Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2007 (12/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de enero de 2007

PROYECTOS TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Modificacion del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias (PNAF) y Canalizacion de la Banda 2500 - 2690 MHz
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideracion del publico interesado los referidos proyectos de normas, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaria de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Jr. Zorritos Nº 1203 MORDAZA - Cercado o via fax al 315-7784, dentro del plazo de diez (10) dias calendario, o via correo electronico a cpalomares@ mtc.gob.pe, de acuerdo al formato siguiente. Formato para la MORDAZA de comentarios a los Proyectos
Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales Comentarios

Resolucion Ministerial MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, el articulo 224º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senala que el Ministerio podra modificar de oficio una frecuencia asignada, procurando no afectar derechos, en los casos de prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, cuando lo exija el interes publico y para fomentar la utilizacion de nuevas tecnologias, entre otros. Asimismo, se establece que el Ministerio establecera los terminos y condiciones en los que se efectuaran los procesos de migracion de bandas y frecuencias; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos de espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion de este recurso; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 5182002-MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan; Que, la Nota P67 del PNAF establece que la banda 2 500 - 2 690 MHz, se mantiene en reserva, y que mientras dure dicha situacion, el Ministerio no realizara nuevas asignaciones en esta banda. Asimismo, se senala que al MORDAZA la referida reserva, el otorgamiento de las concesiones y las asignaciones de espectro se efectuaran mediante concurso publico de ofertas, excepto para casos, como el servicio movil por satelite y el servicio fijo y/o movil utilizando estaciones en plataformas a gran altitud; Que, asimismo, la referida Nota establece que para el caso de las frecuencias asignadas en la banda comprendida entre 2 500 - 2 690 MHz, el Ministerio establecera la fecha en que entraria en vigencia su reserva; Que, son objetivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la promocion del desarrollo sostenible de los servicios y el acceso universal a los mismos, la asignacion racional y el uso eficiente de los recursos escasos y el fomento de la innovacion tecnologica; Que, la brecha en infraestructura de comunicaciones en el Peru se estima en mas de 4,500 millones de dolares; motivo por el cual corresponde al Estado adoptar las acciones necesarias para promover la expansion de los servicios de telecomunicaciones a nivel nacional; Que, de acuerdo a los estudios realizados por el Comite Consultivo del PNAF, la banda 2 500 - 2 692 MHz tiene

un importante potencial para el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones inalambricos fijos y moviles, toda vez que a nivel internacional viene siendo utilizada para brindar acceso a Internet, transmision de datos empleando tecnologias digitales - tecnologia WiMAX -, y servicios moviles de tercera generacion (IMT-Advanced); Que, por las consideraciones expuestas, es conveniente efectuar un reordenamiento de la banda 2 500 - 2 692 MHz, a fin que el Estado disponga de una porcion de este espectro para asignarlo a un MORDAZA operador mediante el mecanismo de concurso publico, promoviendo asi la expansion de redes y servicios de telecomunicaciones en areas rurales y lugares de preferente interes social; Que, asimismo, el referido reordenamiento de la banda permitira al Estado garantizar la continuidad de los servicios y promover la tendencia a la digitalizacion de las redes utilizando nuevas tecnologias, acorde con los objetivos del Ministerio; Que, el Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, mediante el Informe Nº 082006-MTC-CCPNAF y la Secretaria de Comunicaciones mediante Informe Nº 256-2006-MTC/03.01 recomiendan la modificacion del PNAF y el reordenamiento de la banda 2 500-2 692 MHz; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC y 027-2004-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Nota P67 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, con el siguiente texto: "P67 Las bandas 1 990 - 2 025 MHz y 2 110 - 2 200 MHz, se mantienen en reserva. Mientras dure tal situacion, el Ministerio no realizara nuevas asignaciones en alguna de estas bandas. Cuando cese la situacion de reserva de estas bandas de frecuencias, el otorgamiento de la concesion y la asignacion de espectro se efectuara mediante concurso publico de ofertas, excepto para casos como el servicio movil por satelite y el servicio fijo y/o movil utilizando estaciones en plataformas a gran altitud, es decir los casos de sistemas globales reconocidos mediante acuerdos internacionales. La banda 2 500 - 2 692 MHz esta atribuida para servicios publicos de telecomunicaciones. Los titulares de asignaciones en la banda 2500 -

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