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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362158 el Uso Racional de Recursos Naturales, y Modernización Institucional, y que por lo tanto pueden traducirse en la implementación de programas conjuntos: Que, el Gobierno Peruano ha suscrito el Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos de Norteamérica, por lo que es necesario capacitar a los productores rurales en las experiencias comerciales que han tenido los países que cuentan con tratados de libre comercio y son competitivos en la actividad agraria; Que, en el marco de la Agenda Interna y el Desarrollo Agrario al 2010, el MINAG deberá formular una cartera de estudios de preinversión para implementar el Plan de Competitividad Agraria con un Programa de Inversiones, fundamentalmente en los ejes de Plataforma de Servicios Agrarios, Infraestructura y Tecnifi cación, Formación de Capacidades y Modernización Institucional, Apoyo Crediticio y Manejo Sostenible de los Recursos Naturales; Que, el MINAG tiene dentro de sus objetivos el de disminuir la pobreza y alcanzar la seguridad alimentaria del país, con este objeto ha constituido una Comisión Nacional Multisectorial para la celebración del “Año Internacional de la Papa 2008” encargada de elaborar un programa de eventos tanto a nivel nacional como de proyección internacional, por lo que es necesario articular con el IICA en forma conjunta esfuerzos que conlleven al éxito de cumplir con el fortalecimiento institucional; Que, es necesario aprobar la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura-MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura-IICA; con el objeto de Complementar las capacidades institucionales del MINAG y del IICA para viabilizar el programa de eventos tanto a nivel nacional como de proyección internacional para la celebración del “Año Internacional de la papa 2008”; De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Carta de Entendimiento suscrita por el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA referido a complementar las capacidades institucionales del MINAG y del IICA para viabilizar el programa de eventos tanto a nivel nacional como de proyección internacional para la celebración del “Año Internacional de la papa 2008”. Artículo 2º.- Autorizar al MINAG a efectuar las transferencias de recursos necesarios al IICA, para la implementación y administración de las actividades previstas en la mencionada Carta de Entendimiento. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 147486-12 Exoneran de proceso de selección la adquisición de bienes y servicios con el fin de acondicionar locales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 782-2007-AG Lima, 28 de diciembre de 2007VISTOS: El Informe Técnico Nº 020-2007-AG-OGA, el lnforme Legal Nº 611-2007-AG-OGAJ, el Oficio Nº 2305-2007/DOP/STEC y el Informe Nº 890-2007-AG-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo acaecido el 15 de agosto de 2007, la sede central del Ministerio de Agricultura fue declarada de alto riesgo por el Instituto Nacional de Defensa Civil, quien según Acta de Visita de Inspección de Defensa Civil Nº 5861 del 16 de agosto de 2007, recomendó restringir el acceso de personal a todo el edificio en salvaguarda de la vida humana, por haberse encontrado indicios de deterioro y debilitamiento en los elementos estructurales de algunas áreas del edificio; Que, con el fin mantener la operatividad interna del Ministerio de Agricultura, se procedió a la contratación directa de una serie de bienes y servicios, con cargo a ser regularizadas de conformidad con las normas antes citadas, considerando lo estrictamente necesario para la atención de la emergencia; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de conformidad con el artículo 22º de la referida Ley, se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitación del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el artículo 142º del Reglamento de la citada Ley, vigente al momento de ocurrida la situación de emergencia, señaló que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan; Que, asimismo, el precitado artículo 142º señala que toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de las prestaciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 533- 2007-AG, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de setiembre de 2007, se aprobó la exoneración del proceso de selección, por causal de emergencia, para la adquisición de los bienes y servicios indicados en los considerandos precedentes, la cual fue observada por la Dirección de Operaciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado –CONSUCODE, mediante Oficio Nº 2305-2007/DOP/STEC; Que, en tal sentido, corresponde emitir la Resolución Ministerial correspondiente, a fin de regularizar las adjudicaciones y contrataciones establecidas en el Informe Técnico Nº 020-2007-AG-OGA, antes citado,