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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (02/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de febrero de 2007 338912 Superiores Pedagógicos, las Escuelas Superiores de Formación Artística y los Institutos Superiores que forman en carreras docentes, Públicos y Privados, a partir del año 2007, conforme lo dispone el D.S. Nº 006-2007-ED, la R. M. Nº 0017-2007-ED y la R.D. Nº 0043-2007-ED. 2. OBJETIVOS 2.1 Establecer los procedimientos administrativos, logísticos y presupuestarios del Proceso de Admisión para cubrir las vacantes en las Instituciones de Formación Docente Públicas y Privadas, que cuenten con meta de ingresantes 2007 autorizadas por la Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico Profesional. 2.2 Realizar un proceso de selección transparente de los postulantes a las Instituciones de Formación Docente elegidas. 3. BASES LEGALES 3.1 Ley Nº 28044, Ley General de Educación. 3.2 Decreto Supremo Nº 023-2001-ED, aprueba el “Reglamento General de los Institutos Superiores Pedagógicos y Escuelas Superiores de Formación Docente Públicos y Privados”. 3.3 Decreto Supremo Nº 006-2007-ED, modi fi ca el artículo 18º del Reglamento General de los Institutos Superiores Pedagógicos y Escuelas Superiores de Formación Docente Públicos y Privados”. 3.4 Resolución Ministerial Nº 0017-2007-ED, aprueba las “Normas para la Organización, Ejecución y Evaluación del Proceso de Admisión en los Institutos Superiores Pedagógicos, Escuelas Superiores de Formación Artística y los Institutos Superiores que forman en carreras docentes” 3.5 Resolución Directoral Nº 0043-2007-ED, aprueba el Cronograma de Actividades para el Proceso de Admisión 2007 en los Institutos Superiores Pedagógicos, Escuelas Superiores de Formación Artística y los Institutos Superiores que forman en carreras docentes. 4. ALCANCES 4.1 Viceministerio de Gestión Pedagógica. 4.2 Viceministerio de Gestión Institucional.4.3 Secretaría General.4.4 Secretaría de Plani fi cación Estratégica. 4.5 Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico - Profesional. 4.6 Dirección de Educación Superior Pedagógica.4.7 Direcciones Regionales de Educación4.8 Institutos Superiores Pedagógicos - ISP. 4.9 Escuelas Superiores de Formación Artística - ESFA. 4.10 Institutos Superiores - IS. 5. RESPONSABILIDADES 5.1 Del Viceministerio de Gestión Institucional. 5.1.1 Coordinar con las Direcciones Regionales la difusión y realización de las actividades que les correspondan en el Proceso de Admisión. 5.2 De la Secretaría General.5.2.1 Determinar las actividades y los gastos del Proceso de Admisión 2007, así como de fi nir su fi nanciamiento. 5.2.2 Gestionar los recursos fi nancieros para cubrir los gastos que demande la realización del proceso de admisión. 5.2.3 Imprimir la prueba nacional (fase I). 5.3 De la Secretaría de Plani fi cación Estratégica. 5.3.1 Realizar el proceso de distribución, recojo y procesamiento de los resultados de la evaluación de la fase I, brindando los mecanismos de seguridad que el proceso requiere, con apoyo de los órganos competentes de la Secretaría General. 5.3.2 Elaborar y procesar la prueba nacional a cargo de la Unidad de Medición de la Calidad, con participación de la Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico Profesional, la Dirección Nacional de Educación Básica Regular y otros equipos técnicos.5.3.3 Seleccionar en coordinación con la DRE a los supervisores y aplicadores de la prueba para la primera y segunda fase. 5.4 Dirección Nacional de Educación Superior y Técnico Profesional - DINESUTP. 5.4.1 Determinar el Per fi l del Coordinador, del Supervisor y del Aplicador responsables en cada una de las Sedes por ámbito regional y seleccionar a quienes realizarán dicha función, en coordinación con la Secretaría de Plani fi cación Estratégica. 5.4.2 Determinar en coordinación con la DRE, los locales donde se aplicará la prueba nacional de capacidades y conocimientos 2007. 5.4.3 Supervisar, monitorear y evaluar el pleno desarrollo del Proceso de Admisión 2007 para cubrir las vacantes en estricto orden de mérito, asegurando transparencia, seriedad y e fi ciencia técnica en los procesos evaluativos a través de un representante del MED en cada sede. 5.4.4 Publicar en estricto orden de mérito los resultados del Proceso de Admisión 2007, a nivel nacional, indicando los postulantes aptos para la segunda fase. 5.5 De la Dirección Regional de Educación – DRE. 5.5.1 Determinar los costos de la segunda fase y fi jar el monto de pago por concepto del Proceso de Admisión de los postulantes. 5.5.2 Recibir las listas de los postulantes que se presentan al Proceso de Admisión, remitidas por las Instituciones de Formación Docente en el plazo establecido. 5.5.3 Veri fi car las listas presentadas de acuerdo a las disposiciones de la presente Norma. 5.5.4 Remitir a la Dirección de Educación Superior Pedagógica de la DINESUTP, la lista de los postulantes por Institución de Formación Docente Pública y Privada consignado sus apellidos y nombres completos, carrera y/o especialidad a la que postulan, en el siguiente formato: NºNombre de la Institución Educativa (ISP / ESFA/ IS)Región, Provincia, Distrito de la Institución EducativaR.D de meta de ingre- santesApellidos y nombres del postulanteCarrera Especialidad 01 ISPP “xxxxxxxxxxxx”Región........... Provincia ....... Distrito............Inicial Primaria SecundariaMatemática Comunicación 02 03 5.5.5 Publicar el resultado de la Prueba Nacional en la DRE en el plazo establecido. 5.5.6 La DRE aplicará las pruebas de la segunda fase en los mismos locales autorizados en la primera fase, teniendo en cuenta el número de postulantes que se encuentran aptos y las especi fi caciones técnicas dispuestas en la R.M. Nº 017-2007-ED. 5.5.7 Son funciones de la Comisión Evaluadora Regional: a) Elaborar el Reglamento General de Admisión. b) Elaborar, distribuir, supervisar y cali fi car las pruebas de la segunda fase. c) Publicar el resultado de la evaluación de acuerdo al cronograma establecido. d) Remitir a la DINESUTP, al término del concurso, los resultados de la evaluación obtenida por los postulantes del ámbito regional relacionada con las pruebas de la segunda fase. 5.6 De la Dirección General del ISP /ESFA e IS 5.6.1 Las Instituciones de Formación Docente inscriben a los postulantes y remiten la relación a la DRE en formato digital. 5.6.2 Realizan los pagos que correspondan por postulante a la DRE en el porcentaje estipulado en la primera disposición complementaria. 5.6.3 Elaboran y distribuyen la carpeta de inscripción del postulante. 5.6.4 La Carpeta del Postulante, deberá contener la relación de documentos y requisitos que a continuación