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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (03/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de diciembre de 2007 359007 comparado con el 24% de los niños niña de hogares pobres no extremos y con el 13% de los niños y niñas que no son pobres. Con los avances en crecimiento económico experimentados en la primera mitad de la década pasada, los indicadores de pobreza consiguieron reducirse. Sin embargo, en el último quinquenio presentaron un fuerte incremento. Según el indicador de la línea de pobreza, la población por debajo de la línea de pobreza, en porcentaje, se ha incrementado de 43% en 1997 a 55% en el año 2001, luego de haber disminuido entre 1994 y 1997. Esta situación se agudiza en el ámbito rural, en donde la pobreza total se elevó de 66% a 78% en los últimos cinco años. El nivel nutricional de una población es indicado en forma cercana por la prevalencia de desnutrición crónica en niños. La desnutrición crónica deteriora el desarrollo cognoscitivo de los niños, reduce la productividad económica de los adultos e incrementa las posibilidades que desarrollen males crónicos, elevando los costos de la salud pública. Uno de los principales indicadores de desnutrición crónica en niñas y niños es la medición de la talla o estatura. Al respecto, los resultados del Censo Nacional de Talla para Escolares 1993 y 1999 indican que se produjo una mejora en los niveles de desnutrición crónica infantil de 40% a 30% Sin embargo, pese al importante descenso en los niveles observados de desnutrición crónica, este descenso no se representa de modo homogéneo en el país. Situación de la que escapa la Región Lima. La desnutrición limita el potencial intelectual de la región y atenta contra el derecho fundamental a la salud y a la vida. La desnutrición es el resultado de múltiples factores: enfermedades infecciosas frecuentes, prácticas inadecuadas de alimentación e higiene, ambiente insalubre, consumo insufi ciente de alimentos nutritivos, entre otras. Todas ellas asociadas generalmente a la pobreza de la familia, su bajo nivel educativo, a la escasa inversión social, a la falta de priorización en los grupos más vulnerables y, al uso inefi ciente de los recursos del Estado. La desnutrición crónica no es sólo un problema de salud, es un indicador de desarrollo de la región y del país. Los primeros años de vida, determinada el desarrollo futuro del niño. Desde la gestación y en los tres primeros años de vida, la desnutrición crónica y la anemia afectan de manera irreversible la capacidad física, intelectual, emocional y social de los niños, y generan un mayor riesgo de enfermar por infecciones (diarreicas y respiratorias) y de muerte. Este deterioro reduce su capacidad de aprendizaje en la etapa escolar y limita sus posibilidades de acceder a otros niveles de educación. En el largo plazo, se convierte en un adulto con limitadas capacidades físicas e intelectuales para insertarse en la vida laboral. Un niño desnutrido hoy, tiene altas probabilidades de ser un adulto pobre mañana. Este panorama lo podemos convertir contra la desnutrición: Consumo de Anchoveta hasta septiembre de este año el Perú había capturado 3 millones 855 mil 670 toneladas de anchoveta de lo que solo el 1.5 % destina al consumo humano, bajo las características de conserva y ciertos productos derivados. El bajo porcentaje en el consumo humano revela a las claras que el Perú no existe una cultura de consumo de anchoveta por estar asociado a su utilización solo para fi nes Industriales y muy poco aparente para el consumo humano. A pesar de este rechazo en la actualidad poco conoce que la industria alimentaria destinada al consumo humano ha logrado elaborar productos en base de anchoveta que va desde conservas, aceite, embutidos y hasta galletas que son distribuidos en súper mercados y ofrecidos en algunos restaurantes importantes de la capital. Frente a altos índices de desnutrición crónica que en el Perú llega al 25 % de su población se ha empezado ha desarrollar un programa alimenticio que fomenta el consumo de anchoveta con nuevas y mejores posibilidades económicas de inversión en el sector pesquero por ser abundante y económico y con benefi cios en la alimentación de los sectores populares. Si bien es cierto que la anchoveta procesada y convertida en harina de pescado representa el 90% de su producción anual la anchoveta fresca comienza haberse como producto ideal para la alimentación diaria. Considerando que en la mayor potencia del crecimiento en la industria pesquera está en los productos destinados al consumo humano directa ya se celebra la semana de la anchoveta, destinada a estimular el desarrollo de una mayor capacidad de captura, procesamiento y distribución de anchoveta. La anchoveta es una excelente fuente de proteína animal de alta calidad. Su alto contenido de licina y otros aminoácidos esenciales la hacen especialmente adecuada para el complemento de dietas ricas en carbohidratos. En recurso muy rico en micro nutrientes que no son usualmente encontrados en alimentos básicos. Además de un importante contenidos de animales, como potasio, hierro, fósforo y calcio, la anchoveta concentra una notable presencia de vitamina A y D en su componente graso, constituyendo una valiosa fuente de ácidos grasos muy necesarios para un adecuado desarrollo del cerebro y el cuerpo, mas conocidos como Omega 3 (DHA y EPA) o llamados también grasas esenciales, son literalmente imprescindibles para la salud, por que forman una parte de la estructura de toda la célula del cuerpo que son vitales para el funcionamiento del cerebro y de los vasos sanguíneos, necesarios para el transporte del colesterol. Estos ayudan a controlar dos aspectos vitales que protegerán enfermedades en la vejez. Una de ellas es controlar los coágulos sanguíneos y la otra es reducir el “mal” colesterol y la grasa encontrada en la sangre así como incrementar la parte “buena” del colesterol. Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley del Sistema Nacional y Descentralizado de Salud-, Ley Nº de Bases de la Descentralización -, Ley Nº 27867 –Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.-, modifi cada por Ley Nº 27902, Decreto Supremo Nº 002-2007-PRODUCE, Decreto Supremo Nº 008-2007-PRODUCE, Decreto Supremo Nº 08-2007-PRODUCE Plan Integral (PIN) es imperativo PROMOVER EL CONSUMO DE LA ANCHOVETA PARA COMBATIR LA DESNUTRICION EN LA REGION LIMA, propiciando alianzas estratégicas y coordinación Interinstitucional a fi n de promover políticas de seguridad alimentarias de la Región Lima; y luego de presentado, sustentando y deliberado el Dictamen Nº 02-2007-GRL-CR-CO-CVPSDS y con el voto unánime los señores y señoras integrantes del Consejo Regional de la Región de Lima; RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la línea base para formular las políticas regionales sobre seguridad alimentaria. Artículo Segundo.- DELINEAR Y DESARROLLAR políticas regionales para promover el consumo de la anchoveta y combatir la desnutrición en la Región Lima. Artículo Tercero.- IMPULSAR alianzas estratégicas priorizando a los gremios de pescadores artesanales para adquisición de la anchoveta, generando fuentes de trabajo y mejorando su calidad de vida. Artículo Cuarto.- DECLARAR las provincias de Huaura, Barranca, Huaral y Cañete, provincias banderas en impulsar el consumo de la anchoveta. Artículo Quinto.- INSTITUCIONALIZAR el festival de la anchoveta el 28 de junio de cada año. Artículo Sexto.- PROMOCIONAR el consumo del chilcanito con el lema: “PARA NO QUEDARME CHIQUITO, CONSUMO CHILCANITO”. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, disponiéndose su publicación asimismo en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil siete. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos mil siete. NELSON O. CHUI MEJIA Presidente Regional 138882-3