Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2007 (12/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

337493

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales contra MORDAZA FRECIA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA BROGLIO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FREDY LUCHO TACZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
14688-4 RESOLUCION JEFATURAL N° 1190 -2006-JEF/RENIEC

25760249 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante el Formulario de Identidad No. 27941447, para lo cual presentaron como sustento de sus pretensiones, copias certificadas de partidas de nacimientos, presuntamente emitidas por las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en la Municipalidad Provincial de MORDAZA, Metropolitana de MORDAZA y Municipalidad Distrital de Usquil respectivamente; habiendose determinado que en todos los casos son partidas falsas, al no encontrarse inscritos dichos nacimientos en sus registros o haber sufrido adulteraciones; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el comportamiento de las personas aun no identificadas plenamente, se encuentra tipificado como delito contra la fe publica en la modalidad de falsificacion de documentos, por haber utilizado un documento falso con el objeto de emplearlo como si fuera legitimo, ilicito contemplado en el articulo 427º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
14688-5

MORDAZA, 28 de noviembre de 2006 VISTOS: Los Informes Nºs. 201, 206, 216 y 295-2006/SGPI/GP/ RENIEC elaborado por la Subgerencia de Procesamiento de Identificacion y el Informe No. 873-2006 -GAJ/RENIEC de fecha 31 de MORDAZA del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; esta a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, el MORDAZA de incorporacion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, requiere de una calificacion previa, por lo que todo tramite ingresa a una linea de MORDAZA, dentro del cual se ubica un area especializada en la evaluacion razonada de los procedimientos, encargada de la verificacion de la concurrencia de los requisitos necesarios y detectar actos irregulares, ocasionados por la MORDAZA de documentos ilegitimos y declaraciones indebidas; con la finalidad excluir de este, en forma definitiva o temporal aquellas inscripciones que hayan sido afectadas por hechos o actos irregulares que vician el procedimiento registral y asi preservar la seguridad juridica del registro; Que, de acuerdo con los Informes Nos 201, 206, 216 y 295-2006/SGPI/GP/RENIEC, se ha determinado que personas aun no identificadas plenamente, han pretendido obtener una inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA ALTAMIRANDA LEFBAD mediante el Formulario de Identidad No. 27434067, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante el Formulario de Identidad No. 27616615, MORDAZA SUHEY MORDAZA OVALLE mediante el Formulario de Identidad No.

Designan representantes del RENIEC ante el Comite de Coordinacion Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales convocadas mediante D.S. Nº 012-2006-PCM
RESOLUCION JEFATURAL Nº 013 -2007-JEF/RENIEC

MORDAZA, 10 de enero de 2007 VISTOS: El Decreto Supremo N° 012-2006-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo de 2006 y la Resolucion Jefatural N° 948-2006-JEF/RENIEC del 24 de octubre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil tiene a su cargo la inscripcion de los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones, y otros actos que modifican el estado civil. Emite las constancias correspondientes. Prepara y mantiene actualizado el padron electoral. Proporciona al MORDAZA Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la informacion necesaria para el cumplimiento de sus funciones, entre otras funciones;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.