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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de enero de 2007 337496 Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución CONASEV Nº 045-2006-EF/94.10, en los siguientes términos: (...)4. Los manuales y la Política de Clientes, deberán remitirse a CONASEV hasta el 30 de abril de 2007, y entrarán en vigencia al día siguiente de su comunicación. 10. Las disposiciones contenidas en los artículos 35, 36 y 37 del presente Reglamento, hasta el 30 de abril de 2007. La obligación indicada en el numeral 37.4.3 del artículo 37, considerará el plazo establecido para los manuales. 13. Las obligaciones referentes al registro de clientes hasta el 30 de abril de 2007. 14. Las obligaciones relativas al registro de órdenes, pólizas, registros de cuentas globales, estados de cuenta de clientes, posiciones descubiertas y demás documentos, libros y registros descritos en el presente Reglamento hasta el 30 de abril de 2007. 18. La presentación diaria de los márgenes y condiciones de liquidez y solvencia patrimonial se efectuará desde el 30 de abril de 2007. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º .- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de CONASEV. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente 14317-1 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Modifican el Art. 39º del Reglamento de la modalidad especial de selección por Convenio Marco, aprobado por Res. Nº 449-2006-CONSUCODE/PRE RESOLUCIÓN Nº 004-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 5 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 449-2006- CONSUCODE/PRE, de fecha 17 de octubre de 2006, se aprobó el Reglamento de la modalidad de especial de selección por Convenio Marco, que consta de dos (2) Títulos, cuarenta y dos (42) artículos y un (1) Glosario de Términos; Que, con la fi nalidad de precisar temas referidos al procedimiento de Convenio Marco, que coadyuven a la mejor aplicación de dicha modalidad, resulta necesario modi fi car el Reglamento citado en el párrafo precedente; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 3) y 28) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; contando con las visaciones de la Gerencia de Normas y Procesos y Gerencia de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifíquense el artículo 39 del Reglamento de la modalidad especial de selección por Convenio Marco, aprobado por Resolución Nº 449-2006-CONSUCODE/PRE, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 39º.- Cumplimiento del proveedor adjudicatario El proveedor adjudicatario de un determinado Convenio Marco se encuentra obligado a atender las órdenes de compra o de servicio y cumplir los contratos, emitidos o suscritos, de conformidad con las condiciones indicadas en la Ficha respectiva. Sin embargo, el proveedor adjudicatario podrá abstenerse de atender las órdenes de compra o de servicio o de suscribir los contratos, cuando la Entidad tenga retraso en el pago de deudas derivadas de cualquier tipo de obligación con dicho proveedor, o cuando la Entidad tenga retrasos en los pagos derivados de transacciones efectuadas a través del Catálogo con otros proveedores adjudicatarios del mismo Convenio Marco. En caso de la fi nalización anticipada del Convenio Marco o de exclusión de una Ficha determinada, el proveedor adjudicatario mantiene la obligación de atender las órdenes de compra o de servicio recibidas y cumplir los contratos suscritos con anterioridad a dicha fi nalización.” Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHÁVEZ Presidente 14154-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban distribución de monto autorizado en el Calendario de Compromisos Inicial correspondiente al mes de enero de 2007 y formalizan pagos de prestaciones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0010-2007/SIS Lima, 11 de enero de 2007 VISTO: El Informe Nº 01-2007-SIS-GF, de la Gerencia de Financiamiento, con la Programación de Pago de Prestaciones de Salud a las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud a nivel nacional. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto se establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se re fi ere el artículo 11º de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, Ley Nº 28112, en concordancia con los Artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú. Que, conforme lo establece el Artículo 30º de la Ley Nº 28411 “El Calendario de Compromisos constituye la autorización para la ejecución de los créditos presupuestarios…”.