Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2007 (12/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

337512

PROYECTO
MORDAZA Nº
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 2 500 2 506 2 512 2 518 2 524 2 530 2 536 2 542 2 548 2 554 2 560 2 566 2 572 2 578 2 584 2 590 2 596 2 602 2 608 2 614 2 620 2 626 2 632 2 638 2 644 2 650 2 656 2 662 2 668 -

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de enero de 2007

En el resto del territorio nacional el reordenamiento de la banda y la adecuacion a la canalizacion no conlleva devolucion de espectro radioelectrico alguna. Finalmente, cabe destacar que el citado reordenamiento de la banda que permitira al Estado disponer de una determinada porcion de espectro, constituye un instrumento que facilitara la reduccion de la brecha en infraestructura y promovera la expansion de redes y servicios de telecomunicaciones en areas rurales y lugares de preferente interes social. Resolucion Viceministerial MORDAZA, CONSIDERANDO: Que el articulo 207º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que toda asignacion de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalizacion, el cual sera aprobado por resolucion viceministerial; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion de este recurso; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 268-2005MTC/03 se aprueban las disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº -2006-MTC/03.01 se modifica la Nota P67 del PNAF, disponiendo que la banda 2 500 - 2 692 MHz esta atribuida para servicios publicos de telecomunicaciones. Asimismo se establece que en la provincia de MORDAZA, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de MORDAZA y el departamento de MORDAZA, la banda de 2 668 2 692 MHz sera otorgada por concurso publico y en el resto del territorio nacional, la banda de 2 668 -2 690 MHz se otorgara tambien a traves de este mecanismo; Que, en igual sentido, la citada Resolucion Ministerial dispone que los titulares de asignaciones en la banda 2 500 2 698 MHz se sujetaran al reordenamiento de la banda en los terminos que se senalan en dicha resolucion y que deberan adecuarse a la canalizacion que apruebe el Ministerio; Que, considerando que las asignaciones efectuadas a la fecha en la referida banda han tomado como referencia la distribucion de MORDAZA analogicos en 6 MHz y que los equipos que se vienen utilizando son de tecnologia analogica, es conveniente a fin de garantizar la continuidad en la prestacion de estos servicios que en aquellos lugares donde se hubieran efectuado asignaciones, se mantenga dicha canalizacion, orientandola a la digitalizacion de redes; Que, el Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, mediante Informe Nº 08-2006-MTC-CCPNAF, recomienda la canalizacion de la banda 2 500 -2 692 MHz; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC y 027-2004-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar en las disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones aprobadas por Resolucion Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03, la canalizacion de la banda 2 500 - 2 692 MHz; segun los Anexos Nºs. 1 y 2 de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministro de Comunicaciones
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Banda de frecuencias (MHz)
2 506 2 512 2 518 2 524 2 530 2 536 2 542 2 548 2 554 2 560 2 566 2 572 2 578 2 584 2 590 2 596 2 602 2 608 2 614 2 620 2 626 2 632 2 638 2 644 2 650 2 656 2 662 2 668 2 692

ANEXO 2

Establecer para el resto del territorio nacional, que la canalizacion de la banda 2 502 - 2 690 MHz, sera de la siguiente manera: · Las bandas 2 502 - 2 568 MHz y 2 624 - 2 690 MHz, se dividen en 20 MORDAZA de 5,5 MHz y 1 MORDAZA de 22 MHz:
MORDAZA Nº A1 A2 A3 B1 B2 B3 C1 C2 C3 D1 D2 D3 E1 E2 E3 F1 F2 F3 G1 G2 H Banda de frecuencias (MHz) 2 502,0 - 2 507,5 2 507,5 - 2 513,0 2 513,0 - 2 518,5 2 518,5 - 2 524,0 2 524,0 - 2 529,5 2 529,5 - 2 535,0 2 535,0 - 2 540,5 2 540,5 - 2 546,0 2 546,0 - 2 551,5 2 551,5 - 2 557,0 2 557,0 - 2 562,5 2 562,5 - 2 568,0 2 624,0 - 2 629,5 2 629,5 - 2 635,0 2 635,0 - 2 640,5 2 640,5 - 2 646,0 2 646,0 - 2 651,5 2 651,5 - 2 657,0 2 657,0 - 2 662,5 2 662,5 - 2 668,0 2 668,0 - 2 690,0

· ·

Las bandas 2 568 - 2 572 MHz y 2 620 - 2 624 MHz son consideradas bandas de guarda. La banda 2 572 - 2 620 MHz, se divide en 8 MORDAZA de 6 MHz:
MORDAZA Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 Banda de frecuencias (MHz) 2 572 - 2 578 2 578 - 2 584 2 584 - 2 590 2 590 - 2 596 2 596 - 2 602 2 602 - 2 608 2 608 - 2 614 2 614 - 2 620

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ANEXO Nº 1

Establecer para la provincia de MORDAZA, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de MORDAZA y el departamento de MORDAZA la canalizacion de la banda 2 500 - 2 692 MHz en 28 MORDAZA de 6 MHz y 1 MORDAZA de 24 MHz:

Con excepcion de la provincia de MORDAZA, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de MORDAZA y el departamento de Lambayeque. LA INFRAESTRUCTURA QUE NECESITA EL PERU: Brecha de Inversion en Infraestructura de Servicios Publicos. ADEPSEP, noviembre de 2005 La banda 2500-2692 MHz es utilizada para brindar acceso a Internet, asi como para la transmision de datos, empleando tecnologias digitales como por ejemplo la tecnologia WIMAX, asi como para ser utilizada para servicios moviles de tercera generacion o avanzados (IMT-Advanced). El articulo 224º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senala que el Ministerio podra modificar de oficio una frecuencia asignada, procurando no afectar derechos, en los casos de prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, cuando lo exija el interes publico y utilizacion de nuevas tecnologias, entre otros. Asimismo, se establece que el Ministerio establecera los terminos y condiciones en los que se efectuaran los procesos de migracion de bandas y frecuencias.

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