TEXTO PAGINA: 17
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362155 SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBACIÓN DE LA DIRECTIVA Aprobar la Directiva Nº 009-2007-PCM/SD, “Normas específi cas para la Transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES incluidas en el Decreto Supremo N° 036-2007-PCM” Artículo Segundo.- PUBLICACIÓN Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización DIRECTIVA Nº 009-2007-PCM/SD “NORMAS ESPECÍFICAS PARA LA TRANSFERENCIA DE LAS SOCIEDADES DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y JUNTAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL DEL PROGRAMA INTEGRAL NACIONAL PARA EL BIENESTAR FAMILIAR – INABIF DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL – MIMDES INCLUIDAS EN EL DECRETO SUPREMO Nº 036-2007-PCM” 1. BASE LEGAL 1.1.Ley Nº 26918: Ley del Sistema Nacional para la Población en Riesgo – SPR, cuyo órgano rector es el Mi-nisterio de la Mujer y Desarrollo Social y del cual forman parte las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social. Esta norma permite la fusión de las citadas entidades. 1.2. Decreto Supremo Nº 008-98-PROMUDEH: Aprobó las normas reglamentarias de la Ley Nº 26918, es-tableciendo los procedimientos y acciones a seguir para el proceso de fusión de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social. 1.3.Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH: Mo- difi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, aprobó normas para la designación de miembros de los Directorios de las Sociedades de Benefi cencia y Juntas de Participación Social. 1.4.Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM: Aprueba elPlan Anual de Transferencia de Competencias Secto- riales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007 dispuso que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo social inicie la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia y Juntas de Participación Social y de los Hogares a cargo del INABIF, a los Gobiernos Locales Provinciales. 2. DEFINICIONES Para los efectos de la presente Directiva, cuando se haga mención a los términos que se señalan a continua- ción, se entenderán referidos a: 2.1. Gobiernos Locales Provinciales: Al nivel de Go- bierno que recibirá las competencias que corresponden al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social que transferirá de acuerdo a lo previsto en el “Plan Anual de Transferencia de Com-petencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Loca-les del Año 2007”. 2.2.Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación: De acuerdo a lo dispuesto por el Decre- to Legislativo Nº 356, son personas jurídicas de derecho público interno que, por encargo de la ley, realizan fun-ciones de bienestar y promoción social complementarias de los fi nes sociales y tutelares del Estado. Son Organis-mos Públicos Descentralizados adscritos al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, que tienen como fi nalidad la promoción, atención y apoyo a niños, adoles-centes, jóvenes, mujeres, ancianos y en general toda per-sona en situación de riesgo, abandono o con problemas síquicos, sociales o corporales que menoscaben su desa-rrollo humano. 2.3.Convenio de Cooperación: Al acuerdo que de- berá suscribir el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social con los Gobiernos Locales Provinciales, con el objeto de ejecutar acciones de capacitación y asistencia técnica que permitan el fortalecimiento institucional y otras acciones orientadas a facilitar el proceso de transferencia. 2.4.Convenio de Gestión: Acuerdo que deberá sus- cribir el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MI-MDES con los Gobiernos Locales Provinciales Verifi ca-dos, en el que se defi nirán objetivos y metas específi cas susceptibles de ser medidas a través de indicadores, con el objeto de garantizar una gestión efi caz y efi ciente de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Par-ticipación Social a transferirse. En tal sentido, el Convenio establece compromisos de ambas partes referido a: - Asistencia técnica y capacitación - Metas de los programas y servicios a alcanzar en cada ámbito; - Monitoreo, evaluación y reporte al MIMDES. 2.5. Funciones y competencias del MIMDES res- pecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social : El MIMDES, a través del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, mantendrá su rol rector, regulador o normativo, fi -nanciador y otras que establezca la normatividad vigente. 2.6. Informe Sustentatorio de la Transferencia: Informe preparado por el MIMDES conteniendo la infor-mación y documentación materia de la transferencia tales como: lineamientos de políticas, normas, recursos pre-supuestales y cualquier otra información vinculada a la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social. 2.7.Acta de Entrega y Recepción: Documento me- diante el cual el MIMDES formaliza la transferencia de las funciones y competencias que le corresponde respecto de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social a los Gobiernos Locales Provinciales, adjuntando el Informe Sustentatorio de la transferencia. 3. MECANISMOS DE VERIFICACIÓN Y PROCEDI- MIENTO QUE DEBERAN CUMPLIR LOS GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES PARA LA TRANSFEREN-CIA DE LAS SOCIEDADES DE BENEFICENCIA PÚBLI-CA Y JUNTAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL 3.1 Mecanismos de Verifi cación Los requisitos que deberán cumplir los Gobiernos Lo- cales Provinciales para la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social, son: Mecanismos de verifi cación Documentación que deben pre- sentar los Gobiernos Locales para evidenciar el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación 1º Convenio de Cooperación Suscripción del Convenio de Coop- eración entre el MIMDES y el Gobi-erno Local Provincial.Copia simple del Convenio de Coop-eración suscrito entre el MIMDES y el Gobierno Local Provincial. 2º Acuerdo de Concejo Acuerdo de Concejo Municipal en el que conste el compromiso de conservar el espíritu de su fi nali- dad originaria de aquellos bienes muebles o inmuebles que fueron adquiridos y/o entregados a la SBP mediante acto jurídico de legado, herencia o donación.Copia simple del Acuerdo de Concejo Municipal en el que conste el compro-miso de conservar el espíritu de su fi nalidad originaria de aquellos bienes muebles o inmuebles que fueron ad-quiridos y/o entregados a la SBP me-diante acto jurídico de legado, herencia o donación.