Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2007 (21/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

338079

Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, que la caducidad es la extincion del derecho de concesion prevista por la legislacion forestal como consecuencia de la constatacion de un hecho o acontecimiento determinado como causal de caducidad, por lo cual la OSINFOR ademas de declarar la caducidad, debera pronunciarse respecto de la verificacion de infracciones e imponer las sanciones correspondientes de ser el caso; De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0142001-AG; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; con el Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion forestal con fines maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA; modificado por Resolucion Jefatural Nº 209-2006-INRENA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Iniciar al concesionario, MORDAZA MORDAZA CURILLO, con Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-050-02, el procedimiento administrativo unico, previsto en la Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA, por la presunta infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, tipificada en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG, cuya comision conlleva a la declaracion de caducidad del derecho de concesion forestal con fines maderables otorgado; asi como por contravenir lo dispuesto en los literales c) i), l), t) y w) del articulo 363º del acotado Reglamento, correspondiendole la aplicacion de las sanciones previstas en los articulos 365º y 366º del mismo. Articulo 2º.- Notificar al concesionario, MORDAZA MORDAZA CURILLO, la presente Resolucion Gerencial y otorgarle un plazo de 5 (cinco) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su notificacion, para que presente los descargos que considere pertinentes, debiendo senalar en los mismos su domicilio procesal. Articulo 3º.- Dictar la medida cautelar suspendiendo los efectos de la Resolucion Administrativa Nº 006-2004INRENA-ATFFS, de fecha 9 de enero de 2004, que aprueba el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, de la Resolucion Administrativa Nº 007-2004-INRENAATFFS-Puc., de fecha 9 de enero de 2004, que aprueba el Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional, de la Resolucion de Intendencia Nº 125-2005INRENA-IFFS, de fecha 29 de MORDAZA del 2005, que aprueba el Plan Operativo Anual de la MORDAZA Zafra (2004-2005), asi como los efectos del Plan Operativo Anual de la tercera zafra, de ser el caso. Articulo 4º.- Suspender los efectos de las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural, registradas en el INRENA para la movilizacion de los saldos de los volumenes autorizados en el Plan Operativo Anual de la MORDAZA Zafra (2004-2005) aprobado mediante Resolucion de Intendencia Nº 125-2005-INRENA-IFFS, y de los volumenes autorizados en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional y del Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional, aprobados mediante Resolucion Administrativa Nº 006-2004-INRENAATFFS y Resolucion Administrativa Nº 007-2004-INRENAATFFS-Puc, respectivamente. Articulo 5º.- Asimismo, suspendase la entrega de Guias de Transporte Forestal de productos forestales transformados, por los saldos de los volumenes aprobados en los Planes de Manejo Forestal, mencionados en el articulo que antecede. Articulo 6º.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA para que a traves de las Administraciones

Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA, ejecute lo dispuesto en la presente Resolucion Gerencial, procediendo a inmovilizar cualquier producto forestal proveniente de la referida concesion, amparado con Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados, de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del articulo 369º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, quedando a salvo los derechos de terceros, quienes podran acreditar sus derechos ante dichos organos, siempre que estos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del presente procedimiento administrativo unico. Articulo 7º.- Notificar la presente Resolucion Gerencial a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, para que MORDAZA conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Articulo 8º.- La documentacion dirigida a la OSINFOR debera ser presentada ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Pucallpa, quien actuara como Mesa de Partes, en el presente procedimiento administrativo unico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente (e) de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables 18239-1

Inician procedimiento administrativo unico a concesionario por haber incurrido presuntamente en causales de caducidad e infracciones a la legislacion forestal
RESOLUCION GERENCIAL Nº 063-2006-INRENA-OSINFOR MORDAZA, 15 de diciembre de 2006 VISTO: El Informe Tecnico Legal Nº 062-2006-INRENAOSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulacion y Asuntos Normativos, y la Unidad de Supervision, Evaluacion y Control de la OSINFOR, que da cuenta de las posibles causales de caducidad e infracciones a la legislacion forestal en que habria incurrido el concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-031-03, de acuerdo a lo senalado en el Informe de Supervision Nº 008-2006INRENA-OSINFOR-USEC; y, CONSIDERANDO: Que, el 15 de setiembre de 2003, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, suscriben el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-031-03 para el aprovechamiento de los recursos forestales de la Unidad de Aprovechamiento Nº 17 cuya superficie es de 8 292 ha. ubicadas en el Bosque de Produccion Permanente de Ucayali; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 357-2005INRENA-IFFS, del 5 de octubre de 2005, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA aprueba el Plan General de Manejo Forestal del concesionario MORDAZA indicado, en una superficie de 8,292 ha., cuya area se ubica en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que, asimismo, el 2 de noviembre del 2005, se emite la Resolucion de Intendencia Nº 407-2005-INRENA-IFFS que aprueba el Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra del referido concesionario, autorizando el aprovechamiento de un volumen total de 5715,62 m3 de 17 especies maderables en una superficie de 351.60 ha., ubicada

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