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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2007 (12/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de enero de 2007 337509 realice la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VALENTÍN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 14106-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2007-MDNCH. Nuevo Chimbote, 5 de enero del 2007. EL CONCEJO DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE: VISTO : En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 5 de enero del 2007, El Informe Nº 009-2004-MDNCH- GM, en que se solicita la Exoneración de Proceso de Selección por Situación de Desabastecimiento Inminente, de Suministro de Combustible de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica y administrativas en los asuntos de su competencia, les son aplicables las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público Nacional; Que, mediante Informe Nº 002-2007-MDNCH- GSC, de fecha 5 de enero del 2007, la Oficina de Administración de esta Comuna, informa la necesidad de adquirir con carácter de urgente combustible en forma directa al proveedor GRIFOS CONTINENTAL S.A, por espacio de 20 dias, lapso de tiempo que demora el proceso de selección LP N° 001-2007-CA/ MDNCH, en merito de lo dispuesto por el artículo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Por lo que se solicita se exonere el proceso de selección para efectuar la adquisición en forma directa y rápida; Que, en efecto de conformidad con el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote para el presente año 2007, se ha previsto efectuar la Licitación Pública N° 001- 2007-MDNCH-OA-ULSA, proceso de selección que se encuentra en giro y que en aproximadamente 20 días se estar conociendo al postor ganador de la BUENA PRO y quien será el encargado del suministro de combustible a partir de ese momento; Sin embargo durante le proceso de selección que se viene ejecutando la Municipalidad corre el riesgo de quedar desabastecida de combustible paralizándose de esta manera las obras y los servicios que presta con el riesgo que genera para la población el no contar con servicios básicos como la LIMPIEZA PÚBLICA ; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 19º inciso c) del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM la exoneración de los procesos de selección se efectúan por situación de emergencia y de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo del antes citado cuerpo normativo la SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE “se presenta en aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien o (COMBUSTIBLE), servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad DE LAS FUNCIONES, SERVICIOS, ACTIVIDADES U OPERACIONES PRODUCTIVAS QUE LA ENTIDAD TIENE A SU CARGO DE MANERA ESENCIAL. ..”. Dicha situación faculta a la entidad a la contratación o adquisición del bien o servicio requerido con urgencia; Que, estando a la normatividad descrita se tiene que en la actualidad el servicio de limpieza está comprometido de manera grave y se corre el riesgo de tener que dejar de prestarlo por la SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLE PARA EL PRESENTE AÑO al encontrarse en pleno proceso de licitación pública, merito a ello y a la situación de urgencia se debe proceder a exonerar la adquisición de combustible por espacio de 20 días según el requerimiento de la o fi cina de administración para suplir de ,manera urgente el desabastecimiento de combustible hasta el termino del proceso de LICITACION PÚBLICA actualmente en giro. Por encontrarse dentro de los establecido en la Ley y por constituir una necesidad URGENTE, siendo por demás decir que el SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA es la base fundamental y la razón de ser de la existencia de los municipios y una de sus principales y esenciales funciones, mas aun, cuando somos responsables de la SALUD DE LA POBLACIÓN Y DE EFECTUAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE NUESTRA POBLACIÓN. Mérito a ello es que esta situación de abastecimiento de combustible afectará directamente sobre dicho servicio de manera principal y sobre los demás que presta esta comuna conforme a Ley; Que, mediante Informe Nº 006-2007-MDNCH/OAJ, de fecha 5 de enero del 2007, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica es de la opinión legal de que ES PROCEDENTE LEGALMENTE EXONERAR EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA ADQUISICION DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE POR ESPACIO DE 20 DIAS para cumplir con brindar los servicios que presta esta comuna a la población. SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, En Situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición del Suministro de Combustible por espacio de 20 días para las unidades de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Artículo Segundo.- EXONERAR en forma excepcional a la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote del Proceso de Selección por Situación de Desabastecimiento Inminente, del Suministro de Combustible por espacio de 20 días, en la cantidad y monto que se detalla a continuación: DESCRIPCCION : Combustible Diesel. CANTIDAD : 5,600 Galones VALOR REFERENCIAL : S/. 60,200.00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Propios Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité Especial de Contrataciones y adquisiciones del Estado de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, por declaratoria de Situación de Desabastecimiento Inminente, a adoptar las acciones administrativas que corresponda para la adquisición del servicio indicado en el Artículo primero. Artículo Cuarto.- DISPONER, que Secretaría General remita copia del presente Acuerdo de Concejo y los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República, en merito a lo establecido en el inciso c) del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que aprueba el T.U.O de la Ley Nº 26850, así mismo se realice la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. VALENTÍN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 14106-2