Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2007 (12/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de enero de 2007

PROYECTO

337513

Proyecto de Modificacion del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF) de la Banda 450 MHz
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideracion del publico interesado los referidos proyectos de normas, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaria de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Jr. Zorritos Nº 1203 MORDAZA - Cercado o via fax al 315-7784, dentro del plazo de diez (10) dias calendario, o via correo electronico a cpalomares@ mtc.gob.pe, de acuerdo al formato siguiente. Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto
Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales Comentarios

Resolucion Ministerial MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion de este recurso; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 5182002-MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan; Que la nota P38 del PNAF establece que las bandas comprendidas entre 454,8375 - 456,0125 MHz y 459,2375 - 459,4875 MHz estan atribuidas a titulo primario para servicios publicos de telecomunicaciones. Las frecuencias asignadas a los teleservicios privados dentro de estas bandas podran ser utilizadas solo hasta el termino de su autorizacion, excepto las asignaciones realizadas a entidades del Gobierno; Que, asimismo, la nota P48 del PNAF establece que las bandas comprendidas entre 452,5 - 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz estan atribuidas a titulo primario para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico en todo el territorio de la Republica del Peru, con excepcion de la Provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, la nota P50 del PNAF establece que las bandas comprendidas entre 459,475 - 460,0 MHz y 469,525 470,00 MHz estan destinadas para la operacion de enlaces auxiliares a la Radiodifusion Sonora en Onda Media y Onda Corta. Asimismo, la banda 452,35 - 454,84 MHz esta destinada para la operacion de enlaces auxiliares a la Radiodifusion Sonora en Onda Media y Onda Corta en la Provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. Las asignaciones para la operacion de enlaces auxiliares a la Radiodifusion Sonora en Onda Media y Onda Corta realizadas en la banda 452,35 - 454,84 MHz fuera de la Provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao quedaran vigentes hasta el 31 de diciembre de 2007; Que, el articulo 209º-A del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que la asignacion del espectro radioelectrico en las bandas identificadas para sistemas de acceso fijo inalambrico y atribuidas a titulo primario para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, se realizara

mediante concurso publico para la Provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. Para tal efecto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitira los dispositivos correspondientes. El Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF) se adecuara a lo dispuesto en el presente articulo; Que, con el objetivo de promover la competencia de los servicios de telecomunicaciones en la Provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, prever la continuidad de los servicios privados, estableciendo condiciones de migracion de las frecuencias asignadas, garantizar la continuidad de los servicios auxiliares a la radiodifusion, necesarios para la operacion del servicio de radiodifusion sonora y garantizar la continuidad del servicio publico de buscapersonas, resulta necesario modificar el PNAF; Que, el Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, mediante el Informe Nº 012007-MTC-CCPNAF, recomienda modificar las Notas P38, P48 y P50 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nº 013-93-TCC y 0272004-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar las Notas P38, P48 y P50 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nºs. 187-2005-MTC/03, con los siguientes textos: "P38 Las bandas comprendidas entre 152,35 - 154,35 MHz y 459,2375 - 459,4875 MHz estan atribuidas a titulo primario para servicios publicos de telecomunicaciones. Las frecuencias asignadas a los teleservicios privados dentro de estas bandas podran ser utilizadas solo hasta el termino de su autorizacion, excepto las asignaciones realizadas a entidades del Gobierno. Los concesionarios del servicio publico de buscapersonas que vienen operando en la banda 454,8375 - 456,0125 MHz deberan migrar a la banda 459,2375 - 459,4875 MHz en un plazo que no debera exceder del 31 de setiembre de 2007". "P48 Las bandas comprendidas entre 452,5 - 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz estan atribuidas a titulo primario para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico. Los titulares de asignaciones para servicios

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