Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2007 (12/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

337488

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de enero de 2007

2003-MTC/03 estipula que las partes podran acordar por escrito, la modificacion o cambio del mencionado contrato sujetandose a las leyes y reglamentos vigentes; Que, mediante Informe Nº 246-2006-MTC/17.01. ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones opina que procede modificar el contrato de concesion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 017-2003-MTC/03, en lo referente a la ampliacion del area concedida incluyendo el distrito de Sayan, de la provincia de Huaura, del departamento de Lima; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el area de concesion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 017-2003-MTC/03 a don HELMER MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, incluyendo el distrito de Sayan, de la provincia de Huaura, del departamento de MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, conforme al Anexo 1 que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presente resolucion, y que reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesion aprobada por Resolucion Ministerial Nº 017-2003-MTC/03. Articulo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al area ampliada a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presente resolucion y reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 017-2003-MTC/03. Articulo 3º.- Aprobar e incorporar el numeral 6.12 "Instalacion de Red" a la clausula sexta y el Anexo 3 "Descripcion de la Red" al contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 017-2003-MTC/03. Articulo 4º.- Aprobar la modificacion del literal d) del numeral 3.04 de la clausula tercera y numeral 6.02 "Plan Minimo de Expansion/Plan de Cobertura" de la clausula sexta del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 017-2003-MTC/03. Articulo 5º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se modifica el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 017-2003-MTC/03 a fin de formalizar lo resuelto en los articulos precedentes; y autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones a suscribir la referida Adenda en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica de las Adendas que se suscriban. Articulo 6º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por don HELMER MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones
14169-2

VIVIENDA
Disponen que la Direccion Nacional de Construccion sera el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 010-2007-VIVIENDA

MORDAZA, 10 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento se establecio que el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA es un Organismo Publico Descentralizado de dicho Sector; Que, por el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se dispone la fusion por absorcion del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, correspondiendole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante; Que, el articulo 2º del citado Decreto Supremo establece que dicho MORDAZA de fusion concluira el 31 de diciembre de 2006, plazo en el cual CONATA transferira los recursos, personal y acervo documentario al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, la Ley Nº 23337 establece que CONATA es el organismo que ejecuta las tasaciones de inmuebles que requieran las entidades publicas y las que le soliciten los particulares; Que, el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA, dispone que los contratos existentes con proveedores mantendran su vigencia, salvo ocurrencia de causal de resolucion. Agrega que, para tal efecto, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la Direccion Nacional de Urbanismo, se subrogara en la posicion contractual de CONATA, en los temas referentes a la funcion normativa; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA y la Resolucion Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA, el 31 de diciembre del 2006 se ha producido la extincion de CONATA, por lo que corresponde dictar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales que al 31 de diciembre correspondian a dicha entidad, asi como las acciones que en adelante llevara a cabo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento relativas al servicio de tasacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Funcion de Tasacion y regimen de los contratos vigentes La Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA sera el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados. Articulo 2º.- Contratos de Tasacion y Convenios suscritos En los casos de contratos de tasacion que se encuentren vigentes, asi como en los convenios suscritos, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a traves de la Direccion Nacional de Construccion se subrogara en la posicion contractual de CONATA.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.