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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (03/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de diciembre de 2007 359005 POR CUANTO: La Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Teresa Junco Barrera, propone la creación y funcionamiento de la Ofi cina Regional de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional de Lima; El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria de fecha 1 de octubre del 2007, con el Dictamen Nº 01-2007-GRL-CR-CO-CISPSDS, de la Comisión Ordinaria de Construcción, Vivienda, Población, Saneamiento y Desarrollo Social, sobre la creación y funcionamiento de la Ofi cina Regional de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional de Lima, con el voto unánime de sus integrantes, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:El tema de la discapacidad es un problema de dimensión nacional, porque se estima que tres millones y medio de personas sobrellevan alguna discapacidad física, sensorial y/o mental; de acuerdo a estudios efectuados por el Instituto Especializado de Rehabilitación. El 80% de las discapacidades, son producto de los accidentes en diferentes etapas de la vida, de las diversas formas de violencia social, también de la desnutrición crónica y de las limitaciones económicas en la familia; situaciones que se pueden y deben evitar. Más del 60% de la población con discapacidad, vive en condiciones de pobreza y extrema pobreza; con las negativas consecuencias señaladas anteriormente. Pese a la difícil situación que afronta la población con discapacidad, no podemos dejar de reconocer los valiosos avances que ha logrado el Estado Peruano, en atención a tan importante sector social desde 1980 hasta la actualidad. En el Perú cuenta con más de 400 Centros de Educación Básica Especial, se dispone de Centros de Rehabilitación en 13 ciudades existen diversas ofi cinas y servicios en atención a la discapacidad que funcionan en parte de los diferentes estamentos del Estado. Sin embargo consideramos que lo que se ha logrado no es lo sufi ciente para atender a las demandas sociales de un elevado porcentaje de personas con discapacidad. Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, las Leyes Nº 27050 -Ley General de la Persona con Discapacidad-, reglamentada por D.S. Nº 003-2000-PROMUDEH, Ley Nº 27813 -Ley del Sistema Nacional y Descentralización de Salud-, Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralización-, Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-, modifi cada por Ley Nº 27902, es imperativo creación de Atención de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional de Lima, que tenga como función la de establecer los mecanismos necesarios que tiendan a generar acciones que incorporen el enfoque d discapacidad en el desarrollo y la ejecución de políticas para la Región; Que presentando el Informe Nº 242–2007-GRL-GRPPAT, de la Gerencia Regional, de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que recomienda la implementación de un ambiente especial (Ofi cina Regional de Atención a las personas con Discapacidad. Modifi car el ROF y MOF, incorporado la atención de la población con discapacidad, como una de las funciones principales funciones de la Gerencia de Desarrollo Social, y disponer al personal asignado en las Ofi cinas Zonales asuman el Rol de Ofi cinas Provinciales de Atención a las personas con Discapacidad. El Gobierno Regional de Lima desarrolla políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultura de las personas con discapacidad; por lo que en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 27783 –Ley de Bases de la Descentralización-, Ley Nº 27867 –Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-, modifi cada por Ley Nº 27902; con el voto unánime de los señores integrantes del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima; ORDENANZA: Artículo Primero.- CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO de la Ofi cina Regional de la Persona con Discapacidad - OREDIS de Lima y su implementación progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestal del Gobierno Regional. Artículo Segundo.- DELINEAR Y DESARROLLAR políticas regionales sobre prevención de discapacidades, integración, promoción y participación de las Personas con Discapacidad y de sus organizaciones, apoyándoles en el ámbito laboral, cultural, social, educativo, deportivo entre otros.Artículo Tercero.- INCORPORAR en la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Lima la Ofi cina Regional de Atención a la Persona con Discapacidad, así mismo declárese dentro de las prioridades del Desarrollo Social Regional la atención y prevención de las Personas con Discapacidad Diferentes, para lo cual se formulará el Plan Regional y la Instalación del Consejo Regional de personas con Capacidades Diferentes. Artículo Cuarto.- OTÓRGUESE un plazo de treinta días para la constitución e instalación de Ofi cina Regional de Atención a la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional de Lima. Artículo Quinto.- DISPONER al personal asignado a las Ofi cinas Zonales, asuman el rol de Ofi cinas provinciales de Atención a las Personas con discapacidad. Artículo Sexto.-MODIFICAR el Manual de Organización y Funciones y el Reglamento de Organización de Funciones, afi n de adecuarlos al funcionamiento de la Ofi cina Regional de la Persona con Discapacidad - OREDIS de Lima. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación el Diario Ofi cial El Peruano, disponiéndose su publicación asimismo en un diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los quince días del mes de octubre del dos mil siete. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos mil siete. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 138882-1 Modifican Reglamento para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008 y Cronograma de Actividades ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2007-CR/RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA: POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria de fecha 1 de octubre de 2007, estando el Informe Nº 226-2007-GRL/GRPPAT del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con la exoneración del trámite; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 191º señala que “los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones” ; asimismo que, “la estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador, el Presidente como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley”; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala en su Artículo 18º, numeral