TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de enero de 2007 338182 de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Carabayllo; Que, el artículo 19° inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, precisa que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situación de Emergencia o Desabastecimiento Inminente declaradas conforme a ley; Que, el artículo 21° del mismo Texto Único señala: “Se considera Situación de Desabastecimiento Inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obra sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda”. El artículo 146° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM establece que: “La Resolución o Acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración”; Que, por medio de los informes se puede veri fi car que cumplen con sustentar técnica y legalmente la justi fi cación de la adquisición o contratación y la necesidad de Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo POR UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de Aprobación y Lectura del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la Adquisición de Suministros de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, por el plazo de 92 días o hasta el consentimiento de la Buena Pro. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la Subgerencia de Logística y Bienes Patrimoniales de la Municipalidad la Adquisición de los insumos para el Programa del Vaso de Leche, siguiendo el Procedimiento de Exoneración del Proceso de Selección de acuerdo a lo establecido en el artículo 148° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, por el período que dure la Situación de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 655,403.23, según el detalle siguiente: ÍTEM PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD MONTO II Leche Evaporada Lata 348,618.74 655,403.23 Artículo Tercero.- PRECISAR que los montos señalados se encuentran consignados en la Fuente de Financiamiento 17: Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales, de la Especí fi ca de Transferencia del Gobierno Central para el Programa del Vaso de Leche. Artículo Cuarto.- Encargar al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad el inicio de las acciones de control destinadas a determinar o deslindar responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores involucrados, si las hubiere, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los 10 días hábiles siguientes, así como remitir copia del Acuerdo y de los Informes Técnico–Legales a la Contraloría General de la República y demás órganos competentes, dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 18601-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO Exoneran de proceso de selección la adquisición de petróleo Diesel ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 005 - 2006 – MDPN Pueblo Nuevo, 30 de diciembre del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA VISTO: Los Contenidos del Informe Técnico Nº 044 -2006 – OA – MDPN, de fecha 19-12-2006 y el Informe Legal Nº 027 -2006 – ALE, de fecha 21-12-2006, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 de diciembre del 2006. CONSIDERANDO: Que, los Informe vistos cuyos contenidos se reproducen, se ha dado pronunciamiento en forma unánime, la exoneración del Proceso de Selección por Causal de Desabastecimiento inminente, para la adquisición de 6,500 Galones de Petróleo Diesel a un valor referencial de S/ 10.03 por galón, hasta por la suma de S/. 65,195.00 Nuevos Soles. Que, las causas de desabastecimiento inminente se acredita previsto para su amparo en el Artículo 21º, del D.S Nº 083-2004- PCM y el Procedimiento a seguir, se encuentra en el Artículo 148º del Reglamento del TUO, D.S Nº 084-2004-PCM; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 3202-2006/MDPN, de fecha 29-12-06,se promulgó el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, para el año 2007, el mismo que fue aprobado por el Concejo Municipal en pleno. Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por la entidad o la máxima autoridad Administrativa, según corresponda, dentro de los 30 (días) naturales siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional, conforme lo dispone el artículo 25º del Reglamento, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, antes citada, para luego llevar a cabo el Proceso de Selección respectivo, lo que ocasiona desabastecimiento inminente, siendo una necesidad urgente que puede comprometer la continuidad del suministro y combustible para las Maquinarias y Equipos, principalmente el de Limpieza Pública, durante los tres primeros meses del año 2007. Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, concordado con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del Proceso de Selección por causa de Desabastecimiento inminente, la adquisición de 6,500 galones de Petróleo Diesel, hasta por un monto de S/. 65,195.00 Nuevos Soles, durante los tres primeros meses del año 2007. Artículo Segundo.- Dar a conocer a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, los contenidos del Informe Técnico y Legal y el presente Acuerdo de Concejo Municipal para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la Publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días establecidos. Artículo Cuarto.- Iníciese las Acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fi n de determinar las responsabilidades y sanciones a que hubiera lugar. Artículo Quinto.- Que una vez aprobado y publicado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el Comité Especial debe dar inicio a las acciones que corresponden para llevar a cabo el Proceso de Selección pertinente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUCIO JUÁREZ OCHOA Alcalde 18369-1