Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2007 (12/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de enero de 2007 337508 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Exoneran de procesos de selección la adquisición de camiones compactadores de basura y la contratación de suministro de combustible ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2007-MDNCH Nuevo Chimbote, 5 de enero del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE NUEVO CHIMBOTE VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 5 de enero del 2007, sobre exonerar del Proceso de Selección por Situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, ha tomado el siguiente Acuerdo: CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo previsto en el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, es una institución de derecho público con autonomía económica y administrativa, le son aplicables las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución regulan las actividades y funcionamiento del sector Público Nacional; Que, mediante Informe Nº 593-2006-MDNCH/ GSC, de fecha 29 de diciembre del 2006, la Gerencia de Servicios Comunales de esta comuna informa de la situación de emergencia en la que se encuentra el servicio de limpieza y sustenta la necesidad urgente de efectuar la adquisición de tres camiones compactadores de basura, que permitan regularizar el servicio de limpieza pública del distrito de Nuevo Chimbote, debiendo la adquisición efectuarse con carácter de urgente por el riesgo que existe de que se deje de brindar el servicio por la falta de carros compactadores de basura, solicitando se exonere el proceso de selección para efectuar la adquisición en forma directa y rápida; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 056-2006- MDNCH, de fecha 28 de diciembre del 2006, el Pleno del Concejo Municipal por Unanimidad acordó declarar en Situación de Emergencia el Servicio de Limpieza Pública del distrito de Nuevo Chimbote, con la fi nalidad de que se reorganice el servicio y se ejecuten las acciones necesarias para regularizar y brindar el mejor servicio a la población, por encontrarse en grave riesgo la ejecución del mencionado servicio; Que, mediante informe mecánico situacional, el mecánico de esta comuna informa de la situación técnica de cada una de las unidades que se emplean para el servicio de limpieza pública del distrito de Nuevo Chimbote, las cuales según dicho informe tres de las unidades se encuentra inoperativo y el tercero en una operatividad del 40% por lo que debe entrar a reparación general por tener 18 años de vida útil y deben ser reparados en su totalidad, lo que dejaría a la población sin el servicio de limpieza pública; Que, mediante Informe Nº 004-2007-MDNCH/ OAJ, el jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal señalando que es procedente legalmente exonerar el Proceso de Selección para la adquisición de tres carros compactadores de basura de 15 m 3, de acuerdo a la descripción adjuntada en el requerimiento presentado por la Gerencia de Servicios Comunales; Que, conforme lo dispone el artículo 19º inciso d) del Decreto Supremo Nº 083-2004 La exoneración de procesos de selección procede cuando se realicen por “En situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley”; Que, conforme lo dispone el artículo 20º inciso c) del antes citado cuerpo normativo que regula los procesos de selección, para la exoneración de los mismos en los Gobiernos Regionales se requiere de un Acuerdo del Pleno del Concejo Municipal que deberá ser debidamente publicado en el Diario O fi cial El Peruano; Que, de conformidad con el artículo 21º de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 083-2004, describe la situación de desabastecimiento inminente en los siguientes términos: “Se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial”, dicha situación faculta a la entidad a la contratación o adquisición del bien requerido con urgencia; Que, el procedimiento de exoneración de los Procesos de Selección han sido regulados por el artículo 146º, 147º y 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004 en los cuales se establece las condiciones y requisitos a cumplir antes de proceder a exonerar del proceso de selección, siendo uno de ellos que se haya acreditado la Situación de Desabastecimiento Inminente, lo cual está claramente de fi nido por el requerimiento efectuado por la Gerencia de Servicios Comunales; Con el voto mayoritario de los señores Regidores el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y estando a las consideraciones expuestas, se acordó lo siguientes: ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, en Situación de Desabastecimiento Inminente la adquisición de tres (03) camiones compactadores de basura de 15 m 3 cada uno, para la Gerencia de Servicios Comunales de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Artículo Segundo.- EXONERAR en forma excepcional a la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote del Proceso de Selección para la adquisición de tres compactadores de basura de 15 m 3, para el Servicio de Limpieza Pública, del distrito de Nuevo Chimbote, en la cantidad y monto que se detalla a continuación: DESCRIPCIÓN : Camión Compactador de Basura de 15M 3 CANTIDAD : 03 Unidades VALOR REFERENCIAL S/.1`065,900.00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Canon y sobrecanon Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité Especial de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, por declaratoria de Situación de Desabastecimiento Inminente, a adoptar las acciones administrativas que corresponda para la adquisición del servicio indicado en el Artículo Segundo. Artículo Cuarto.- DISPONER, que Secretaría General remita copia del presente Acuerdo de Concejo y los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la Republica, en mérito a lo establecido en el inciso c) del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que aprueba el T.U.O. de la Ley Nº 26850, así mismo se