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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de enero de 2007 337112 del 7 de mayo del 2006; Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio del 2002; Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, y su modi fi catoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de 30 de junio del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Con e fi cacia anticipada, ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios al CADETE IV Año GUEVARA NUÑEZ Héctor Felipe, a fi n de continuar sus estudios en la Academia Militar de los Estados Unidos de América (USMA) West Point, en el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2007. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero US$ 500.00 x 12 meses x 1 Cadete. Gastos de Traslado: (Equipaje, Bagaje y Gastos de Instalación) - Ida US$ 500.00 x 2 Compensaciones. Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización al que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el período total establecido. Artículo 4°.- El pago de conceptos antes mencionados se efectuarán con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2007. Artículo 5°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 13046-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2007-DE/EP Lima, 6 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 5º de la R.S. Nº 047-2006- DE/EP del 16 de enero de 2006, se resolvió ampliar la permanencia del CADETE II Año PEÑARANDA EVARISTO Gustavo Alfonso, para que continúe sus estudios en el Colegio Militar de la Nación de la República de Argentina, en el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006; Que, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios al CADETE IV Año PÉÑARANDA EVARISTO Gustavo Alfonso, a fi n de continuar sus estudios en el Colegio Militar de la Nación de la República de Argentina, en el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007; Que, el pago correspondiente al período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007, deberá ser considerado con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2007; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece que la autoridad administrativa, podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga e fi cacia anticipada a su emisión; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modi fi catoria con el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del 2004, y su modi fi catoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de 30 de junio del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Con e fi cacia anticipada, ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios al CADETE IV Año PEÑARANDA EVARISTO Gustavo Alfonso, para continuar sus estudios en el Colegio Militar de la Nación de la República de Argentina, en el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente: Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero US$ 500.00 x 12 meses x 1 Cadete Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización al que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el período total establecido. Artículo 4°.- El pago del concepto antes mencionado se efectuará con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2007. Artículo 5°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 13046-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2007-DE/EP Lima, 6 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 047-2006- DE/EP del 16 de enero de 2006, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios al CADETE II Año GONZALES GONZALES Joao Alfredo, para realizar Estudios en el Colegio Militar de la Nación de la República de Argentina, en el período comprendido del 1 de febrero al 31 de diciembre del 2006; Que, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios al CADETE III Año GONZALES GONZALES Joao Alfredo, a fi n de continuar sus estudios en el Colegio Militar de la Nación de la República de Argentina, en el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007; Que, el pago correspondiente al período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007, deberá ser considerado con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2007;