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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2007 (06/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de enero de 2007 337041 53) Resolver los pedidos de reconsideración de Acuerdos adoptados por el Concejo, que sean planteados por los propios Regidores con arreglo al artículo 51° de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 24°.- La Dirección de las Sesiones de Concejo Molifíquese el punto 1 del artículo 24° con el siguiente texto: 1. Las Sesiones de Concejo son dirigidas por el Alcalde, o quien haga sus veces, quien coordina aspectos del desarrollo y desenvolvimiento con los Regidores. Precísese en el literal e) del punto 2 del artículo 24° 2. El Alcalde, o quien haga sus veces, en la dirección de las Sesiones tiene las siguientes facultades y atribuciones: (…) e)fi rmar, con el Secretario General, las autógrafas de las Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones y, las Actas del Concejo Metropolitano. Agréguese al primer párrafo del punto 3 del artículo 24°, el siguiente texto (…) Sin embargo el Alcalde, únicamente para los efectos de la Dirección de las Sesiones de Concejo, en ausencia del Teniente Alcalde, puede disponer que otro Regidor se encargue de esa labor, con prescindencia del orden de elección. (…) Agréguese el punto 4 del artículo 24° el siguiente texto El Alcalde puede ausentarse de la Sesión en cualquier estado de la misma, sin requerir autorización previa y su reemplazo corresponderá efectuarlo con arreglo al numeral 3 precedente. Artículo 26°.- Clases de Comisiones: Modifíquese el literal a) del artículo 26° de las Comisiones Ordinarias a) Comisiones Ordinarias(…)1. Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura. 2. Comisión Metropolitana de Participación Vecinal, Servicios a la Ciudad y de la Mujer. 3. Comisión Metropolitana de Comercialización, Defensa del Consumidor y Transporte Urbano. 4. Comisión Metropolitana de Educación y Cultura.5. Comisión Metropolitana de Juventud y Deportes. 6. Comisión Metropolitana de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social. 7. Comisión Metropolitana de Asuntos Legales. 8. Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización. 9. Comisión Metropolitana de Turismo, Pequeña y Mediana Empresa. 10. Comisión Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. Para efectos de la modi fi cación le corresponde a: - La Comisión Metropolitana de Participación Vecinal, Servicios a la Ciudad y de la Mujer, tendrá las funciones con arreglo a los temas comprendidos en los incisos c), d), f), m), n), o), p), s), w), en lo que toque a servicios a la ciudad, del artículo 37º, artículos 41º y 47º, del actual Reglamento Interior del Concejo. - La Comisión Metropolitana de Comercialización, Defensa del Consumidor y Transporte Urbano, tendrá las funciones con arreglo a los temas comprendidos en los artículos 38º y 43º del actual Reglamento Interior del Concejo.- La Comisión Metropolitana de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social, tendrá las funciones con arreglo a los temas comprendidos en los incisos a), b), a2), e), g), h), i), j), k), l), q), r), t), u), v) y w) en lo que toca al medio ambiente del artículo 37º y 42º. - La Comisión Metropolitana de Turismo, Pequeña y Mediana Empresa, tendrá las funciones con arreglo a los temas comprendidos en los artículos 44º y 45º del actual Reglamento Interior del Concejo. - La Comisión Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, tendrá las funciones con arreglo a los temas comprendidos en los artículos 46º y 50º del Actual Reglamento Interior del Concejo. Artículo 27°.- Organización, Funciones de las Comisiones y del Presidente Modifíquese el primer párrafo del artículo 27° con el siguiente texto: El Alcalde en cada año calendario y dentro del plazo del inciso 2) del artículo 25° de este Reglamento, propone al Concejo el Cuadro de Comisiones Ordinarias y sus respectivos Presidentes y Vicepresidentes. Modifíquese el último párrafo del artículo 27° con el siguiente texto: Las Secretarías Técnicas, se encuentran a cargo de personal al servicio de la Municipalidad, quienes cuentan con el conocimiento y experiencia adecuada. Son evaluados y rati fi cados por los Presidentes de las Comisiones respectivamente al concluir el período presupuestal, quienes enviarán sus informes al órgano administrativo correspondiente. Los Secretarios Técnicos dependen administra- tivamente de la Secretaría General del Concejo. Artículo 37º.- Recti fi car el segundo de los incisos a) que aparecen en este artículo a continuación del inciso c), el que pasará a denominarse a 2), con el texto allí expresado que dice :”Regulación y Evaluación del uso sostenible de los recursos naturales y de conservación y mejoramiento del medio ambiente”. Artículo 53°.- Los Grupos de Regidores. De fi nición, Constitución y Registro Incorpórese al artículo 53° el siguiente párrafo(…)Para constituir un Grupo de Regidores, debe contar con no menos de tres Regidores, aún cuando pertenezca a diversas agrupaciones, en cuyo caso deberán presentar un convenio celebrado para un período no menor de un año, en donde se puntualice quién será vocero del grupo y durante que período. Artículo 59° Quórum, Mayorías, Votación Cali fi cada Incorpórese el numeral 8 al inciso e) del artículo 59°e) Se requiere votación cali fi cada para los siguientes casos: (…)8. La constitución y conformación de Comisiones Investigadoras Especiales, o de actividades de fi scalización en general requieren el voto favorable de dos tercios de los miembros hábiles del Concejo. Artículo 61°.- Estructura y Reglas de las Sesiones Ordinarias.- Precísese en segundo párrafo del literal b) del artículo 61° ElAlcalde o quien presida la Sesión pone a consideración del Pleno el Acta de la Sesión correspondiente (…)