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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de febrero de 2007 338910 5.4.1. Sobre la distribución y asignación del personal que asumirá este Programa Especial en el año escolar 2007. 5.4.1.1. Los Directores de las Instituciones Educativas y Unidades de Gestión Educativas Locales, bajo responsabilidad , aseguran que la distribución y asignación de la totalidad de las Horas Lectivas Adicionales que les corresponden se realicen de acuerdo a los siguientes criterios: a) Las Horas Lectivas Adicionales correspondientes al Programa Especial se asignan luego de la elaboración del Cuadro de Distribución de Horas de Clase, el mismo que se elabora teniendo como referente el cuadro de organización y distribución del tiempo establecido en el Proyecto Curricular de la Institución Educativa del año 2006 y, por lo tanto, considerando las horas de libre disponibilidad asignadas a Comunicación y Matemática ese año. b) A cada sección de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria de Gestión Pública de un solo turno le corresponde un Programa Especial de 3 horas para Comunicación y un Programa Especial de 2 horas para Matemática. c) Acceden a las Horas Lectivas Adicionales para el desarrollo del Programa Especial los docentes de Matemática y Comunicación nombrados y contratados que cubren el Plan de Estudios Aprobado en el correspondiente Cuadro de Horas 2007, los mismos que debe haber participado en el proceso de evaluación Censal. 5.4.2. Sobre las orientaciones para el uso pedagógico efectivo de la Hora Lectiva Adicional diaria en el que se desarrolla el Programa Especial. 5.4.2.1. El Programa Especial se desarrolla como complemento a las áreas de Comunicación y Matemática y, por lo tanto, están en el marco del Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular, Nivel de Educación Secundaria. 5.4.2.2. El Programa Especial correspondiente a las Horas Lectivas Adicionales debe garantizar el desarrollo total de los aprendizajes previstos en las áreas de Comunicación y Matemática del Diseño Curricular Nacional; así como los que se incorporen como parte del proceso de diversi fi cación curricular realizado por la Institución Educativa. 5.4.2.3. En consecuencia a lo expresado en los numerales precedentes, los resultados de evaluación de este Programa Especial formarán parte de la evaluación de las áreas de Comunicación y Matemática respectivamente 5.4.2.4. Los logros de aprendizaje de calidad de los estudiantes en las áreas de Comunicación y Matemática se garantizarán con un uso adecuado y pertinente de la Hora Lectiva Adicional. 5.4.2.5. En el desarrollo del Programa Especial, para las áreas de Comunicación y Matemática de las Instituciones Educativas de Gestión Pública de Educación Secundaria de un solo turno, se desarrollarán los siguientes aspectos: COMUNICACIÓN MATEMÁTICA - Énfasis en la comprensión inferencial y crítica de textos escritos. - Estrategias de lectura para la comprensión crítica - Actividades vinculadas a la ejecución del Plan Lector. - Creación literaria.- Debates, conversaciones, tertulias, creación literaria entre otros con temas preestablecidos o sugeridos por los estudiantes. - Textos producidos con calidad (con adecuación, cohesión, coherencia y corrección).- Organización y ejecución de mesas redondas, foro, seminarios y exposiciones. -Proyectos de investigación para la redacción de ensayos, monografías, informes de carácter cientí fi co. - Recopilación de tradiciones, costumbres, historia de la comunidad, manifestaciones artísticas, producciones literarias.- Nivel de profundización de contenidos, como necesidad de comprender o producir un texto: Normas de acentuación general, puntuación, letras de escritura dudosa, conectores y referentes, concordancia, construcción lógica de la oración. - Debates sobre temas de actualidad nacional, regional y local.-Planteamiento de interrogantes que propicien, en los estudiantes, el razonamiento riguroso con precisión sobre sus dudas. - Situaciones problemáticas de la vida diaria presentadas en el desarrollo de los contenidos. - Elaboración de organizadores visuales (mapas, redes, cuadros, tablas, líneas de tiempo) sobre la información presentada. -Recopilación de información estadística relacionada a las manifestaciones culturales del ámbito geográ fi co del estudiante. - Proyecto de investigación relacionados a los procesos productivos y fl ujo comercial del ámbito geográ fi co del estudiante.- Proceso de modelización matemática. - Razonamiento inferencial deductivos.- Resolución de problemas teóricos-prácticos vinculados a situaciones de la vida diaria5.4.3 Sobre la supervisión y monitoreo de la implementación de la Hora Lectiva Adicional diaria. 5.4.3.1. La supervisión y monitoreo debe garantizar el uso pedagógico efectivo y pertinente de la Hora Lectiva Adicional. 5.4.3.2. La supervisión y monitoreo comprende a todos los docentes que asumen la Hora Lectiva Adicional en el 100% de las Instituciones Educativas de un solo turno. 5.4.3.3. La supervisión y monitoreo a las Instituciones Educativas que implementan la Hora Lectiva Adicional será por lo menos tres veces a lo largo del año escolar. 5.4.3.4. La supervisión y monitoreo a las Instituciones Educativas que implementan la Hora Lectiva Adicional considera los aspectos siguientes: - Aplicación de los criterios para la distribución y organización del tiempo lectivo para el año escolar 2007. - Ejecución de las orientaciones pedagógicas para el uso pedagógico efectivo de la Hora Lectiva Adicional diaria. - Desarrollo de los aprendizajes previstos en el Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular en cada uno de los grados del nivel de Educación Secundaria y los aprendizajes incorporados en el proceso de diversi fi cación. 5.4.3.5. Los instrumentos que se apliquen en el monitoreo deben guardar coherencia de acuerdo al punto anterior. Tales instrumentos se diseñarán según las competencias funcionales de cada Instancia de Gestión Educativa Descentralizada. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE LAS RESPONSABILIDADES 6.1. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA (DES) 6.1.1. Selecciona una muestra nacional de Instituciones Educativas de educación secundaria de un solo turno con fi nes de asesoramiento y monitoreo directo. 6.1.2. Orienta a los especialistas de la IGED para que elaboren su plan de supervisón y monitoreo. 6.1.3. Supervisa y monitorea el proceso de implementación de la “Hora Lectiva Adicional” diaria en las IGED, de acuerdo con su competencia funcional. 6.2. DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN (DRE) 6.2.1. Supervisa el proceso de implementación de la Hora Lectiva Adicional en el ámbito de su jurisdicción. 6.2.2. Es responsable de asegurar que la implementación de la Hora Lectiva Adicional se aplique en forma pertinente y en concordancia con los dispositivos especí fi cos. 6.2.3. Asegura que las UGELs de su jurisdicción realicen las acciones de supervisión y monitoreo a todos los docentes que asumen la Hora Lectiva Adicional en el 100% de las Instituciones Educativas de un solo turno, por lo menos tres veces al año. 6.2.4. Informa a la Dirección Nacional de Educación Básica Regular, a través de la Dirección de Educación Secundaria sobre los resultados parciales y fi nales del proceso de implementación de la Hora Lectiva Adicional. Para ello, tomará en cuenta los criterios establecidos en la presente normativa. 6.3. UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL (UGEL) 6.3.1. Es responsable de elaborar un plan de supervisión y monitoreo de la implementación de la Hora Lectiva Adicional, como requisito a la solicitud de asignación presupuestal para ejecutar el plan. 6.3.2. Realiza las acciones de supervisión y monitoreo a todos los docentes que asumen la Hora Lectiva Adicional en el 100% de las Instituciones Educativas de su jurisdicción de un solo turno, por lo menos tres veces al año. 6.3.3. Asesora a los directivos, personal jerárquico y docentes sobre el proceso de implementación de la Hora Adicional.