeditados a las caracteristicas del giro a desarrollar y el metrado del establecimiento, segun el siguiente detalle 1. Establecimientos de hasta 100.00 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor al 30% del area total del local: Requisitos: 1. Formulario - Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de Declaracion Jurada. 2. Vigencia de poder en caso se trate de persona juridica o ente colectivo. Si es persona natural representada se requerira carta poder con firma legalizada. 3. Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad, sujeta a Inspeccion Tecnica Ex - Post, conforme al articulo 11º de la presente Ordenanza. 4. Pago por derecho de tramite conforme a lo previsto en el articulo 6º de la presente Ordenanza. 2. Establecimientos mayores de 100.00 m2 y hasta 500.00 m2: Requisitos: 1. Formulario - Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de Declaracion Jurada. 2. Vigencia de poder en caso se trate de persona juridica o ente colectivo. Si es persona natural representada se requerira carta poder con firma legalizada. 3. Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad, sujeta a Inspeccion Tecnica Ex - Ante, conforme al articulo 5º, numeral 5.2, MORDAZA parrafo de la presente Ordenanza. 4. Pago por derecho de tramite conforme a lo previsto en el articulo 6º de la presente Ordenanza. 3. Establecimientos que contemplen como giros exclusivos o complementarios los siguientes: pub, karaoke, licoreria, venta de licores, discoteca, bar, casinos, MORDAZA de juegos bajo cualquier modalidad, maquinas tragamonedas, ferreterias, talleres mecanicos, puestos o stands que superen los 100 m2., establecimientos de hospedaje, restaurantes, cafeterias, establecimientos de salud, bibliotecas, instituciones educativas de hasta dos niveles y con un MORDAZA de 200 alumnos por turno, cabinas de Internet con un MORDAZA de 20 computadoras, gimnasios que solo contemplen maquinas mecanicas, agencias

(H) Cantidad de espacios usados efectivamente en una semana por cada 30 min. 24545.30 (L) = (K) / (J) Costo por cada espacio en 30 min.

(I) (J) = (H)*(I) (K) 5/ Costo total por la Nº de semanas en el Cantidad de espacios periodo usados efectivamente prestacion del servicio en el periodo en el periodo por cada 30 min. 52 (M) 6/ Tasa a cobrar por cada 30 min. 1276355.60 661796.83

0.52 (N) Ingreso Proyectado en el periodo 638177.80

0.50 (K) 5/ Costo total por la prestacion del servicio en el periodo 661796.83

(J) (N) = (M)*(J) Cantidad de espacios Ingreso proyectado en el periodo usados efectivamente en el periodo por cada 30 min. 1276355.60 638177.8 (N) = (N) - (K) 7/ Ingresos - Costos (O) = (N) / (K) Porcentaje de cobertura

-23619.03

96.43%

1/ La cantidad de 2 fracciones es fija debido a que 1 hora existen 2 fracciones de 30 minutos 2/ La cantidad de espacios potenciales es la misma para todos los dias de la semana 3/ El promedio de porcentaje de uso de una semana no debe ser menor a 50% 4/ la cantidad (H) corresponde a la suma de espacios usados efectivamente en una semana 5/ El costo total de la prestacion del servicio resulta de la estructura de costos que cada municipalidad elabora. 6/ La tasa a cobrar (M) debe ser menor o igual al costo de espacio en 30 min. (L) 7/ El resultado de (N) debe ser menos o igual a cero.

100821-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Adecuan el otorgamiento de licencias de funcionamiento a la Ley Nº 28976
ORDENANZA Nº 187-MDS
Surquillo, 20 de agosto de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO;

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