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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de enero de 2007 337050 ejecutarse acciones inmediatas para la intervención municipal y regulación de dichas actividades, a fi n de restablecer el desarrollo urbano ordenado del distrito; y, En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por Unanimidad y con dispensa de trámite de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA TRAMITACIÓN Y RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE LICENCIA DE OBRA, CERTIFICADO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS, CERTIFICADO DE ACONDICIONAMIENTO Y COMPATIBILIDAD DE USO Y DE LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- Disponer la suspensión de la recepción de solicitudes de licencia de obra, certi fi cado de parámetros urbanísticos y edi fi catorios, certi fi cado de acondicionamiento y compatibilidad de uso y de licencia municipal de funcionamiento en todo el distrito de San Isidro. Artículo Segundo.- Disponer la suspensión de los trámites de licencia de obra, certi fi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios, certi fi cado de acondicionamiento y compatibilidad de uso y de licencia municipal de funcionamiento iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente norma. Artículo Tercero.- Establecer que la suspensión aprobada por la presente Ordenanza tendrá una duración de treinta (30) días hábiles contados a partir de su entrada en vigencia. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los 3 días del mes de enero de dos mil siete. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 12492-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 166-MSI, que estableció facilidades para el cumplimiento de obligaciones tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001- 2007-ALC/MSI San Isidro, 3 de enero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza N° 166-MSI publicada el 16 de setiembre de 2006, se establecen facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y/o formales, aplicable a los contribuyentes que tengan pendiente de pago sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas); Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 166-MSI, faculta al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Isidro para que mediante Decreto dicte las disposiciones necesarias para su cumplimiento y prorrogar su vigencia; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 024-2006-ALC/MSI del 15 de diciembre de 2006 se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 166-MSI hasta el 30 de diciembre de 2006; Que, es necesario prorrogar por un plazo adicional la vigencia de la Ordenanza Nº 166-MSI a fi n de brindar a los contribuyentes las mayores facilidades y plazos para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y formales de naturaleza tributaria; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 166-MSI publicada el 16 de setiembre de 2006;DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 166-MSI, hasta el 31 de enero de 2007, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustanciales y/o formales generadas a la fecha de publicación del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Sistemas y Gerencia de Finanzas. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 12874-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan amnistía tributaria y admi- nistrativa aprobada por Ordenanza Nº 178-MDS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2007-MDS Surquillo, 3 de enero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO: el Informe Nº 001-2007/GR/MDS del 3 de enero de 2007 de la Gerencia de Rentas, relativo a la prórroga de la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 178-MDS de fecha 30 de noviembre de 2006 se aprobó la Amnistía Tributaria y Administrativa para el distrito de Surquillo, aplicable a los contribuyentes deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas bajo los términos señalados en la precitada Ordenanza, estableciéndose como plazo de vigencia de la misma hasta el 20 de diciembre de 2006, con la derogación del artículo 1° de la Ordenanza Nº 161-MDS; Que, mediante Decretos de Alcaldía N° 018-2006-MDS y N° 019-2006-MDS se prorroga la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa aprobada por la Ordenanza Nº 178-MDS, hasta el 23 y 30 de diciembre de 2006, respectivamente; Que, en atención a lo solicitado por la Gerencia de Rentas mediante el Informe de Vistos, resulta conveniente seguir brindando facilidades a los contribuyentes y vecinos de Surquillo en el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, disponiéndose la prórroga de la Amnistía, en uso de la atribución conferida por la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 178-MDS; Por lo que, en uso de la atribución conferida por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRÓRROGA DE AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Artículo Único.- Objeto de la norma: PRORRÓ- GUESE hasta el 15 de enero de 2007 la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa aprobada por la Ordenanza Nº 178-MDS. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 11962-1