Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2007 (26/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de agosto de 2007

de Concejo Nº 145 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA publicada el 12 de MORDAZA de 2002, que corresponden al procedimiento de la licencia de funcionamiento. Tratandose de establecimientos considerados micro empresas o pequenas empresas, este concepto sera rebajado en un 50%. b) S/.155.00 (Ciento cincuenta y cinco y 00/100 nuevos soles) previsto en la Ordenanza Nº 130-MDS modificada por la Ordenanza Nº 157-MDS que aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 308 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA publicada el 14 de setiembre de 2006, que corresponden al procedimiento de evaluacion de la compatibilidad de uso. c) El 1.2.% de la U.I.T. para el caso de Inspecciones Tecnicas Basicas Ex - Post y el 4.1% de la U.I.T. para el caso de Inspecciones Tecnicas Basicas Ex - Ante, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 0662007-PCM, y de ser el caso, el 0.8% de la UIT por concepto de levantamiento de observaciones tratandose de Inspecciones Tecnicas Basicas Ex - Post, y el 2.2% de la UIT en el caso del levantamiento de observaciones derivadas de las Inspecciones Tecnicas Basicas Ex Ante. Articulo 7º.- Conclusion del Procedimiento.- El procedimiento administrativo concluye con la notificacion de la Resolucion de Alcaldia que aprueba el otorgamiento de la licencia de funcionamiento o la deniega. Contra dicha Resolucion, cabe la MORDAZA del recurso de reconsideracion conforme a lo previsto en la Ley Nº 27444, agotandose, con su resolucion, la via administrativa. Articulo 8º.- Cambio de denominacion o razon social.- Tratandose de establecimientos cuyos titulares han sido objeto de algun cambio respecto a la denominacion o razon social o se MORDAZA producido el traspaso o cesion del negocio sin afectacion de sus caracteristicas, deberan presentar lo siguiente: 1. Formulario - Solicitud, con caracter de Declaracion Jurada. 2. Documento que acredita el cambio de la denominacion o razon social o el traspaso del negocio. 3. Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad, sujeta a Inspeccion Tecnica Ex - Post, conforme al articulo 11º de la presente Ordenanza. 4. Pago por derecho de tramite conforme a lo previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, adicionandose los derechos previstos en el numeral 3) del articulo 5º de la presente Ordenanza. Articulo 9º.- Cese de Actividades.- El cese de actividades de un establecimiento efectuado por el titular del mismo se regira conforme a lo previsto en el articulo 12º de la Ley Nº 28976, teniendo la condicion de peticion de MORDAZA, sujeta a aprobacion automatica, agotandose en la mera comunicacion y no estando supeditada a una decision formal, salvo que la Administracion considere denegada dicha comunicacion por Resolucion de la Gerencia de Desarrollo Empresarial, debidamente motivada. El cese de actividades de un establecimiento efectuado por un tercero tendra tambien la condicion de peticion de MORDAZA, agotandose en la mera comunicacion y no estando supeditada a una decision formal, siempre y cuando la Administracion considere que el tercero esta actuando con legitimo interes y no esta afectando otros derechos. Articulo 10º.- Sujetos no obligados.- Los sujetos no obligados a solicitar el otorgamiento de licencia de funcionamiento contemplados en el articulo 18º de la Ley Nº 28976 estan obligados a presentar, previamente al inicio de sus actividades, una declaracion jurada, sin costo alguno, del cumplimiento de la zonificacion vigente y de la compatibilidad de uso del predio con la actividad a desarrollar, asi como la Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad, sujeta a Inspeccion Tecnica Ex - post. Precisese que las Instituciones o dependencias del Gobierno Central no se encuentran obligadas a solicitar el otorgamiento de licencia de funcionamiento cuando se trate de los establecimientos destinados al desarrollo de las actividades propias de su funcion publica, vinculadas a servicios publicos administrativos.

Articulo 11º.- Inspeccion Tecnica Basica Ex Post.- La realizacion de la inspeccion tecnica basica ex - post se efectua una vez otorgada la licencia de funcionamiento para los establecimientos descritos en el articulo 2º numeral 1) de la presente Ordenanza, estando sujeta a la programacion que la Subgerencia de Defensa Civil determine, atendiendo a la disponibilidad logistica y economica, priorizando los establecimientos que representen un mayor riesgo de seguridad. En todo caso, las inspecciones deberan efectuarse dentro de los seis meses de vigencia de la licencia otorgada. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- La Gerencia de Desarrollo Empresarial, la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y la Subgerencia de Defensa Civil, en lo que les corresponda, seran las responsables de vigilar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza, bajo responsabilidad. Segunda.- La Subgerencia de Defensa Civil debera orientar el llenado de la Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad por el administrado para su tramitacion correspondiente. Tercera.- En un plazo no mayor de 60 dias calendario, la Gerencia de Desarrollo Empresarial, la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y la Subgerencia de Defensa Civil, conjuntamente con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto se encargaran de la formulacion de un proyecto de Ordenanza que regule el MORDAZA MORDAZA regulatorio para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el Distrito de Surquillo, contemplando, ademas de los aspectos previstos en la presente Ordenanza, aquellos aspectos vinculados a la determinacion de giros afines o complementarios, la reduccion y simplificacion de los procedimientos administrativos horarios de funcionamiento, acciones fiscalizadoras y sancionadoras y el otorgamiento, a traves de paquetes promocionales, de licencias de funcionamiento conjuntamente con licencias de anuncios y publicidad exterior o licencias para el uso del retiro municipal, cuando corresponda, determinandose las nuevas estructuras de costos resultantes en cada caso, para su aprobacion respectiva por el Concejo Municipal y su posterior ratificacion por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Los expedientes en tramite seguiran su curso con las disposiciones legales anteriores a la presente Ley, en cuanto MORDAZA aplicables. Quinta.- Por Resolucion de la Gerencia de Desarrollo Empresarial, se aprobaran todos los formatos y solicitudes vinculados a la presente Ordenanza. Sexta.-. Las licencias de funcionamiento con vigencia temporal que MORDAZA requeridas expresamente por el interesado, deberan considerar dicha circunstancia en la Solicitud Declaracion Jurada y seguiran los procedimientos previstos en la presente Ordenanza. Setima.- Hasta la fecha en que se apruebe la nueva Ordenanza senalada en la Tercera Disposicion de esta MORDAZA y se ratifiquen sus derechos administrativos por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dejense en suspenso las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 00997-MDS, la Ordenanza Nº 130-MDS modificada por la Ordenanza Nº 157-MDS que aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, la Ordenanza Nº 112MDS modificada por la Ordenanza Nº 164-MDS que regula el otorgamiento de Certificados de Inspeccion Tecnica Basica en Defensa Civil en el Distrito y todas aquellas normas municipales que se opongan a lo dispuesto en la Ley Nº 28976, el Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM y lo previsto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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