Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2007 (07/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

337119

de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al ano 2007 y en el MORDAZA del cual se autoriza las actividades extractivas del mencionado recurso, en la MORDAZA comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 6º 00`00" Latitud Sur, disponiendo la necesidad de que la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia - Viceministerio de Pesqueria - Ministerio de la Produccion o la Direccion Regional con competencia pesquera de su jurisdiccion, suscriban el presente Convenio de Garantia de Fiel y Cabal cumplimiento de las obligaciones contenidas en dicha norma. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente Convenio tiene por objeto garantizar el Fiel y Cabal Cumplimiento por parte de la "EMPRESA", de las obligaciones comprendidas en la Resolucion Directoral Nº 357 -2006-PRODUCE/DNEPP. CLAUSULA TERCERA: ALCANCES

a) "LA EMPRESA" se obliga a que en el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente convenio se le suspenderan los efectos legales de su convenio suscrito por un periodo de quince (15) dias calendario, lo que determinara que se encuentre inhabilitada de recepcionar y procesar el recurso merluza. La reincidencia conlleva a la suspension definitiva de los efectos juridicos del convenio, quedando la EIP imposibilitada de recepcionar y procesar el recurso merluza durante la vigencia del presente regimen. b) "LA "EMPRESA", se obliga tambien a que en el caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en el art. 13º literal b.3 de la R. M. Nº 357-2006-PRODUCE, se suspenderan los efectos legales del convenio por un periodo de siete (7) dias calendario, lo que determinara que se encuentre impedida de recepcionar y procesar el recurso merluza. La reincidencia duplicara la suspension de los efectos juridicos del convenio y la MORDAZA reincidencia determinara la suspension definitiva de los efectos juridicos del convenio, quedando imposibilitada de decepcionar y procesar el recurso merluza durante la vigencia de este regimen. CLAUSULA SETIMA:

Podran acceder al presente Convenio, los Establecimientos Industriales Pesqueros con Licencia de Operacion vigente para el procesamiento de productos pesqueros otorgados por el Ministerio de la Produccion, de conformidad con la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, para lo cual deberan estar incluidos en los anexos I, II o III de la Resolucion Ministerial Nº 041-2001-PRODUCE, y los que se incorporen a dichos anexos mediante la Resolucion correspondiente o los incluidos en la MORDAZA que los actualice; asimismo dichos E.I.P. deberan contar con la habilitacion sanitaria otorgada por la Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA, del Ministerio de Salud o haber cumplido con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE y normas ampliatorias. CLAUSULA CUARTA: OBLIGACIONES La suscripcion del presente Convenio genera que el Establecimiento Industrial Pesquero ( E.I.P.) a cargo de la "LA EMPRESA" el cumplimiento de las siguientes obligaciones: a) Los Establecimientos Industriales solo podran recibir el recurso merluza de las embarcaciones arrastreras que hayan suscrito el convenio a que se refiere el literal a.2 del art. 13º de la R. M. Nº 357-2006-PRODUCE, asi como de las embarcaciones artesanales y las de menor escala que cumplan con las disposiciones contenidas en el art. 3º de la mencionada resolucion. b) Los Establecimientos estan obligados a informar diariamente a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, asi como a la correspondiente Direccion Regional con competencia pesquera, con caracter de Declaracion Jurada, los volumenes de recepcion de materia prima segun la descarga de cada embarcacion arrastrera. CLAUSULA QUINTA: COMPROMISO GENERAL "LA EMPRESA" asume el compromiso de efectuar las actividades de procesamiento del recurso Merluza, conforme al MORDAZA de Pesca Responsable que rige el Derecho Pesquero. En tal sentido, se compromete a asegurar la conservacion y aprovechamiento racional del recurso hidrobiologico objeto del presente convenio. CLAUSULA SEXTA: COMPROMISOS ESENCIALES "LA EMPRESA" se compromete a cumplir cabalmente las disposiciones de la Resolucion Ministerial Nº 357 2006-PRODUCE

PLAZO DE DURACION El plazo de duracion del presente convenio se encuentra supeditado a la vigencia de la Resolucion Ministerial N º 357-2006-PRODUCE. Las partes declaran su plena conformidad con cada una de las clausulas comprendidas en el presente Convenio, el mismo que se suscribe en original y dos copias a los ..........................................dias del mes de ....................................................... de 2007 . --------------------------------POR "EL MINISTERIO" 12909-2 ----------------------------POR "LA EMPRESA"

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban Adenda al Convenio "Fortalecimiento y Modernizacion Institucional de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional" suscrito con el PNUD
RESOLUCION SUPREMA Nº 484-2006-RE MORDAZA, 31 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene entre sus funciones el ejercer la representacion del Estado en el ambito internacional a traves de su servicio exterior, disenando la politica exterior y asegurando su gestion coordinada y coherente de conformidad con las directivas del Presidente de la Republica y la politica general del Estado; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 003-2005RE, del 11 de enero del 2005, se aprobo el Convenio "Fortalecimiento y Modernizacion Institucional de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional", suscrito entre la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, con el objeto de establecer mecanismos de coordinacion, cooperacion y asistencia para la implementacion de actividades orientadas al desarrollo institucional de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional y, por ende, fortalecer e implementar un sistema descentralizado para

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