Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2007 (12/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

337479

docente y administrativo activo del Sector Educacion, de los niveles del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, no se efectuara descuentos y retenciones a excepcion de los provenientes de aportes, contribuciones y amortizaciones a organos pertenecientes al sector publico, AFP, y lo dispuesto por normas con rango de Ley y por mandato judicial. Articulo 2°.- De las universidades publicas La presente MORDAZA no es de aplicacion a las universidades publicas. Articulo 3°.- Medidas complementarias Facultese al Ministerio de Educacion a dictar las medidas complementarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 4°.- Normas Derogatorias Dejese sin efecto las normas y disposiciones administrativas que se opongan a la aplicacion del presente dispositivo. Articulo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo, sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de enero del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 14983-2

articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas; Que, tratandose de una central hidroelectrica, la peticionaria se encuentra exceptuada de presentar la garantia de conformidad con lo establecido en el articulo 66° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, mediante Resolucion Administrativa N° 1482005/GRL.DRAL/ATDR.CH.H de fecha 22 de setiembre de 2005, confirmada en via de revision mediante la Resolucion Ministerial N° 01393-2006-AG de fecha 13 de noviembre de 2006, la Administracion Tecnica del Distrito de Riego Chancay-Huaral, otorgo a ABR INGENIEROS S.A.C. la autorizacion de uso de agua para ejecutar obras hidroenergeticas en la Central Hidroelectrica Shali; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 3182006-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo N° 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido, a ABR INGENIEROS S.A.C., que se identificara con codigo N° 31138605, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Shali, con una potencia instalada de 8,96 MW, ubicada en los distritos de Atavillos Alto y MORDAZA MORDAZA de Andamarca, provincia de Huaral y departamento de MORDAZA, cuyas caracteristicas principales son las siguientes: - Potencia instalada : - MORDAZA de turbinas : - Caudal total de uso : - Velocidad : - Caida : - Recurso hidrico : 8 960 kW 02 MORDAZA 3 m³/s (1,5 m³/s cada turbina) 900 RPM 368 m Autorizacion de uso de aguas, mediante la Resolucion Administrativa N° 148-2005/ GRL.DRAL/ATDR.CH.H.

ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorizacion a ABR Ingenieros S.A.C. para desarrollar actividad de generacion de energia electrica en instalaciones de la Central Hidroelectrica Shali
RESOLUCION MINISTERIAL N° 001-2007-MEM/DM

MORDAZA, 3 de enero de 2007 VISTO: El Expediente N° 31138605, organizado por ABR INGENIEROS S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 11097574 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, ABR INGENIEROS S.A.C. ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Shali, con una potencia instalada de 8 960 kW, ubicada en los distritos de Atavillos Alto y MORDAZA MORDAZA de Andamarca, provincia de Huaral y departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD 56) figuran en el Expediente; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y, en el articulo 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 00993-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el

Articulo 2°.- ABR INGENIEROS S.A.C., debera construir las obras descritas en su solicitud, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, el mismo que contempla un plazo de ejecucion de obras de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion, el cual incluye la puesta en servicio de la Central Hidroelectrica Shali. La falta de ejecucion de dichas obras de acuerdo con el Cronograma de Ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 3°.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
14120-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.