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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de enero de 2007 338181 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Amplían beneficio tributario de condo- nación de intereses moratorios, reajuste de tributos municipales y suspensión por pago al contado del monto adeudado por arbitrios de los períodos 2002 al 2005 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2006-A/MDC Carabayllo, 27 de diciembre de 2006 VISTO: La Ordenanza N° 117-2006-A/MDC de fecha 4 de diciembre del 2006, que establece el Bene fi cio Tributario de Condonación de Intereses Moratorios y Reajustes de Tributos Municipales y el de Supresión del 50% por Pago al Contado del Monto Adeudado por Arbitrios Municipales de los Períodos Comprendidos entre los años 2002 al 2005 vencidos a la fecha, así como el Informe N° 122-2006-GR/MDC de fecha 27 de diciembre de 2006, de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 192° de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como para crear, modi fi car y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 117-2006-A/MDC de fecha 4 de diciembre de 2006, se otorgó hasta el 31 de de diciembre de 2006 el BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACIÓN DE INTERESES MORATORIOS Y REAJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES Y EL DE SUPRESIÓN DEL 50% POR PAGO AL CONTADO DEL MONTO ADEUDADO POR ARBITRIOS MUNICIPALES DE LOS PERÍODOS ENTRE 2002 AL 2005 VENCIDOS A LA FECHA EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CARABAYLLO; siendo necesario otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, para que puedan cumplir con sus obligaciones; Estando a lo dispuesto por el artículo 13° de la Ordenanza Municipal N° 117-2006-A/MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR hasta el 31 de enero de 2007, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 117-2006-A/MDC que establece BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACIÓN DE INTERESES MORATORIOS Y REAJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES Y EL DE SUPRESIÓN DEL 50% POR PAGO AL CONTADO DEL MONTO ADEUDADO POR ARBITRIOS MUNICIPALES DE LOS PERÍODOS ENTRE 2002 AL 2005 VENCIDOS A LA FECHA EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CARABAYLLO. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 18598-1 Declaran en situación de desabastecimien- to inminente la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 046 -2006-A/MDC Carabayllo, 29 de diciembre de 2006 VISTO: El Requerimiento N° 103-2006-PVL/MDC del Programa del Vaso de Leche, los Informes N° 342-2006-GAJ/ MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, N° 221-2006-GAF/ MDC de la Gerencia de Administración y Finanzas y N° 826-2006- SGLCP/GAF-MDC de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial referidos a la Declaración de Desabastecimiento del Suministro de productos alimenticios del Programa del Vaso de Leche en la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 27680; y concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Que, la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche informa que cuenta con insumos para atender a los bene fi ciarios del programa solamente hasta el 31 de diciembre de 2006, siendo que a partir del 1 de enero de 2007, se producirá el desabastecimiento de dichos productos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 342-2006-GAJ/MDC, señala que siendo de extrema urgencia contar con los insumos para el Programa del Vaso de Leche es de opinión que se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de Suministros ANEXO Nº 1 FORMATO - DECLARACIÓN JURADA DE LA CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA PARA LA ASISTENCIA PREVISIONAL RETENIDA EN EXCESO O INDEBIDA APELLIDOS Y NOMBRES DEL PENSIONISTA TIPO DOC. IDENTIDAD (Tabla 1) N° DOC. IDENTIDAD DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN O LA ENTIDAD PÚBLICA (a quien se presenta la presente declaración) N° DE RUC DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA(S) INSTITUCIÓN(ES) O LA(S) ENTIDAD(ES) PÚBLICA(S) ( que le efectuaron las retenciones) a) b) N° DE RUC PERÍODO TRIBUTARIO ( año) TOTAL PENSIONES PERCIBIDAS EN EL PERÍODO TRIBUTARIO I. TOTAL CONTRIBUCIÓN RETENIDA (Efectivamente retenida por el agente de retención) CÁLCULO DE LA CONTRIBUCIÓN Hasta (1/12) de 14 UIT 0% Desde (1/12) de 14 UIT hasta (1/12) de 27 UIT 15% Desde (1/12) de 27 UIT hasta (1/12) de 54 UIT 27% Más de (1/12) de 54 UIT 30% II. CONTRIBUCIÓN CALCULADA III. TOTAL CONTRIBUCIÓN RETENIDA EN EXCESO O INDEBIDA (I – II) De tener contribución retenida en exceso o indebida, se solicita la: COMPENSACIÓN DEVOLUCIÓN Fecha: _____ de __________ de _____ ----------------------------------- ----------------------------------------- Firma del pensionista Firma y sello de recepción Agente de retención Tabla 1 - Tipo de documento de identidad 01 Libreta Electoral o Documento Nacional de Identidad 02 Carné de Fuerzas Policiales 03 Carné de Fuerzas Armadas 04 Carné de extranjería 07 Pasaporte 18725-2