TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de diciembre de 2007 359004 La carpintería de puertas y ventanas muestra elementos faltantes, habiendo algunos vanos carentes de carpintería. El colapso del techo de la habitación 217, ha provocado que los muros perimetrales del ambiente expuesto a la intemperie se deterioren por las lloviznas. Con respecto al mirador ubicado en la azotea, de los dos cuerpos y remate (cúpula bulbiforme) que lo conformaban sólo se conserva el primer cuerpo, el cual presenta sus muros con algunas rajaduras, pérdida de revestimientos de los paramentos exteriores y algunas pilastras jónicas de madera adosadas sobre ellos con ornamentación. La edifi cación con fachada a la calle Real Felipe, se encuentran en regular estado de conservación, presenta leves pérdidas de revoque en el muro de fachada, los pisos han sido retirados, así como la carpintería de madera de las puertas y ventanas del primer piso, los muros no presentan rajaduras ni manchas de humedad. Señala que el mal estado de conservación del inmueble no justifi ca el retiro de la condición de monumento, pues se trata de una edifi cación representativa de la arquitectura civil doméstica de mediados del siglo XIX, cuya organización espacial aún se conserva, siendo factible su recuperación y adecuación a nuevo uso; Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo N° 03 de fecha 14 de setiembre de 2007, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. La documentación presentada: informe de inspección ocular del Ingº Fredy Vizcarra Zenteno, registro fotográfi co, Ofi cio Nº 662-2006-INC/DREPH-DPHCR, Ofi cio Nº 185-2006-INC/RC, Informe Nº 044-2006-INC-RC-EMB. 2. El Informe Nº 045-2007-INC/DPHCR/SDIH/DMVE de la Sub Dirección de Investigación Histórica, registro fotográfi co. 3. El Informe Nº 069-2007-INC/DPHCR-SDR-DAB de la Sub Dirección de Registro y la propuesta de determinación de sectores de intervención. CONSIDERANDO: 1. Que, la edifi cación declarada como monumento pertenece a la arquitectura civil doméstica, correspondiente a una casa de mediados del siglo XIX, con zaguán de ingreso y patio alrededor del cual se desarrollan los ambientes del primer y segundo nivel. 2. Que, algunos ambientes del primer nivel de la crujía derecha del inmueble con fachada al Jr. Daniel Nieto presentan humedad en los muros, se han retirado dos escaleras que conducían al segundo nivel y existen algunos ambientes construidos en el patio que distorsionan la lectura de este espacio, en el segundo nivel la escalera que conducía al mirador de la azotea ha sido desmontada, los muros de las habitaciones presentan leves pérdidas de revoques y la carpintería de puertas y ventanas muestra elementos faltantes, con respecto al mirador ubicado en la azotea sólo se conserva el primer cuerpo. 3. Que, el inmueble con fachada al Jr. Daniel Nieto en el segundo nivel destaca un balcón de cajón abierto que presenta balaustrada de fi erro fundido con pasamano de madera, columnas jónicas de fi erro y entablamento de madera, destacando en ésta la gran cornisa adornada con dentículos y molduras. 4. Que, la edifi cación frente a la calle Real Felipe posee valor arquitectónico y urbanístico en su conformación volumétrica y de fachada. 5. Que, por su emplazamiento ubicado en el centro nuclear-comercial y fi nanciero el inmueble presenta la arquitectura de mediados del siglo XIX del Centro Histórico del Callao. 6. Que, la organización espacial del monumento se conserva, siendo factible la recuperación y adecuación a nuevo uso, por lo que los daños que presenta el inmueble no justifi ca el retiro de la condición de monumento del inmueble. ACORDÓ: Proponer se declare improcedente la solicitud de retiro de la condición de monumento del inmueble ubicado Jr. Daniel Nieto Nºs. 137-139-143-151-153-155 y calle Real Felipe Nº 110, distrito y Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; Con las visaciones del Director de Gestión, del Director de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y del Director de la Ofi cina Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo N° 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; RESUELVE:Artículo Único.- Declarar Improcedente el retiro de la condición de Monumento del inmueble ubicado en Jr. Daniel Nieto Nºs. 137-139-143-151-153-155 y calle Real Felipe Nº 110, distrito y Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 139092-3 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Logística del INS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 518-2007-J-OPD/INS Lima, 29 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, en el artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 512-2007-J-OPD/INS, se encargó al señor Luís Alfonso Monzón Prieto, las funciones de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Logística, en adición a las propias de Director General de la Ofi cina General de Administración; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar por concluido el encargo referido en el considerando precedente y proceder a designar al profesional propuesto; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los artículos 77º y 82º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura de las funciones de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración, Nivel F-3 del Instituto Nacional de Salud encomendadas al señor Luís Alfonso Monzón Prieto. Artículo 2º.- Designar al señor Víctor Raúl Córdova Calle en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Logística, Nivel F-3, del Instituto Nacional de Salud. Artículo 3º.- Dejar subsistentes los demás aspectos de la Resolución Jefatural Nº 512-2007-J-OPD/INS. Artículo 4º.- Distribuir la presente Resolución al interesado, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal, Ofi cina Ejecutiva de Logística, Ofi cina General de Administración y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA JANNET GARCÍA FUNEGRA Jefa 138885-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Crean la Oficina Regional de la Persona con Discapacidad - OREDIS de Lima ORDENANZA REGIONAL N° 10-2007-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA: