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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de enero de 2007 337712 DELGADO, en el cargo público de con fi anza de Directora del Establecimiento Penitenciario Chorrillos II de la Dirección Regional Lima. Artículo 2°.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la asignación de la servidora YRIS MARGARITA GARCIA VARAS, en el cargo público de con fi anza de Subdirectora del Establecimiento Penitenciario Chorrillos II de la Dirección Regional Lima. Artículo 3º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la servidora JANY LADY AVALOS MOYA, en el cargo público de con fi anza de Directora del Establecimiento Penitenciario Chorrillos II de la Dirección Regional Lima, con nivel remunerativo F2. Artículo 4º.- ASIGNAR, a partir de la fecha, a la servidora FABIOLA CARMEN TELLO FUNG, en el cargo público de con fi anza de Subdirectora del Establecimiento Penitenciario Chorrillos II de la Dirección Regional Lima. Artículo 5º.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución a las interesadas y a las instancias pertinentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA DELSA MAVILA LEÓN Presidente 15793-3 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Fijan factores de conversión monetaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 022-2007-SUNAT/A Callao, 12 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, señala que para la declaración de la base imponible de los derechos arancelarios y demás tributos aduaneros, los valores se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América; Que asimismo el tercer párrafo del citado artículo señala que en el caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, éstos se convertirán a dólares de los Estados Unidos de América debiéndose establecer un mecanismo de difusión que permita a los usuarios conocer con su fi ciente anticipación los factores de conversión monetaria; Que teniendo en cuenta lo señalado anteriormente resulta necesario actualizar los factores de conversión establecidos en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 612-2006-SUNAT/A, considerando los factores fi jados por la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, por el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y por Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º: Fíjese los factores de conversión monetaria a utilizarse en la declaración de la base imponible a que se re fi ere el tercer párrafo del artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Nº 011-2005-EF, de acuerdo al detalle siguiente: PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO Unión Europea Euro 1.319900 Argelia Dínar Argelino 0.014263Argentina Peso Argentino 0.326264Aruba Florín Arubeño 0.558659Australia Dólar Australiano 0.788271Bolivia Boliviano 0.125945 Brasil Real 0.468604Bulgaria Lev 0.674992Canadá Dólar Canadiense 0.857633Chile Peso Chileno 0.001880China, República Popular deYuan 0.128098 Colombia Peso Colombiano 0.000447 Corea, República de Won 0.001076Costa Rica Colón de Costa Rica 0.001931Dinamarca Corona Danesa 0.177091Ecuador Sucre 0.000040Guatemala Quetzal 0.131234 Hong Kong Dólar de Hong Kong 0.128586India Rupia de la India 0.022671Indonesia Rupia de Indonesia 0.000111Japón Yen Japonés 0.008403Malasia, Federación de Dólar Malasio o Ringgit0.283527 México Nuevo Peso Mexicano0.092635 Nigeria Naira 0.007794 Noruega Corona Noruega 0.160501Panamá Balboa 1.000000Paraguay Guaraní 0.000195Reino Unido (Inglaterra) Libra Esterlina 1.957800 Rusia, Federación de Rublo 0.037994Suecia Corona Sueca 0.146135Suiza Franco Suizo 0.820479Tailandia Baht 0.027701Taiwan (China Nacionalista)Nuevo Dólar de Taiwan0.030694 Ucrania Hryvnia 0.198098 Venezuela Bolívar Venezolano 0.000466Viet Nam Dong 0.000062 Artículo 2º.- Los factores a que se re fi ere el artículo anterior deberán ser utilizados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de AduanasSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria 15686-1