Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2007 (23/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 23 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

338169

SE RESUELVE : Articulo Primero.- DISPONER a partir del 23 de enero del 2007, LA REINCORPORACION de la senorita doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA BROMLEY MORDAZA como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Callao, debiendo integrar la Tercera Sala Penal del Callao, quedando conformado dicho Colegiado a partir de la misma fecha y hasta que se dicte disposicion en contrario de la siguiente manera: Tercera Sala Penal del Callao MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bromley MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta (T) Vocal (P) Vocal (P)

Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion Administrativa, en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Jefatura de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los interesados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

18702-1

Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolucion, en conocimiento, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, del Jefe de la Oficina de Administracion Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, y de los interesados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUMAN Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA

Establecen que en caso de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de Vocales de determinada Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se procedera a llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 048-2007-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, veintidos de enero del 2007 VISTOS y CONSIDERANDO: Que en la tramitacion y resolucion de procesos en las MORDAZA Superiores, se presentan impedimentos, recusaciones, inhibiciones y/o discordias de los senores Vocales. Que el Art. 145° de la Ley Organica del Poder Judicial senala que en los casos de discordia o impedimento de uno o mas vocales, el Presidente procede a llamar a los Magistrados Consejeros que corresponda, comenzando por el menos antiguo. En defecto de lo anterior, llama a los Vocales de la misma especialidad de otras MORDAZA, si lo hubiera y luego de las MORDAZA de otra especialidad, siempre empezando por el menos antiguo, en el orden de prelacion que establece el Consejo Ejecutivo correspondiente. Que los Vocales Consejeros que integran el Consejo Ejecutivo Distrital, no desempenan funciones en el organo colegiado de gobierno a dedicacion exclusiva, lo hacen en adicion a las labores jurisdiccionales propias de su funcion, razon por la cual, se ven en la imposibilidad de atender, ademas, la gran cantidad de requerimientos de las MORDAZA ante la MORDAZA de los casos citados en el parrafo precedente, que muchas veces ocurren en forma simultanea. Que en tal sentido, en lo que compete a las MORDAZA Especializadas en lo Contencioso Administrativo, es conveniente dictar las medidas correspondientes, en concordancia con el MORDAZA parrafo de la MORDAZA acotada, teniendo en cuenta la reciente instalacion de la 3° Sala Permanente de la indicada especialidad; con el fin de cautelar el debido MORDAZA que redunde en una pronta y eficiente administracion de justicia. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del Art. 90° de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER que en caso de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de determinada Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, el Presidente del Colegiado procedera a llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad, tal como se detalla a continuacion: MORDAZA Permanentes · La 1° Sala llamara al Vocal de la 2° Sala; · La 2° Sala llamara al Vocal de la 3° Sala; · La 3° Sala llamara al Vocal de la 1° Sala; MORDAZA Transitorias · La 1° Sala llamara al Vocal de la 2° Sala y viceversa. Articulo Segundo.- En caso que el Vocal a que se refiere el articulo primero no pudiera intervenir por abstencion, excusa o recusacion debidamente comprobada y aceptada, se procedera a llamar al magistrado de la Sala competente que precede en antiguedad al llamado por ley. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposicion administrativa que contravenga la presente resolucion.

18712-1

Conforman la Comision de Asuntos Laborales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 046-2007-P-CSJL-PJ
MORDAZA, 10 de enero de 2007 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 028-2005-P-CSJLIPJ de fecha diecisiete de enero de 2005, la Resolucion Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Nº 179-2004-CE-PJ de fecha seis de octubre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de fecha diecisiete de enero del dos mil cinco, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia dispuso conformar la Comision Distrital de Asuntos Laborales de la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, mediante la Resolucion Administrativa de fecha seis de octubre del dos mil cuatro, emitida por el Consejo Ejecutivo, se dispuso en su articulo MORDAZA aprobar la conformacion de las Comisiones de Asuntos Laborales de las Cortes Superiores de Justicia, las mismas que estaran integradas por un Magistrado, designado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, un Funcionario designado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia y un Representante de los trabajadores designado por el Sindicato de Base, asimismo mediante su articulo MORDAZA, se aprueba la Directiva de operatividad de la mencionada Comision. En tal sentido, resulta necesario que esta Presidencia disponga la conformacion de la Comision de Asuntos Laborales para el ano 2007, con las funciones y atribuciones senaladas en la Directiva correspondiente. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONFORMAR la Comision de Asuntos Laborales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cuyas funciones y atribuciones estan previstas en la Directiva de operatividad que forma parte de la Resolucion Administrativa Nº 179-2004-CE-PJ la misma que sera integrada por las siguientes personas: -Eduardo Yrivarren Fallaque, Vocal Superior (T), quien la presidira. -Senor MORDAZA MORDAZA Arciniega MORDAZA, Jefe de la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- COORDINAR con el Sindicato Unitario de Trabajadores del Poder Judicial-Lima a efectos de que designen al representante de los trabajadores por ante la Comision de Asuntos Laborales de esta Corte de Justicia.

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