Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2007 (09/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

337270
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 9 de enero de 2007

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1121-2006AG, de fecha 25 de agosto de 2006, se designo en el cargo de Coordinador Nacional de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura al ingeniero MORDAZA MORDAZA Guevara; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designacion del indicado funcionario; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Coordinador Nacional de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados al Estado. Articulo 2º.- Encargar a partir de la fecha, al ingeniero MORDAZA MORDAZA AITA, Presidente de la Comision Nacional de Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales del Ministerio de Agricultura las funciones de Coordinador Nacional de Maquinaria Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura, con retencion de su cargo, en tanto se designe al titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 6 de enero de 2007 al 1 de enero de 2009, con el fin de participar como Instructor de MORDAZA Electronica en la Escuela de Comunicaciones del Ejercito del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa

13461-4

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 006-2006-MINCETUR/DM Mediante Oficio Nº 020-2007-MINCETUR/SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial N° 006-2006-MINCETUR/ DM, publicada en la edicion del dia 8 de enero de 2007.
DICE:

13459-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 010-2007 DE/SG
MORDAZA, 5 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 1275 de fecha 23 de noviembre de 2006 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la III Reunion Bilateral de Estados Mayores entre los Ejercitos de Peru y MORDAZA se acordo efectuar el Intercambio Profesional de Oficiales; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de MORDAZA cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 12 de enero al 18 de MORDAZA de 2007, con el fin de participar en un intercambio profesional con el Ejercito del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa

RESOLUCION MINISTERIAL N° 006-2006-MINCETUR/DM
DEBE DECIR:

RESOLUCION MINISTERIAL N° 006-2007-MINCETUR/DM 13195-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Brasil y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 009-2007 DE/SG
MORDAZA, 5 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 1281 de fecha 27 de noviembre de 2006 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la III Conferencia Bilateral de Estados Mayores entre los Ejercitos de Peru y Brasil se acordo efectuar una Visita de Intercambio de un Oficial del Ejercito del Brasil como Instructor de MORDAZA Electronica en la Escuela de Comunicaciones del Ejercito; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica,

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