Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2007 (12/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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Organica de la Defensoria del Pueblo, y en concordancia con los literales d) y o) del articulo 8º de su Reglamento de Organizacion y Funciones; el literal a) de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el literal ii) del numeral 2) del articulo 4º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Ley Nº 28927, y el articulo 43º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO, en el cargo de Jefe de la Unidad de Conflictos Sociales, con Categoria y Nivel D7, en la Plaza Nº 062, a partir del 1 de enero de 2007. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo
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Que, la empresa descrita anteriormente ha sido requerida en reiteradas oportunidades a efectos de cancelar la deuda que tienen pendiente, pese a que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ha cumplido con prestar el servicio; Que, en virtud a los considerandos MORDAZA expuestos, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra Corporacion Nano S.A.; De conformidad con las atribuciones contenidas en la Ley Nº 26497 ­ Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y en el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 1183-2005JEF/RENIEC, de fecha 5 de diciembre de 2005; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Resolver el convenio suscrito entre CORPORACION NANO S.A., con el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil por incumplimiento de pago del servicio de Consultas en Linea, Via Internet y Suministro de Certificaciones. Articulo Segundo.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra CORPORACION NANO S.A., a efectos del cobro de la suma adeudada. Articulo Tercero.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Resuelven convenio suscrito con Corporacion Nano S.A. por incumplimiento de pago del servicio de consultas en linea, via internet y suministro de certificaciones
RESOLUCION JEFATURAL N° 1041-2006-JEF/RENIEC

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
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MORDAZA, 2 de noviembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2114-2006-GAD/RENIEC, de 13 de junio del 2006 emitido por la Gerencia de Administracion, y el Informe Nº 000666-2006-GAJ/RENIEC, de fecha 21 de junio del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del visto, se desprende que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, celebro Convenio de Consultas en Linea, Via Internet y Suministro de Certificaciones con CORPORACION NANO S.A., mediante el cual existia el compromiso de prestacion del servicio, a cambio del pago por dicho concepto; Que, de acuerdo a la clausula Decimo Septima del Convenio en referencia, se ha establecido que: el RENIEC se reserva la facultad de resolverlo de pleno derecho, cuando se incumpla con el pago pactado por 2 meses consecutivos, por parte del usuXario, como en efecto ha sucedido en el caso de Corporacion Nano S.A. que ha incumplido con el pago de los meses de septiembre y octubre del 2000, generando una deuda ascendente a la suma de S/. 180.00 Nuevos Soles; Que, segun la informacion proporcionada por la Subgerencia de Tesoreria, la empresa mencionada, no ha cumplido con el pago de las cuotas pactadas, pese a haberseles requerido su regularizacion, por lo que ha operado de pleno derecho la aplicacion de las clausulas MORDAZA precisadas, dado el hecho del incumplimiento de pago, segun el reporte anexo;

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 1051-2006-JEF/RENIEC

MORDAZA, 2 de noviembre de 2006 VISTOS: Los oficios Nºs. 1012-2006/GO/RENIEC, 1017-2006/ GO/RENIEC; asi como, los Informes 000124, 00129, 000127, 000128, 000135-2006/SGPI/GP/RENIEC, y el Informe Nº 867-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 25 de MORDAZA de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que

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