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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de diciembre de 2007 360071 Organizaciones y Funciones del Ministerio de Defensa y la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Establecer para efectos regístrales que toda mención efectuada a los extinguidos Ministerios de Guerra, Marina y Aeronáutica deberán entenderse, respectivamente, como al Ministerio de Defensa- Ejército del Perú, Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú y Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú”. Artículo 2º.- Los Órganos de Línea del Ministerio de Defensa realizarán las acciones administrativas a que haya lugar para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º de la presente Resolución, conforme al artículo 3º del Reglamento de administración de la Propiedad Inmobiliaria del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 032-2001 DE/SG de 13 de junio de 2001, y demás normas aplicables. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 143655-2 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 023-2007 DE/EP Mediante Ofi cio Nº 778-2007-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 023-2007 DE/EP, publicado en nuestra edición del día 8 de diciembre de 2007. En el Artículo 3º.- Determinación de áreasDICE:El Servicio de Ingeniería del Ejército (...), referidas en el artículo 1º, 2º y 3º del presente decreto supremo. DEBE DECIR:El Servicio de Ingeniería del Ejército (...), referidas en el artículo 1º y 2º del presente decreto supremo En el Artículo 6º.- Acciones de independización DICE:El Servicio de Ingeniería del Ejército (...) artículo 4º del presente decreto supremo. DEBE DECIR:El Servicio de Ingeniería del Ejército (...) artículo 3º del presente decreto supremo 143958-1 ECONOMIA Y FINANZAS Convocan a entidades o Unidades Ejecutoras a fin de conciliar con la Dirección Nacional del Endeudamiento Público el monto total de desembolsos recibidos al 31 de diciembre de 2007 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 14-2007-EF/75.01 Lima, 13 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28563 de fecha 23 de junio de 2005, se aprobó la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, el Artículo 33º de la Ley Nº 28563, establece que las entidades o Unidades Ejecutoras, están obligadas, bajo responsabilidad, a conciliar con la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, al 31 de diciembre de cada año fi scal, el monto total de los desembolsos provenientes de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional cuya ejecución está a su cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 28563; SE RESUELVE:Artículo Único.- Convocar, según el cronograma que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral, a las entidades o Unidades Ejecutoras a fi n de conciliar con la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el monto total de los desembolsos que hayan recibido al 31 de diciembre del Año Fiscal 2007, bajo responsabilidad del titular de la entidad o Unidad Ejecutora correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 28563. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETTY SOTELO BAZÁN Directora GeneralDirección Nacional del Endeudamiento Público CRONOGRAMA DE CONCILIACIÓN DE DESEMBOLSOS AL 31-12-2007 DÍAS HORA SECTORES 17-01-2008 10:00 MINISTERIO DE DEFENSA 17-01-2008 11:30 CONGRESO DE LA REPÚBLICA17-01-2008 15:00 PODER JUDICIAL17-01-2008 16:30 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA18-01-2008 10:00 MINISTERIO DE EDUCACIÓN18-01-2008 11:30 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS18-01-2008 15:00 MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL18-01-2008 16:30 MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO21-01-2008 10:00 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS21-01-2008 11:30 MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO22-01-2008 10:00 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES23-01-2008 10:00 MINISTERIO DE AGRICULTURA23-01-2008 11.30 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 24-01-2008 10:00 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO 25-01-2008 10:00 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO25-01-2008 11:30 GOBIERNOS REGIONALES25-01-2008 15:00 GOBIERNOS LOCALES 143539-1 ENERGIA Y MINAS Modifican autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Calana de la que es titular Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 554-2007-MEM/DM Lima, 11 de diciembre de 2007 VISTO: El Expediente N° 33057395, organizado por la EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DEL SUR S.A. – EGESUR S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11000475 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Tacna, sobre solicitud de modifi cación de autorización para la generación de energía eléctrica;