Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2007 (12/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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Provisional de Pesca del Recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al ano 2007, en el MORDAZA del cual se autorizo la actividad extractiva del citado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero de 2007 en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 06º 00' 00'' S., hasta el 31 de diciembre de 2007, ademas se fijo la cuota total de pesca del recurso merluza en 35,000 toneladas metricas; Que, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE a traves del Oficio Nº DE-100-324-2006-PRODUCE/IMP, del 18 de diciembre del 2006, alcanzo el documento denominado "Opinion sobre la solicitud de apertura de actividades extractivas de merluza en la MORDAZA D", a traves del cual senala que teniendo en cuenta el comportamiento del recurso merluza en condiciones del evento El MORDAZA y dada la presencia de un nucleo de concentracion compuesto por ejemplares de mayor talla en el tercer estrato (> 100 brazas) en la subarea D, es factible considerar la ampliacion temporal de la MORDAZA autorizada de pesca entre los 06º 00' 01'' S - 07º 00' 00'' S durante el primer trimestre del ano 2007, siempre que las faenas de pesca se efectuen a profundidades mayores de 100 brazas (183 m), o de efectuarse a profundidades menores, debera realizarse con red de arrastre con tamano minimo de malla de 110 milimetros en el copo; Que, por su parte, a traves del Informe Nº 0072007-PRODUCE/DGEPP-Dch, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero recoge en todos sus extremos, las recomendaciones propuestas por el IMARPE, por lo que recomienda la ampliacion de la MORDAZA de pesca del Regimen Provisional de extraccion del recurso merluza autorizado por la Resolucion Ministerial Nº 357-2006-PRODUCE; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0182006-PRODUCE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente resolucion hasta el 31 de marzo de 2007, el area de pesca del recurso merluza establecido en el MORDAZA del Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza autorizado por la Resolucion Ministerial Nº 357-2006-PRODUCE, hasta el paralelo 07º 00' 00'' S. Articulo 2º.- Las operaciones de pesca que se desarrollen en la subarea de pesca D, delimitada por los paralelos 06º 00' 01'' S. y 07º 00' 00'' S. estaran sujetas a las siguientes disposiciones: 2.1 Las faenas de pesca se efectuaran a profundidades mayores de 100 brazas (183 metros) haciendo uso de la red de arrastre de fondo o media agua con tamano minimo de malla de 90 milimetros en el copo. 2.2 En caso de que las faenas de pesca se desarrollen a profundidades menores de 100 brazas (183 metros) debera utilizarse obligatoriamente la red de arrastre con tamano minimo de malla de 110 milimetros en el copo. Articulo 3º.- Dejese en suspenso hasta el 31 de marzo de 2007, lo establecido en el literal a.4 del articulo 13º de la Resolucion Ministerial Nº 357-2006-PRODUCE. Articulo 4º.- Estan prohibidas las operaciones de pesca del recurso merluza en el area maritima ubicada al sur del paralelo 07º 00' 00'' Latitud Sur. Articulo 5º.- El Instituto MORDAZA del Peru debera informar al Ministerio de la Produccion los resultados de las evaluaciones y seguimiento de la pesqueria de merluza, y de observarse una alta incidencia de ejemplares inmaduros de merluza en las capturas, asi como el periodo de desove del recurso, recomendara la suspension de las actividades extractivas autorizadas por la presente resolucion. Articulo 6º.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como las Direcciones Regionales

de Produccion y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion
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RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Embajador concurrente en el Gran Ducado de Luxemburgo y como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante las instituciones comunitarias, con sede en el Reino de Belgica
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2007-RE

MORDAZA, 11 de enero de 2007 Vista la Resolucion Suprema Nº 091-2005-RE, de 28 de marzo de 2005, que nombro como Embajador concurrente en el Gran Ducado de Luxemburgo, con sede en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Chuquihuara Chil; Vista la Resolucion Suprema Nº 204-2005-RE, del 1 de setiembre de 2005 que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante las instituciones comunitarias, con sede en Bruselas, Reino de Belgica, al Embajador MORDAZA MORDAZA Chuquihuara Chil; Considerando la Resolucion Suprema Nº 444-2006RE, de 7 de diciembre de 2006 que dio por terminadas las funciones del Embajador MORDAZA MORDAZA Chuquihuara Chil como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante el Reino de Belgica, y la Resolucion Ministerial Nº 0005-2007-RE que fija el 19 de enero de 2007 como la fecha de termino de dichas funciones; De conformidad con el articulo 7º de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, Ley Nº 28091, los articulos 62º, 64º a), 185º b) y 189º b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, D.S. Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Chuquihuara Chil, como Embajador concurrente en el Gran Ducado de Luxemburgo y como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante las instituciones comunitarias, ambos con sede en Bruselas, Reino de Belgica. Articulo Segundo.- Fijar el 19 de enero de 2007 como la fecha de termino de funciones senaladas en el articulo primero. Articulo Tercero.- Aplicar el egreso que origine la presente resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, publiquese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
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