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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (02/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de febrero de 2007 338903 Reserva Nacional Tambopata se efectúe mediante el “Procedimiento por Concurso Público de Méritos a iniciativa de INRENA y apoyado con Fondos de la Cooperación Internacional” y se nombró a los miembros de la Comisión Ad Hoc encargada de dirigir dicho concurso; Que, mediante el documento del visto, la Comisión Ad Hoc emite su informe fi nal respecto al desarrollo del Concurso Público de Méritos a su cargo, manifestando que mediante Carta DE/239/06, recibida con fecha 20 de noviembre del 2006, el postor PRONATURALEZA comunicó su declinación de continuar en el proceso; Que, asimismo la citada Comisión Ad Hoc mani fi esta que, en virtud al artículo 21º de la Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA, mediante Acta de fecha 27 de noviembre de 2006, que obra en los actuados, ha procedido en forma unánime a declarar desierto el concurso a su cargo ante la declinación del único postor que pasó la evaluación técnica y fi nanciera; Que, con Carta PRFNP Nº 1566/06 de fecha 24 de enero en virtud del cumplimiento de la Norma de Selección y Contratación de Consultores por prestatarios del Banco Mundial, se ha recibido la No Objeción del Banco Mundial a la declaración de desierto del precitado concurso de méritos, por lo que en atención al segundo párrafo del artículo 21º de la Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA, procede formalizar la mencionada declaración de desierto efectuada por “Comisión Ad Hoc encargada de dirigir el Concurso Público de Méritos a iniciativa de INRENA y apoyado con Fondos de la Cooperación Internacional para el otorgamiento de un Contrato de Administración en la Reserva Nacional Tambopata”; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG y modi fi catorias; SE RESUELVE: Único 1º.- Declarar desierto el Concurso Público de Méritos a Iniciativa del INRENA y Apoyado con Fondos de la Cooperación Internacional para el otorgamiento de un Contrato de Administración para la Reserva Nacional Tambopata. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALFARO LOZANO Intendente de Áreas Naturales Protegidas 22031-1 RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 004-2007-INRENA-IANP Lima, 30 de enero de 2007 VISTO: El Informe N° 01-2007-INRENA-CAH/SNLMT, de fecha 25 de enero del 2007 emitido por la Comisión Ad Hoc encargada de dirigir el “Concurso Público de Méritos a iniciativa del INRENA y apoyado con fondos de la Cooperación Internacional” para el otorgamiento de un Contrato de Administración en el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, precisan que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA constituye el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, teniendo entre sus funciones la de aprobar las normas administrativas necesarias para la gestión y desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas; Que, asimismo el artículo 17º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas establece que el Estado reconoce y promueve la participación privada en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas. Para ello, se podrá suscribir u otorgar, sea por el INRENA o por las autoridades competentes a nivel nacional, regional o municipal, según sea el caso: a) Contratos de Administración del área; Que, el artículo 119º del Reglamento de la precitada Ley, establece que los Contratos de Administración se otorgan mediante concurso de méritos de carácter público, convocado por el INRENA, de o fi cio o a pedido de parte, para las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE o los Gobiernos Regionales para las Áreas de Conservación Regional. En ambos casos, las bases del concurso se sujetan a lo establecido por la Ley, el Reglamento, el Plan Director y el Plan Maestro del Área Natural Protegida de existir éste; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 210-2005- INRENA, se aprueba las “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración”, con el objeto de regular la modalidad del contrato de administración prevista en el artículo 17º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y desarrollada en el Subcapítulo I del Capítulo IV del Título Tercero del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-88-AG, se categorizó el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes, ubicado en la provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 58-2006- INRENA, del 9 de marzo del 2006, se dispuso que el otorgamiento de un Contrato de Administración en el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes se efectúe mediante el “Procedimiento por Concurso Público de Méritos a iniciativa de INRENA y apoyado con Fondos de la Cooperación Internacional” y se nombró a los miembros de la Comisión Ad Hoc encargada de dirigir dicho concurso; Que, mediante el documento del visto, la Comisión Ad Hoc emite su informe fi nal respecto al desarrollo del Concurso Público de Méritos a su cargo; asimismo la citada Comisión Ad Hoc mani fi esta que, en virtud al artículo 21º de la Resolución Jefatural Nº 210-2005- INRENA, mediante Acta de fecha 29 de noviembre de 2006, que obra en los actuados, que realizada la revisión de las propuesta técnicas en el factor 3: Propuesta de Sostenibilidad Financiera en las propuestas técnicas de PRONATURALEZA y de la Universidad Cayetano Heredia ha procedido en forma unánime a declarar desierto el concurso a su cargo al no haber alcanzado ninguna de las propuestas de los postores el puntaje mínimo para pasar a la evaluación fi nanciera; Que, con Carta PRFNP Nº 1519/06 de fecha 25 de enero de 2007 en virtud del cumplimiento de la Norma de Selección y Contratación de Consultores por prestatarios del Banco Mundial, se ha recibido la No Objeción del Banco Mundial a la declaración de desierto del precitado concurso de méritos; por lo que en atención al segundo párrafo del artículo 21º de la Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA, procede formalizar la mencionada declaración de desierto efectuada por “Comisión Ad Hoc encargada de dirigir el Concurso Público de Méritos a iniciativa de INRENA y apoyado con Fondos de la Cooperación Internacional para el otorgamiento de un Contrato de Administración en el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes”; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003- AG y modi fi catorias; SE RESUELVE: Único.- Declarar desierto el Concurso Público de Méritos a Iniciativa del INRENA y Apoyado con Fondos de la Cooperación Internacional para el otorgamiento de un contrato de administración para el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALFARO LOZANO Intendente de Áreas Naturales Protegidas INRENA 22031-2